FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN
Todas las Resoluciones aplicables a los concursos en el Ministerio Público Fiscal — Reglamento para la Selección de Magistradas/os del Ministerio Público Fiscal de la Nación, aprobado por la Resolución PGN N° 751/13 (en adelante, Reglamento de Concursos), así como las Resoluciones PGN Nº 23/07; 164/07, 101/09, 130/09 y
307/14 — se encuentran disponibles en la página webwww.mpf.gov.ar
CONCURSO Nº: 103
Apellido/s y Nombre/s: COLLA, Lucas Alberto
DNI: 29.239.663.-
CARGO/S A CONCURSAR:
Conforme lo dispuesto en el artículo 5 de la Resolución PGN (de convocatoria) N°
327/14, se podrá optar respecto de los cargos correspondientes a no más de 3 (tres)
ciudades1:
Lomas de Zamora (Fiscalía N. 2), Bs As | |
San Isidro (Fiscalía N. l), Bs As | |
Campana, Bs As | |
Bahía Blanca (Fiscalía N. 2), Bs As | |
Santa Rosa, La Pampa | |
San Rafael, Mendoza | |
Tucumán, Tucumán | |
Caleta Olivia, Santa Cruz | X |
CIERRE DE INSCRIPCIÓN (1era etapa): 25 de abril de 2014.
PRESENTACIÓN: personalmente (o 3ero autorizada/o), en la Secretaría de Concursos -Libertad 753 CABA días hábiles de 09:00 a 15:00 hs.- o remitido por correo postal a esa dirección o por correo electrónico ainscripcion-
VER MODALIDAD DE INSCRIPCIÓN Y PRESENTACIÓN AL FINAL DEL DOCUMENTO
I.- DATOS PERSONALES:
1. Apellido/s: COLLA
2. Nombre/s: LUCAS ALBERTO
3. Sexo: Masculino
Fecha de nacimiento: 24/04/1982. – Edad: 32.
4. Lugar de nacimiento: Comodoro Rivadavia - Chubut
5. Nacionalidad: Argentino
6. Documento de Identidad:
DNI X L.E. L.C.
Tipo (marcar con una cruz): Número: 29.239.663.
Copia agregada a fs. 1.-
7. Certificado de Antecedentes Penales (Reincidencia): Fecha de emisión: 16/04/2014.
Número: 201441643 – W3183076
Fecha de inicio de trámite: 15/04/2014. Número: 02101276610
Copia agregada a fs. 2.-
Recuerde mantener en condiciones esta dirección e informar cualquier cambio de dirección de correo electrónico, ya que se trata de la vía para las notificaciones y comunicaciones relacionadas con el trámite del concurso.
II.- TÍTULO DE ABOGADA/O: Universidad: Universidad de Buenos Aires
Fecha de culminación de estudios: 28 de diciembre de 2005
Fecha de expedición: 29/05/2006.
Legalización de Universidad. Fecha: 03/07/2006.
Legalización de Ministerio de Educación de la Nación. Fecha: 28/08/2006.3
Copia agregada a fs. 3.-
III.- ANTECEDENTES:
Los antecedentes serán evaluados de acuerdo con las pautas y puntajes máximos
establecidos en los incisos del art. 38 del Reglamento de Concursos, conforme se indica en cada caso. El puntaje máximo que se podrá obtener por los antecedentes laborales es de cuarenta y cinco (45) puntos y por los académicos es de treinta (30) puntos.4
Los antecedentes no declarados no serán evaluados aún cuando se haya presentado documentación que se refiera a ellos. Tampoco se considerarán los antecedentes declarados pero carentes de la documentación respaldatoria.
Conforme lo establecido en el art. 37 del Reglamento de Concursos, la evaluación de los antecedentes se efectuará una vez concluidas las pruebas de oposición escrita y oral.5
III.1. ANTECEDENTES LABORALES Y/O PROFESIONALES (art. 38, incs. a) y b del Reglamento de Concursos):
Los antecedentes laborales previstos en los incs. a) y b) del art. 38 del Reglamento de Concursos, podrán ser evaluados hasta con un máximo de treinta (30) puntos. Asimismo podrán asignarse hasta quince (15) puntos adicionales por “especialización funcional con relación a la vacante”.
Al completar el formulario, indicar los cargos desempeñados desde la obtención del título de abogada/o y/o matriculación, ordenados cronológicamente a partir del actual o más reciente.
En el supuesto de invocar más de un antecedente correspondiente a este inciso, reproducir el ítem del formulario las veces que sea necesario.
En el supuesto de tratarse de “cargos de empleados” inherentes a la “carrera judicial”, desempeñados en la misma dependencia, consignarlos en el mismo ítem, en “cargo desempeñado”, uno a continuación del otro, desde el actual o más reciente (por ej. oficial mayor, oficial, escribiente).
