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I.- DATOS PERSONALES:
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II.- TÍTULO DE ABOGADA/O: Universidad: Universidad de Buenos Aires.
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1 “Artículo 15.- Formulario. Presentación de documentación. (…) Dentro de los diez (10) días subsiguientes, la persona postulante deberá presentar en la Secretaría de Concursos, personalmente o por tercero autorizado, o enviar por correo postal o por vía digital —según se establezca—, la siguiente documentación: (…) c) una (1) copia certificada del título de abogada/o, el que debe encontrarse legalizado por la Universidad que lo expidió y por el Ministerio de Educación de la Nación (…)”.
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III.- ANTECEDENTES:
Los antecedentes serán evaluados de acuerdo con las pautas y puntajes máximos establecidos en los incisos del art. 38 del Reglamento de Concursos, conforme se indica en cada caso. El puntaje máximo que se podrá obtener por los antecedentes laborales es de cuarenta y cinco (45) puntos y por los académicos es de treinta (30) puntos.2
Los antecedentes no declarados no serán evaluados aún cuando se haya presentado documentación que se refiera a ellos. Tampoco se considerarán los antecedentes declarados pero carentes de la documentación respaldatoria.
Conforme lo establecido en el art. 37 del Reglamento de Concursos, la evaluación de los antecedentes se efectuará una vez concluidas las pruebas de oposición escrita y oral.3![]()
2 “Artículo 38.- Pautas de evaluación. Los antecedentes, hasta un máximo de setenta y cinco (75)
puntos, serán evaluados conforme a las siguientes pautas:
a) antecedentes en el Ministerio Público o en el Poder Judicial, nacional, provincial o de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, teniendo en cuenta el o los cargos desempeñados, los períodos de actuación, la naturaleza de las designaciones, las características de las actividades desarrolladas, la experiencia en la gestión y en la coordinación de equipos acordes con la responsabilidad del cargo concursado, las sanciones disciplinarias recibidas y —en su caso— los motivos del cese. Se concederán
hasta treinta (30) puntos.
b) cargos públicos no incluidos en el inciso anterior, labor en organismos no gubernamentales o instituciones privadas vinculadas al sistema judicial y ejercicio privado de la profesión. Para el primer caso, se tendrán en cuenta el o los cargos desempeñados y la naturaleza de las designaciones. En todos los casos se considerarán los períodos de actuación, las características de las actividades desarrolladas, la experiencia en la gestión y en la coordinación de equipos acordes con la responsabilidad del cargo concursado, las sanciones disciplinarias recibidas y —en su caso— los motivos del cese. Se concederán hasta treinta (30) puntos.
Se otorgarán hasta quince (15) puntos adicionales a los indicados en los incisos precedentes, por especialización funcional o profesional con relación a la vacante.
Si algún/a aspirante acreditare antecedentes en los incisos a) y b), el puntaje acumulado de ambos no podrá superar los treinta (30) puntos. En el mismo caso, si se otorgaren puntos adicionales por especialización funcional y/o profesional, la suma total no podrá superar los cuarenta (45) puntos.
c) título de doctor, master o especialización en Derecho, teniendo en cuenta la materia abordada y su relación con la materia del concurso; la universidad que lo expidió; la calidad y cantidad de cursos previos exigidos en la currícula de la carrera para acceder al título; las calificaciones obtenidas en tales
cursos así como en el examen de tesis, tesina o trabajo final, o bien en sus defensas; y la calidad del tribunal examinador. Los cursos realizados como parte de una carrera de doctorado, master o especialización incompleta o estando pendiente de aprobación la tesis, tesina o trabajo final, o que por cualquier otra causa no se hubiera expedido aún el título, se computarán en este inciso. También se contemplará aquí la certificación de otros cursos de actualización o de posgrado, siempre que se acredite que la/el postulante ha sido evaluado; así como la participación en carácter de disertante, panelista o ponente en cursos y congresos de interés jurídico. Se concederá hasta doce (12) puntos.
d) docencia e investigación universitaria o equivalente y otros cargos académicos no computados en
incisos anteriores, teniendo en cuenta la institución donde se desarrollaron las tareas, las materias o cursos dictados y su relación con la especialidad del cargo vacante, los cargos desempeñados en grados o en postgrados, la naturaleza de las designaciones y las fechas de su ejercicio. También se computarán la designación en otros cargos académicos, becas y premios obtenidos. Se concederá hasta nueve (9) puntos.
e) publicaciones científico jurídicas. Se admitirán trabajos pendientes de publicación o bajo proceso de arbitraje con la correspondiente nota de la editorial. Se evaluará especialmente la calidad, extensión y originalidad de cada trabajo; y la relación de su contenido con la especialidad del cargo vacante. Se
concederá hasta nueve (9) puntos”.
3 “Artículo 37.- Informe de antecedentes. Plazo. Una vez concluidas las pruebas de oposición, en un plazo que no debe superar los diez (10) días, la Secretaría de Concurso entregará a cada integrante del Tribunal un informe sobre la evaluación de los antecedentes profesionales y académicos de las/os concursantes que hayan rendido las pruebas. El informe en cuestión será acompañado de una copia del legajo o carpeta formada a partir de lo dispuesto por el artículo 19 de este Reglamento. Este informe deberá respetar los parámetros establecidos en el siguiente artículo y no será vinculante para el Tribunal”.