En igual sentido, completar el ítem “período de actuación”, consignando los mismos uno a continuación del otro, unificando en el ítem “total” el tiempo de desempeño resultante de la suma de todos.
Al completar los campos correspondientes a “Experiencia en la gestión” y “Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo” acordes con la responsabilidad del cargo concursado, como así también el correspondiente a “Especialización funcional con relación a la vacante”, consigne —en un máximo de treinta (30) renglones por ítem, interlineado sencillo, con letra garamond 13— las actividades que considere más relevantes y/o ilustrativas en relación con las materias y funciones inherentes al cargo concursado.
Marque con “X”, la opción que corresponda.
III.1.A. ANTECEDENTES LABORALES EN EL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL:
Cargo desempeñado: Representante del Ministerio Público Fiscal para intervenir alternada o conjuntamente al Fiscal Federal Subrogante a cargo de la Fiscalía General ante el Tribunal Oral Federal de Río Gallegos (causas N°
136/12 caratulada “Marteletti, Marcelo E. y otros s/ Malversación de caudales Públicos”; 145/12 caratulada “Marteletti, Marcelo E. s/ Defraudación a la Administración Pública”, y 142/12 caratulada “Esposito Calos Humberto y otros s/ Malversación de Caudales Públicos”, todas del registro de la Secretaría de ese Tribunal).
Dependencia: Fiscalía General ante el Tribunal Oral Federal de Río Gallegos. Período de actuación. Desde: 09/12/2013 Hasta: 20/12/2013.
Naturaleza de la designación: Directa Por Concurso Efectivo Interino
Contratado Ad-Hoc
Ad-Honorem Adjunto
Subrogante Otro (describir):
Designación de la Procuradora General de la Nación de fecha 09 de diciembre de 2013 (confr. Art. 33 inciso “g” de la ley 24.946)
Licencias extraordinarias por razones: NO.
Científicas Culturales
Particulares
Período. Desde: /__/ . Hasta / / . Con Sin
goce de haberes
Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:
Atento la complejidad y volumen de las causas N° 136/12 caratulada “Marteletti, Marcelo E. y otros s/ Malversación de caudales Públicos”; 145/12 caratulada “Marteletti, Marcelo E. s/ Defraudación a la Administración Pública”, y 142/12 caratulada “Esposito Calos Humberto y otros s/ Malversación de Caudales Públicos”, todas del registro del Tribunal Oral Federal de Río Gallegos, la Fiscal General Subrogante, mediante oficio, solicitó la comparecencia del suscripto para actuar en forma conjunta o alternada en el debate. Durante el mismo, se cumplieron funciones propias de un fiscal de juicio debiendo contestar vistas, realizar reservas para recurir
decisiones, etc., pero principalmente se cumplieron tareas coadyuvando a la Dra. Patricia Del Valle Ramallo. Debo remarcar que el debate tuvo complejidad, interés judicial y relevancia no sólo local, al tratarse de la investigación acerca de la responsabilidad de un ex jefe del Ejército; y que, sin perjuicio del la cercanía de la fecha de designación con las fechas estipuladas para el debate, el suscripto tenía conocimiento de las pruebas y actos procesales que obraban en los expedientes, en tanto fueron trabajados, junto al Dr. Arranz –Fiscal General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, cuando, en etapa instructoria, los actuados se radicaron ante la
Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia por las diferentes apelaciones planteadas tanto por la defensa como por el Ministerio Público Fiscal; donde el suscripto prestaba funciones como Prosecretario Letrado Contratado, de ahí la capacidad y el conocimiento para poder participar en el debate oral y público.
Asimismo, la inmediatez entre las fechas de designación y las previstas para el debate denotan el compromiso institucional por parte del suscripto.
Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:
En este caso fue particularmente relevante la acción coordinada y conjunta con la Fiscal General Subrogante a cargo de la Fiscalía General ante el Tribunal Oral Federal de Río Gallegos, Dra. Patricia Del Valle Ramallo, en tanto fueron fructíferos los intercambios de opiniones que a la postre resultaron en una labor acorde a la altura de las expectativas. En particular, justamente el trabajo en equipo fue el motivo de la designación.
Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción:
En relación al cargo al que se aspira, la experiencia no sólo resulta relevante en tanto un Fiscal Federal de Instrucción debe intervenir en los debates orales correccionales, sino que también resulta relevante en vistas a los avances y proyectos de reformas tendientes a la oralidad del proceso penal, lo que se condice, asimismo, con los objetivos de gestión que, desde la Procuración General de la Nación se propugnan, en tanto apunta a la elección de fiscales con perfiles, más ágiles, menos burocratizado, más creativos y eficientes y que sean capaces de intervenir en procesos cada vez más orales, pero también más complejos jurídica y técnicamente (Resol. PGN N° 751/13), considerando
que este es un aspecto particularmente sensible e importante, y que el suscripto considera que cumplimenta y se encuentra comprometido con el mismo.