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III.1. ANTECEDENTES LABORALES Y/O PROFESIONALES (art. 38, incs. a) y b del Reglamento de Concursos):
Los antecedentes laborales previstos en los incs. a) y b) del art. 38 del Reglamento de Concursos, podrán ser evaluados hasta con un máximo de treinta (30) puntos. Asimismo podrán asignarse hasta quince (15) puntos adicionales por “especialización funcional con relación a la vacante”.4
Al completar el formulario, indicar los cargos desempeñados desde la obtención del título de abogada/o y/o matriculación, ordenados cronológicamente a partir del actual o más reciente.
En el supuesto de invocar más de un antecedente correspondiente a este inciso, reproducir el ítem del formulario las veces que sea necesario.
En el supuesto de tratarse de “cargos de empleados” inherentes a la “carrera judicial”, desempeñados en la misma dependencia, consignarlos en el mismo ítem, en “cargo desempeñado”, uno a continuación del otro, desde el actual o más reciente (por ej. oficial mayor, oficial, escribiente).
En igual sentido, completar el ítem “período de actuación”, consignando los mismos uno a continuación del otro, unificando en el ítem “total” el tiempo de desempeño resultante de la suma de todos.
Al completar los campos correspondientes a “Experiencia en la gestión” y “Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo” acordes con la responsabilidad del cargo concursado, como así también el correspondiente a “Especialización funcional con relación a la vacante”, consigne —en un máximo de treinta (30) renglones por ítem, interlineado sencillo, con letra garamond 13— las actividades que considere más relevantes y/o ilustrativas en relación con las materias y funciones inherentes al cargo concursado.
Marque con “X”, la opción que corresponda.![]()
4 “Artículo 38.- Pautas de evaluación. Los antecedentes, hasta un máximo de setenta y cinco (75)
puntos, serán evaluados conforme a las siguientes pautas:
a) antecedentes en el Ministerio Público o en el Poder Judicial, nacional, provincial o de la ciudad
Autónoma de Buenos Aires, teniendo en cuenta el o los cargos desempeñados, los períodos de
actuación, la naturaleza de las designaciones, las características de las actividades desarrolladas, la experiencia en la gestión y en la coordinación de equipos acordes con la responsabilidad del cargo concursado, las sanciones disciplinarias recibidas y —en su caso— los motivos del cese. Se concederán hasta treinta (30) puntos.
b) cargos públicos no incluidos en el inciso anterior, labor en organismos no gubernamentales o instituciones privadas vinculadas al sistema judicial y ejercicio privado de la profesión. Para el primer caso, se tendrán en cuenta el o los cargos desempeñados y la naturaleza de las designaciones. En todos los casos se considerarán los períodos de actuación, las características de las actividades desarrolladas, la
experiencia en la gestión y en la coordinación de equipos acordes con la responsabilidad del cargo concursado, las sanciones disciplinarias recibidas y —en su caso— los motivos del cese. Se concederán hasta treinta (30) puntos.
(…) Se otorgarán hasta quince (15) puntos adicionales a los indicados en los incisos precedentes, por especialización funcional o profesional con relación a la vacante.
Si algún/a aspirante acreditare antecedentes en los incisos a) y b), el puntaje acumulado de ambos no podrá superar los treinta (30) puntos. En el mismo caso, si se otorgaren puntos adicionales por especialización funcional y/o profesional, la suma total no podrá superar los cuarenta (45) puntos (…)”.
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III.1.A. ANTECEDENTES LABORALES EN EL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL:
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30/12. Se mantiene un adecuado y estricto marco de trabajo con las diferentes fuerzas de seguridad de la jurisdicción (Policía PBA, P.F.A., P.S.A, Prefectura Naval, Gendarmería Nacional), impartiendo directivas en las investigaciones en curso y manteniendo canales de comunicación en cuanto a potenciales hipótesis delictivas que ameriten el inicio de actuaciones preliminares (art. 26 LOMP) o promoción de la acción penal pública.-![]()
dinámica de colaboración y participación entre los compañeros/as de trabajo. Se ha insistido y promovido la constante capacitación de empleados/as y funcionarios de la Fiscalía en diversas materias de interés, tales como Trata de personas, cuestiones de género, derecho civil, entre otras, habiendo como Replicador de la Oficina de la Mujer de la CSJN, dictado capacitación a la mayoría del plantel de empleados y funcionarios del Poder Judicial y Ministerio Público Fiscal de la jurisdicción en el año 2012. También se han instrumentado colaboraciones específicas con otros fiscales de la jurisdicción, tanto en el trámite de causas en particular, como en la capacitación de personal del
M.P.F, así como el hecho de que integro actualmente dos Mesas interinstitucionales para el abordaje de temáticas relevantes en la región, tales como la Trata de personas y la violencia institucional, compartiendo tal espacio con referentes de diversos ámbitos (sociales, académicos, funcionales). Finalmente, señalo la labor conjunta desarrollada con otras Procuradurías especiales, tales como la Protex, la Procuvin y la Procelac, y la tarea cotidiana llevada adelante con la “Unidad de Coordinación y seguimiento para las causas de violaciones a los derechos humanos cometidos durante el terrorismo de Estado” local (Res. PGN
147/07) con la que se han concretado tanto la elevación a Juicio Oral y Público de
relevantes causas, así como el avance en otras en la materia con numerosas víctimas, imputados y hechos a investigar, cuyos respectivos dictamenes se ofrecen en el anexo probatorio. Además, se ha coordinado la labor con estamentos ministeriales del PEN en complejos conflictos locales cuya gestión ha culminado exitosamente (Exptes. FN
48169/2012 y FN 55671/2012).-
2011, propiamente en la función objeto del presente concurso, es decir, en una Fiscalía
de primera instancia con asiento en una ciudad que, sin perjuicio de las características propias de cada localidad, posee muchos aspectos compatibles con aquellas otras que integran la convocatoria. En cuanto a lo funcional, desempeño tal rol emitiendo dictámenes, contestando vistas e instruyendo sumarios delegados en relación a variados delitos de competencia federal, resultando los más relevantes –sin ser exhaustivos- aquellas investigaciones relativas a las violaciones masivas de DD.HH durante la última dictadura cívico-militar en la jurisdicción, las infracciones a la ley 26.842, 23.737, 22.362,
24.769 y demás delitos del Código Penal de competencia federal. Asimismo, se
mantiene un constante control de aquellas causas no delegadas en su instrucción por el Juzgado actuante, ofreciendo prueba, recurriendo decisiones jurisdiccionales que provoquen gravamen, etc. He participado como fiscal en audiencias orales celebradas ante el Juzgado Federal en casos de extradición, juicios correccionales y suspensiones de Juicio a prueba. Asimismo, tomo intervención en la tramitación de los expedientes en materia civil, laboral, amparos, del registro del Juzgado Federal en lo Civil en turno, amén de las subrogancias por licencias o ausencias momentáneas del colega a cargo de la Fiscalía n° 1 del fuero.-
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Documentación respaldatoria agregada como anexo .-
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ubicación y dinámica de los procesos en curso tanto en la Fiscalía, como en el Juzgado. Asimismo, se dio inicio a las actuaciones administrativas nº 64/05 caratuladas: “Sistema de gestión de calidad....” a los fines de desarrollar y elevar los estándares generales en la gestión administrativa y jurídica en la Fiscalía. A nivel externo, se generó y mantuvo una eficiente mecánica de trabajo con el Juzgado Federal de Dolores entre los años 2005 a
2011, con los cambios de magistrados suscitados. Se mantuvo además un correcto y escrupuloso marco de trabajo con las diferentes fuerzas de seguridad de la jurisdicción (Policía PBA, P.F.A. y Prefectura Naval). Particularmente, cabe destacar el régimen de visitas a cárceles y comisarías en cumplimiento a lo previsto en el inc. d) del art. 39 de nuestra ley orgánica y la Res. PGN Nº 28/99, formalizadas en actuaciones administrativas cuyas constancias se adjuntan, lo que permitió tomar contacto directo tanto con los detenidos en causas del registro propio, así como la restante población carcelaria y la realidad en las comisarías de toda la jurisdicción, que es una de las más amplias geográficamente en la Provincia de Bs.As. a nivel federal. Otro hito de dicha gestión fue la creación y puesta en funcionamiento de la denominada “Oficina del Ministerio Público en la Costa Atlántica”, con sede la ciudad de Pinamar, primera experiencia exitosa de descentralización a nivel federal en el interior del país, con el objeto directo de facilitar del acceso a la justicia a la población que masivamente acude a dicha región en época estival y refrendada mediante resoluciones de la Res PGN
112/06 y M.P. 77/05, entre otras, lo que permitió un contacto directo con la![]()
problemática de dicha zona.-
involucrada. Esto permitió no sólo extender el campo temático, sino establecer una mecánica de colaboración y participación entre los integrantes de la Fiscalía de Dolores. Se concurrió periódicamente, junto a los empleados/as y funcionarios/as, a los seminarios y talleres ofrecidos en Mar del Plata por la Fiscalía General, en pos de mantener contacto con los restantes miembros del MPF y actualizar los conocimientos en diversas materias. Finalmente, destaco la labor conjunta desarrollada con (las por entonces) llamadas Unidades de la PGN, tales como la UFIDRO y la UFASE, particularmente en la labor durante el funcionamiento de la “Oficina del Ministerio Público
en la Costa Atlántica”, conforme se desprende de las constancias obrantes en el anexo respectivo.-
Documentación respaldatoria agregada como anexo .-
Correccional Federal de Mar del Plata.![]()
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Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción: En este caso fue particularmente relevante la acción coordinada y conjunta del aspirante con los funcionarios de la “Unidad de Coordinación y seguimiento para las causas de violaciones a los derechos humanos cometidos durante el terrorismo de Estado”, aspecto que fue homologado por la propia Cámara Federal de Mar del Plata con fecha 29/11/2012 en el incidente N°
5/13. Ello, previo planteo del concursante ante dicho colegio en base a lo normado por las resoluciones PGN N° 147/07 y 34/2010, mediante las cuales se dispuso que todos los fiscales federales de las distintas instancias de esta jurisdicción se encuentran facultados para actuar en forma alternada o conjunta en las causas en las que se investiguen delitos de lesa humanidad.
una de las prácticas más habituales de las defensas ha resultado la metódica recusación de magistrados/as del MPF, o ataques al carácter de la subrogancia, para evitar el avance del proceso. Asimismo, dota al fiscal de primera instancia de una invaluable experiencia en relación a las herramientas necesarias para la actuación ante los órganos colegiados de segunda instancia.-
Documentación respaldatoria agregada como anexo .-
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a) Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción: El concursante ha ejecutado la implementación, en oportunidad de desempeñarse como Secretario de la Fiscalía Federal de Dolores, de múltiples iniciativas con el fin de optimizar la gestión en sus diferentes aspectos. En el rubro informático, se desarrolló junto a los empleados/as y funcionarios/as de la dependencia, y previo a la existencia del actual sistema “Fiscalnet”, una técnica propia de registro y gestión del flujo de causas en la Fiscalía mediante el programa “Access”, que permitió un ágil, directo y moderno modo de conocer el estado procesal, ubicación y dinámica de los procesos en curso tanto internos, como en el Juzgado. Asimismo, se supervisó el trámite de las actuaciones administrativas nº 64/05 caratuladas: “Sistema de gestión de calidad....”, dispuestas a efectos de desarrollar y elevar los estándares generales en la gestión administrativa y jurídica en la Fiscalía. A nivel externo, se generó y mantuvo a nivel actuarial una eficiente mecánica de trabajo con el Juzgado Federal de Dolores entre los años 2005 a 2011. Se atendió además un correcto y escrupuloso marco de trabajo con las diferentes fuerzas de seguridad de la jurisdicción (Policía PBA, P.F.A. y Prefectura Naval). Particularmente, cabe destacar el régimen de visitas a cárceles y comisarías en cumplimiento a lo previsto en el inc. d) del art. 39 de nuestra ley orgánica y la Res. PGN Nº 28/99, formalizadas en actuaciones administrativas cuyas constancias se adjuntan, lo que permitió secundar al Sr. Fiscal titular en el contacto directo tanto con los detenidos en causas del registro de la Fiscalía, así como la restante población carcelaria, reconociendo la realidad en las comisarías de toda la jurisdicción, que es una de las más amplias geográficamente en la Provincia de Bs.As. a nivel federal. Otro hito de gestión relevante fue la gestión de la denominada “Oficina del Ministerio Público en la Costa Atlántica”, con sede la ciudad de Pinamar, primera experiencia exitosa de descentralización a nivel federal en el interior del país, con el objeto de facilitar del acceso a la justicia a la población que masivamente acude a dicha región en época estival y refrendada mediante resoluciones de la Res PGN 112/06 y M.P. 77/05, entre otras, lo que permitió un contacto directo con la problemática de dicha zona.-
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de interés en la zona. Se supervisó la distribución de tareas no basada meramente en roles jerárquicos, sino en afinidad temática y desempeño concreto de cada trabajador/a con la materia involucrada. Además de propiciar la interrelación, creatividad e interés en las distintas facetas de incumbencia, esto logró elevar el nivel de performance de la dependencia, lo que se vio reflejado en los informes anuales elevados a la PGN. Asimismo, se concurrió periódicamente, junto a los empleados y funcionarios, a los seminarios y talleres ofrecidos en Mar del Plata por la Fiscalía General, en pos de mantener contacto con los restantes miembros del MPF y actualizar los conocimientos
en diversas materias. Finalmente, se instrumentó positivamente la labor conjunta
dispuesta con las (por entonces) denominadas Unidades de la PGN, tales como la UFIDRO y la UFASE, particularmente en la labor durante el funcionamiento de la “Oficina del Ministerio Público en la Costa Atlántica”.-
cuanto a lo funcional, ejercí funciones siendo fedatario en dictámenes, contestaciones de vistas, distribuyendo las labores entre los empleados/as y funcionarios/as de la fiscalía respecto de los sumarios delegados, resultando los más relevantes –sin ser exhaustivos-, las infracciones a la ley 26.842, 23.737, 22.362, 24.769 y restantes delitos del Código Penal de competencia federal. Asimismo, se mantuvo el periódico control requerido por el fiscal en aquellas causas no delegadas en su instrucción, supervisando los ofrecimientos de prueba, los recursos a decisiones jurisdiccionales que provocaren gravamen, etc. Todo ello, sin perjuicio del aporte intelectual propio en la elaboración de
diversos dictámenes y resoluciones de la Fiscalía, algunos de los cuales se ofrecerán en el anexo pertinente.-
Documentación respaldatoria agregada como anexo .-![]()
III.1.B. ANTECEDENTES LABORALES EN EL MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA:
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III.1.C. ANTECEDENTES LABORALES EN EL PODER JUDICIAL: Cargo desempeñado: Prosecretario Administrativo.
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III.1.D. ANTECEDENTES LABORALES EN OTROS CARGOS PÚBLICOS:
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III.1.E. LABOR EN ORGANISMOS NO GUBERNAMENTALES VINCULADOS AL SISTEMA JUDICIAL:
1) Actividad desarrollada: Miembro integrante de la “Mesa Interinstitucional contra la Trata de Personas de Mar del Plata” y, en tal rol, identificar las problemáticas cotidianas vinculadas a dicha cuestión, consensuar medidas, políticas y/o métodos de abordaje idóneos y coordinar su ejecución y desarrollo en el ámbito que se requiera.-
político, de organismos de Derechos Humanos, ONG´s, etc., que permita la concreción de tal enfoque, indispensable en muchos aspectos, tales como la contención a las víctimas de Trata, así como a su entorno familiar, la generación de espacios de debate y capacitación, entre otras iniciativas que la propia dinámica de la cuestión amerite.-
víctimas de Trata. Particularmente, he participado en la capacitación de grupos de trabajo específicos de divulgación y promoción de actividades de la Mesa durante la época estival, y participado activamente en las mismas. Recientemente, la Mesa está avanzando en un novedoso proyecto de ley de expropiación de una finca en la ciudad de Mar del Plata conocida como “La Casita Azul”, lugar tristemente emblemático donde se prostituía a mujeres victimizadas, para lograr constituirlo en lo venidero en un espacio tanto de testimonio como de ejecución de políticas públicas en contra de dicho flagelo.-
como habitualmente se detecta en los casos de víctimas de Trata, inciden en ámbitos íntimos de los individuos y afectan sus derechos humanos en forma aguda.-
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2) Actividad desarrollada: Miembro integrante de la “Mesa Interdisciplinaria contra la Violencia Institucional de Mar del Plata” que tiene por objeto la detección, seguimiento y abordaje de toda práctica ilegítima que implique aplicación por parte de agentes estatales de dinámicas constitutivas de violencia institucional.
Tortura de Naciones Unidas en sus Observaciones Finales sobre Argentina. Otra pauta relevante en cuanto a la preeminencia otorgada a esta temática, resulta la reciente implementación del Programa Académico en "Seguridad Pública e Intervenciones Sociales contra la Violencia Institucional" organizado conjuntamente por la Secretaría General del Rectorado de la Universidad Nacional de Mar del Plata y la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el marco de la Campaña Nacional contra la Violencia Institucional impulsada por el Ministerio de Seguridad de la Nación, el Movimiento Evita y el Centro de Estudios Legales y Sociales, del cual me encuentro participando, y que resultara aprobado por la PGN mediante Res. PGN
757/2013.-
denuncias, muertes y lesiones, entre otras, acaecidas en los centros de detención locales; sostenimiento de un trabajo colaborativo entre los integrantes de la mesa, con inclusión según la temática de profesionales expertos; Protocolizar prácticas de actuación; movilizar los dispositivos institucionales para dar respuesta a situaciones emergentes; delinear acciones al interior de cada institución participante a fin de sensibilizar a las personas que tengan capacidad y función de gestión a fin de utilizar los recursos propios de cada una; capacitar a jóvenes en situación de vulnerabilidad por constituir el conjunto social más estigmatizado y atrapado en la tríada pobreza- delito- violencia;
disponer de dispositivos que posibiliten contrarrestar situaciones de violencia a las personas privadas de libertad y comunicar a la sociedad la perspectiva que la Mesa asuma ante casos de interés común y ciudadano.-
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poder coercitivo estatal, entre otras prácticas ilícitas constitutivas de violencia institucional resultan lesivas para la libertad, la integridad, la dignidad y la vida de las personas; al tiempo que conforman prácticas violatorias de los derechos humanos que por su gravedad, extensión y masividad afectan la vigencia plena del Estado democrático de derecho. En ese marco, la integración de estos ámbitos como fiscal federal no sólo propende a mantener un estrecho contacto con toda problemática vinculada a dichas cuestiones, sino que busca garantizar los derechos reconocidos tendientes a la prevención y prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles,
inhumanos o degradantes, garantizados por los artículos 18 y 75 inc. 19 de la
Constitución Nacional, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes, y por el Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Además, de allí se sigue que las violaciones a los derechos humanos que consumen agentes estatales en ejercicio de sus funciones pueden comprometer al Estado argentino frente al orden jurídico supranacional, con el consecuente deber de reparar y hacer cesar las consecuencias de esos hechos (cfr. Doctrina de la CIDH en el caso “Bulacio” del 18 de septiembre de 2003, par. 71).-
Documentación respaldatoria agregada en anexo .-
para la capacitación y difusión de cuestiones vinculadas a las incumbencias del Ministerio Público Fiscal, particularmente durante el ejercicio de mis funciones como Secretario y Fiscal Federal subrogante en la Fiscalía Federal de Dolores, conforme lo acredito.
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fenómenos vinculados tanto a la administración de justicia, la investigación criminal en particular, como a los diferentes factores relacionados con los órganos que integran el sistema judicial en su conjunto. Obtuve valiosas herramientas tanto en relación a la litigación oral, como a la implementación de estructuras jurídicas y organizacionales destinadas a la ejecución de un sistema acusatorio.
Documentación respaldatoria agregada como anexo .-
III.1.F. LABOR EN INSTITUCIONES PRIVADAS VINCULADAS AL SISTEMA JUDICIAL:
Documentación respaldatoria agregada a fs. .-
III.1.G. EJERCICIO PRIVADO DE LA PROFESIÓN: Actividad desarrollada:
Documentación respaldatoria agregada a fs. .-
III.2. ANTECEDENTES ACADÉMICOS (art. 38, incs. c), d) y e) del
Reglamento de Concursos):
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III.2.A. ANTECEDENTES DE FORMACIÓN ACADÉMICA:
En este apartado se evaluarán los títulos de doctor, master o especialización en Derecho; los cursos realizados como parte de una carrera de doctorado, master o especialización incompleto o restando la expedición del título; otros cursos de actualización o de posgrado con evaluación; así como la participación como disertante, panelista o ponente en cursos y congresos de interés jurídico5.
Estos antecedentes podrán ser calificados hasta un máximo de doce (12) puntos.
A los fines de la evaluación se tendrá en cuenta la materia abordada y su relación con la materia del concurso; la universidad que lo expidió; la calidad y cantidad de cursos previos exigidos en la currícula de la carrera para acceder al título; las calificaciones obtenidas en tales cursos así como en el examen de tesis, tesina o trabajo final, o bien en sus defensas; y la calidad del tribunal examinador.
En el supuesto de invocar más de un antecedente correspondiente a este inciso, reproducir el ítem del formulario las veces que sea necesario, agrupándolos por institución y ordenándolos cronológicamente a partir del más actual.
Marque con “X”, la opción que corresponda.
Doctorado/s concluido/s: Título obtenido:
Documentación respaldatoria agregada a fs. .-![]()
5 “Art. 38.- (…) c) título de doctor, master o especialización en Derecho, teniendo en cuenta la materia abordada y su relación con la materia del concurso; la universidad que lo expidió; la calidad y cantidad de cursos previos exigidos en la currícula de la carrera para acceder al título; las calificaciones obtenidas en tales cursos así como en el examen de tesis, tesina o trabajo final, o bien en sus defensas; y la calidad del tribunal examinador. Los cursos realizados como parte de una carrera de doctorado, master o especialización incompleta o estando pendiente de aprobación la tesis, tesina o trabajo final, o que por cualquier otra causa no se hubiera expedido aún el título, se computarán en este inciso. También se contemplará aquí la certificación de otros cursos de actualización o de posgrado, siempre que se acredite que la/el postulante ha sido evaluado; así como la participación en carácter de disertante, panelista o ponente en cursos y congresos de interés jurídico. Se concederá hasta doce (12) puntos”.
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Maestría/s concluida/s: Título obtenido:
Acreditación CONEAU al momento de la cursada: SI (_) NO (_). Categorización: A (_), An (_); B (_), Bn (_); C (_), Cn (_). Documentación respaldatoria agregada a fs. .-
Especialización/es concluida/s: Título obtenido:
Acreditación CONEAU al momento de la cursada: SI (_) NO (_). Categorización: A (_), An (_); B (_), Bn (_); C (_), Cn (_). Documentación respaldatoria agregada como anexo .-
Cursos aprobados como parte de un Doctorado, Master ó Especialización en
Derecho, incompletos:
Corresponde consignar en este ítem los cursos realizados como parte de carrera/s de doctorado/s, maestría/s o especialización/nes incompleta/s o estando pendiente de![]()
aprobación la tesis, tesina o trabajo final, o que por cualquier otra causa no se hubiera expedido aún el título.
En el supuesto de haber aprobado cursos correspondientes a distintos doctorados, maestrías y especializaciones, reproducir el ítem las veces que sea necesario; agrupándolos en su caso, en el siguiente orden: en primer lugar los correspondientes a doctorados, luego de maestrías y finalmente los inherentes a especializaciones. En su caso, agruparlos por institución y ordenarlos cronológicamente, a partir del más actual.
1. “Teorías del Derecho”.
2. “Hábeas Corpus y Amparo”.
3. “Régimen de ejecución de la pena”.
4. “Control de constitucionalidad”.
5. “Filosofía Política”.
6. “Garantías del debido proceso penal”.
7. “Constitución y Derecho Penal”.
8. “El Caso Goetz”.
9. “Tentativa y participación”.
10. “Teorías de la Justicia”.
11. “Responsabilidad civil contractual y extracontractual”.
12. “Modernización y mejoramiento de la Justicia”.
13. “Fundamentos de Derecho Administrativo”.
14. “La justificación de la legítima defensa”.-
1) “Teorías del Derecho”, nota: 8, aprobado el 14 de septiembre de 1999.
2) “Hábeas Corpus y Amparo”, nota: 6, aprobado el 14 de octubre de 1999.
3) “Régimen de ejecución de la pena”, nota: 4, aprobado el 2 de octubre de 1999.
4) “Control de constitucionalidad”, nota: 5, aprobado el 22 de octubre de 1999.
5) “Filosofía Política”, nota: 7, aprobado el 23 de diciembre de 1999.
6) “Garantías del debido proceso penal”, nota: 5, aprobado el 21 de diciembre de
1998.
7) “Constitución y Derecho Penal” nota: 6 aprobado el 14 de octubre de 1999.![]()
8) “El Caso Goetz” nota 6: aprobado el 21 de diciembre de 1999.
9) “Tentativa y participación”, nota: 6, aprobado el 21 de diciembre de 1999.
10) “Teorías de la Justicia”, nota: 9, aprobada el 22 de octubre de 1999.
11) “Responsabilidad civil contractual y extracontractual”, nota: 8, aprobada el 8 de febrero de 2000.
12) “Modernización y mejoramiento de la Justicia”, nota: 6, aprobada el 15 de agosto de 2002.
13) “Fundamentos de Derecho Administrativo” nota: 8, aprobada el 14 de noviembre de 2000.
14) “La justificación de la legítima defensa”, nota: 7, aprobada el 27 de agosto de
2002.-
Fecha de la última materia aprobada: 27 de agosto de 2002. Acreditación CONEAU: SI (x) NO (_). Categorización: A (_), An (_); B (_), Bn (_); C (_), Cn (_). Documentación respaldatoria agregada como anexo .-
Fiscal.
• Garantías constitucionales y derechos humanos (anual) 36 horas
• Teoría del delito y de la pena (anual) 36 horas
• Derecho procesal penal (anual) 36 horas
• Total de horas 108 horas
• Derecho penal. Delitos convencionales 18 horas
• Derecho penal internacional 18 horas
• Derecho penal del medio ambiente 18 horas
• Derecho penal económico 18 horas
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• Derecho penal y narcotráfico 18 horas
• Derecho penal tributario 18 horas
• Delitos sexuales 18 horas
• Delitos informáticos 18 horas
Total de horas 144 horas
• Psiquiatría forense 15 horas
• Medicina forense 15 horas
• Pericias caligráficas 15 horas
• La prueba en los delitos económicos y tributarios 15 horas
• Total de horas 60 horas
• Los problemas del genocidio desde el ámbito sociológico 15 horas
• Derecho bancario 15 horas
• Terrorismo y prevención 15 horas
Total de horas 45 horas
• Estados contables 12 horas
• Mercado de capitales 12 horas
• Libertad de prensa 12 horas
• Genética y delito 12 horas
• Etapa intermedia: Actuación de los fiscales 12 horas
• Imputación objetiva 12 horas
Total de horas 24 horas
• Metodología de la Investigación y Preparación de tesina 12 horas
• El método de análisis jurídico-dogmático 12 horas
• Horas de investigación y redacción de tesis (no presenciales) 28 horas
Total de horas 52 horas
Tesina Final
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1) MEDICINA FORENSE (15 horas) nota: 7 (siete) año 2009.-
2) DERECHO PENAL INTERNACIONAL (18 horas), nota: 9 (nueve), año 2010.
3) DERECHO PROCESAL PENAL (36 horas) nota: 4 (cuatro), año 2010.
4) Seminario LACULPABILIDAD - Dr. Silva Sanchez (8 horas) nota: Aprobado, año
2010.
5) GARANTÍAS CONSTITUCIONALES (36 horas) nota: 6 (seis), año 2010.
6) LIBERTAD DE PRENSA (12 horas) nota: 7 (siete), año 2010.
7) Seminario CRISIS ECONÓMICA Y DELITOS DE INSOLVENCIA – Dra. Silvina Bacigalupo (9 horas) nota: Aprobado, año 2011.
8) SISTEMA INTERAM. PROTECCIÓN DE LOS DDHH (12 horas), cursada.
9) RECUPERACIÓN DE ACTIVOS (12 horas), nota: 8 (ocho), año 2011.
10) DELITOS CONVENCIONALES (18 horas), nota: 7 (siete), año 2011.
11) Seminario Dr. Sanchez Vera (9 horas) nota: Aprobado, año 2011.
12) DELITOS INFORMATICOS (18 horas), nota: 7 (siete), año 2011.
13) ESTADOS CONTABLES (12 horas), nota: 9 (nueve), año 2011.
14) DERECHO PENAL TRIBUTARIO (18 horas) cursada, sin nota, año 2012.
15) LA PRUEBA EN LOS DELITOS ECON. Y TRIBUTARIOS (15 horas) nota: 10 (diez), año 2012.
16) DERECHO PENAL DEL MEDIO AMBIENTE (18 horas) nota: aprobado, año
2012.
17) DERECHO PENAL Y NARCOTRAFICO (18 horas) Cursada, año 2012.
18) METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION (12 horas) nota: 7 (siete), año
2012.
19) EL METODO DE ANALISIS JURIDICO-DOGMATICO (12 horas) nota: Aprobada.
20) Delitos contra el medio ambiente (18 horas) nota: Aprobado, año 2012.
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Fecha de la última materia aprobada: año 2012. Acreditación CONEAU: SI (x) NO (_). Categorización: A (_), An (_); B (_), Bn (_); C (_), Cn (_). Documentación respaldatoria agregada como anexo .-
Cursos de actualización o de posgrado evaluados:
Corresponde consignar en este ítem los cursos de actualización o de posgrado no incluidos en los ítems anteriores, siempre que se acredite que la/el postulante ha sido evaluado. En el supuesto de más de un curso, reproducir el ítem las veces que sea necesario, agrupándolos por Universidad y ordenándolos cronológicamente, a partir del![]()
más actual.
Documentación respaldatoria agregada como anexo .-
Documentación respaldatoria agregada como anexo .-
Participación en carácter de disertante, panelista o ponente en cursos o congresos de interés jurídico:
Corresponde consignar en este ítem los cursos o congresos de interés jurídicos en los que la persona postulante participó en carácter de disertante, panelista o ponente. En el supuesto de más de una actividad, reproducir el ítem las veces que sea necesario, ordenándolas cronológicamente, a partir del más actual.
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Documentación respaldatoria agregada como anexo .-![]()
III.2.B. DOCENCIA E INVESTIGACIÓN UNIVERSITARIA O EQUIVALENTE Y OTROS CARGOS ACADÉMICOS NO COMPUTADOS EN INCISOS ANTERIORES. BECAS Y PREMIOS OBTENIDOS:
En este apartado se evaluarán los antecedentes de docencia. Se tendrá en cuenta la institución donde se desarrollaron las tareas, las materias o cursos dictados y su relación con la especialidad del cargo vacante, los cargos desempeñados en grados o en postgrados, la naturaleza de las designaciones y las fechas de su ejercicio.6
Estos antecedentes podrán ser calificados hasta un máximo de nueve (9) puntos.
En el supuesto de más de un cargo, trabajo de investigación, beca o premio reproducir el ítem las veces que sea necesario, agrupándolos por Universidad y ordenándolos cronológicamente, a partir del más actual.
Marque con “X”, la opción que corresponda.
Docencia universitaria o equivalente: Universidad/Institución:
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6 “Art. 38.- (…) d) docencia e investigación universitaria o equivalente y otros cargos académicos no computados en incisos anteriores, teniendo en cuenta la institución donde se desarrollaron las tareas, las materias o cursos dictados y su relación con la especialidad del cargo vacante, los cargos desempeñados en grados o en postgrados, la naturaleza de las designaciones y las fechas de su ejercicio. También se computarán la designación en otros cargos académicos, becas y premios obtenidos. Se concederá hasta nueve (9) puntos”.
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Documentación respaldatoria agregada a fs. .-
Investigación universitaria o equivalente: Universidad/Institución:
Otros cargos académicos no computados en incisos anteriores: Universidad/Institución: Escuela judicial del Instituto Superior de la magistratura de
la Asociación de Magistrados y funcionarios de la Justicial Nacional Argentina.
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Documentación respaldatoria agregada como anexo .-
Otros cargos académicos no computados en incisos anteriores: Universidad/Institución: Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la
Nación/UFASE.
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por objeto que quienes desempeñan tareas en la Justicia, desde el primero al último cargo, adquieran las herramientas conceptuales que les permitan, en los casos relacionados con la temática de género, dar una respuesta acorde con el programa constitucional y los tratados internacionales firmados por nuestro país. Asimismo, siendo que el tratamiento adecuado del delito de Trata de personas con fines de explotación sexual requiere la compresión de las cuestiones de género que subyacen a la gestación del mismo, así como a los obstáculos que muchas veces impiden su correcto abordaje, la Oficina de la Mujer y la Unidad Fiscal de Asistencia en Secuestros
Extorsivos y Trata de Personas (actual Protex) de la PGN, suscribieron un acuerdo para
llevar adelante los mismos. En tal marco se capacitaron a más de…
Documentación respaldatoria agregada como anexo .-
Becas y premios: Institución:
Documentación respaldatoria agregada a fs. .-![]()
III.2.C. PUBLICACIONES CIENTÍFICO-JURÍDICAS Y TRABAJOS PENDIENTES DE PUBLICACIÓN O BAJO PROCESO DE ARBITRAJE
En este apartado se evaluarán las publicaciones. Se tendrá especialmente en cuenta a los fines de la evaluación, la calidad, extensión y originalidad de cada trabajo; y la relación de su contenido con la especialidad del cargo vacante.
En el supuesto de más de una publicación reproducir el ítem las veces que sea necesario, ordenándolas cronológicamente a partir de la más actual. En el mismo sentido se deberá proceder en el supuesto de trabajos pendientes de publicación o bajo proceso de arbitraje con la correspondiente nota de la editorial.7
Estos antecedentes podrán ser calificados hasta un máximo de nueve (9) puntos.
Publicaciones científico-jurídicas:


Autor | x | Coautor | |
Coordinador | Colaborador | ||
Traductor | Otro (especificar): |
proceso de Trata sexual (término más usual), con todas las características que los instrumentos internacionales ratificados por nuestro país indican.Respecto del enfoque particular, la ponencia no buscó una respuesta en lo dogmático o jurídico-procesal, sino que apuntó al aspecto tuitivo de la respuesta estatal, reconociendo el denominado carácter “bidireccional” de los procesos, es cuanto deben contemplar no sólo la intervención tradicional que apunte a la acreditación del objeto del mismo y sus responsables, sino también a la protección real de las víctimas y testigos que puedan estar en riesgo. Debe ofrecerse una respuesta integral y concreta a aquellas mujeres
prostituidas que, generalmente tras los allanamientos y clausura de los locales y/o![]()
7 “Artículo 38 (…) e) publicaciones científico jurídicas. Se admitirán trabajos pendientes de publicación o bajo proceso de arbitraje con la correspondiente nota de la editorial. Se evaluará especialmente la calidad, extensión y originalidad de cada trabajo; y la relación de su contenido con la especialidad del cargo vacante. Se concederá hasta nueve (9) puntos”.
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domicilios donde eran explotadas, vuelven a “reciclarse” en ámbitos similares y próximos geográficamente a donde fueran halladas. Así, asumimos el rol que pretendemos por parte de los integrantes del Ministerio Público Fiscal en cuanto a que en los últimos 4 años se encuentra imbuido en un proceso de especificación y maximización de los recursos dirigidos a la prevención y represión de las prácticas que constituyen la Trata en sus distintas variantes. Desde allí, me permití exponer diferentes puntos básicos en la estrategia de contención de víctimas, como por ej: el énfasis en la etapa de abordaje y contención inicial; la concentración en el mismo los recursos (humanos, institucionales,
etc.) e iniciativas idóneas para evitar la re-victimización inmediata posterior y, allí, cobra
relevancia la creación de una mesa interdisciplinaria de trabajo la que, como se acreditará, ya se encuentra en funciones.-
Documentación respaldatoria agregada a fs. o como anexo _.-
Trabajos pendientes de publicación o bajo proceso de arbitraje: Título:


Documentación respaldatoria agregada a fs. o como anexo _.-