Sanciones disciplinarias: No.
Motivos del cese: Vigencia temporal de la Designación (del 09 de diciembre de 2013 al 20 de diciembre del mismo año).
Documentación respaldatoria agregada a fs. 4/6.-
Cargo desempeñado: Fiscal Federal Subrogante (Resol. MP N° 94/2011) Dependencia: Fiscalía Federal de Caleta Olivia, Provincia de Santa Cruz Período de actuación. Desde: 21/10/2011. Hasta: actualidad.
Naturaleza de la designación:
Directa Por Concurso Efectivo Interino Contratado Ad-Hoc
Ad-Honorem Adjunto
Subrogante
Otro (describir):
Licencias extraordinarias por razones: NO
Científicas Culturales
Particulares
Período. Desde: /__/ . Hasta / / . Con Sin goce de haberes
Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:
El suscripto viene llevando cabo, desde su asunción como Fiscal Federal subrogante, todas las tareas inherentes al cargo vacante que concursa. Asimismo, cabe remarcar que la habilitación de la dependencia a la cual aspiro ha sido puesta en funcionamiento desde sus comienzos por el suscripto. Desde dicha fecha, he realizado no sólo las tareas inherentes al cargo, sino que desde la génesis de la Fiscalía Federal de Caleta Olivia y la consecuente asunción al cargo en carácter de subrogante, he llevado a cabo todos los
trámites tendientes a la instalación y funcionamiento de la dependencia. Siendo que la dependencia resulta de reciente creación, el suscripto debió también realizar todas las tareas administrativas para procurar un normal funcionamiento, como ser desde la solicitud de la asignación de una cuenta corriente oficial en el Banco de la Nación Argentina, hasta el pedido de el mobiliario a los fines de instalación de las oficinas, pasando por la propuesta de personal, realización de gestiones tendientes a mejorar y acondicionar el inmueble para el funcionamiento de la oficina, limpieza, la habilitación de libros, registros de causas, confección y registración de oficios, implementación de
los sistemas de registración contable, carga en el sistema de gestión Fiscalnet, etc. Es
decir que se realizaron todas las tareas y tramitaciones tendientes a poner en funcionamiento una Fiscalía Federal desde su nacimiento –habilitación-. Cabe remarcar que el suscripto carecía de personal al momento del inicio de actividades de la Fiscalía encontrándose sin empleados y/o funcionarios en la dependencia hasta pasado un mes de habilitada la misma, por lo que toda la labor descripta en el transcurso de ese tiempo e incluso mucho después, habida cuenta de la falta de experiencia en tareas vinculadas al sistema judicial de parte del personal en que se propuso para completar la planta, era realizado por el suscripto. Igualmente, todas las tareas siempre fueron realizadas en el
marco de los estándares de gestión establecidos por las diferentes resoluciones de la
Procuración General.
Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:
Se han desarrollado, en oportunidad de desempeñarse como Fiscal Federal subrogante, desde la habilitación de la Fiscalía a la que aspiro, variadas actividades con el fin de optimizar la gestión tanto interna como externamente. Así, desde el punto de vista interno, se estuvo y está siempre a disposición del personal a fin de evacuar consultas técnicas, realizando reuniones y/o charlas sobre los objetivos del Ministerio Público, y de la Fiscalía en particular. La labor diaria de la dependencia consiste en una distribución de tareas no basada en roles jerárquicos, sino en afinidad temática y desempeño concreto de cada empleado de planta con la materia involucrada, en donde, sin perjuicio de la performance cotidiana la consulta periódica acerca de los temas que a cada uno les genere interés, resulta un parámetro válido a la hora de la distribución de la labor. Esta forma de trabajo tiene por objeto la ampliación del horizonte cognitivo y cognoscitivo del personal, como así también tiende a la dinámica en la colaboración entre los compañeros y compañeras de trabajo. Se ha insistido y promovido la constante capacitación de empleados y funcionarios de la Fiscalía, no sólo mediante la puesta a disponibilidad del suscripto para consultas y del material de trabajo, sino que también se ha instado a la capacitación mediante la utilización de las herramientas disponibles desde la PGN (capacitaciones a través del webcampus de la PGN) y de cursos vinculados a las tareas que realizan efectuados por organismos externos, debiendo remarcar la importancia de las plataformas virtuales implementadas por la PGN a fin de capacitar al personal, habida cuenta de que la jurisdicción carece de la carrera de Abogacía y resulta escasa la oferta de capacitaciones vinculadas con la materia con la que se trabaja a diario. A nivel externo, se generó y mantuvo una eficiente mecánica de trabajo con el Juzgado Federal manteniéndose un correcto marco de trabajo con las diferentes fuerzas de seguridad y organismos públicos de la jurisdicción impartiendo directivas en las investigaciones en curso, manteniendo canales de comunicación en cuanto a potenciales hipótesis delictivas que ameriten el inicio de actuaciones preliminares o promoción de la acción penal pública. También se han instrumentado colaboraciones específicas con otros fiscales de la jurisdicción, tanto en el trámite de causas en particular, así como el hecho de que soy miembro de la Comisión Cooperación Jurídica En Materia Penal, Comité De Integración Austral Chile- Argentina.
Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción:
Me desempeño en forma continua desde el 21 de octubre de 2011, propiamente en la función objeto del presente concurso, lo que, sin perjuicio de las características propias de cada jurisdicción, ésta resulta muy amplia, debiendo trabajar sobre temas muy
disímiles en tanto abarca diferentes localidades, todas con particularidades geográficas, culturales, sociales y económicas propias, a pesar de tratarse de la misma provincia, y que el suscripto se encuentra habituado a las mismas. En cuanto a lo funcional, desempeño tal rol emitiendo dictámenes, contestando vistas e instruyendo sumarios delegados en relación a variados delitos, debiendo remarcar que no sólo se interviene en materia penal, sino que también, por resultar fuero universal, se trabajan temas civiles, previsionales, laborales, amparos, entre otras, pero todas las intervenciones de competencia federal. Asimismo, se mantiene un constante control de aquellas causas no
delegadas en su instrucción por el Juzgado actuante, sobre todo en el cumplimiento de
los plazos previstos para el dictado de autos de mérito y en cuestiones que, desde el punto de vista de la legalidad he planteado mediante la confección de dictámenes. He participado como fiscal en audiencias orales celebradas ante el Juzgado Federal principalmente en las suspensiones de Juicio a prueba, en donde me he expedido oralmente. Siendo que revisto el carácter de subrogante, las designaciones de los empleados en cuanto a la situación de revista, en un primer momento, fueron en carácter de interinos, pero en cumplimiento de la normativa vigente y a solicitud de los empleados se ha logrado el dictado de distintas resoluciones PER en las cuales no sólo
se han re-escalafonado los integrantes de la fiscalía, sino que también se ha logrado, a propuesta del suscripto, la normalización y efectivización de la gran mayoría de ellos. Esto ha permitido disipar la incertidumbre laboral que la anterior situación generaba, con evidente impacto positivo en la dinámica de trabajo. En el aspecto informático, se gestionó la adquisición de material para poder implementar el sistema de gestión Fiscalnet sin perjuicio de su adecuada implementación y uso en la dependencia a mi cargo.
Sanciones disciplinarias: NO
Motivos del cese: Designación Vigente hasta la actualidad
Documentación respaldatoria agregada a fs. 4/5 y 7/30.-
Cargo desempeñado: Prosecretario Letrado
Dependencia: Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de
Comodoro Rivadavia.
Período de actuación. Desde: 28/12/2007. Hasta: 21/10/2011. Naturaleza de la designación:
Directa Por Concurso
Efectivo
Interino
Contratado Ad-Hoc
Ad-Honorem Adjunto
Subrogante Otro (describir):
Licencias extraordinarias por razones: NO.
Científicas Culturales
Particulares
Período. Desde: /__/ . Hasta / / . Con Sin
goce de haberes
Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado.
Descripción:
El concursante ha ejecutado las tareas propias de un Prosecretario Letrado de Fiscalía de Cámara. En el rubro informático, operaba el sistema desarrollado a solicitud del Fiscal General para la carga de expedientes previo a la existencia del actual sistema “Fiscalnet”, que permitía un ágil, directo y moderno modo de conocer el estado procesal, y origen de los procesos radicados ante la Alzada de Comodoro Rivadavia. Asimismo se trabajaba en el desarrollo de recursos de casación y principalmente en el armado de los alegatos que realizaba el titular de la Fiscalía General en las audiencias de recursos, que desde la modificación del Código de procedimientos penales, resultan
orales. En particular considero relevante la tarea ya que en la labor diaria se trabajaba con variados temas, no sólo penales, sino que también civiles, previsionales, laborales y tributarios. Resulta de suma importancia la experiencia y conocimiento adquirido durante esta etapa de la carrera dentro del Ministerio Público en tanto en ella se pudo tener acceso a los criterios que se tienen en cada una de las jurisdicciones que abarca la Fiscalía General, sino que también se tuvo acceso y se trabajo en todas las causas de Derechos Humanos que se radicaron ante la Alzada a raíz de los diferentes recursos interpuestos por todas las partes. En el mismo orden se trabajaron temas de todas las
jurisdicciones relativos a trata de personas, lo que dejó conocer al suscripto las modalidades propias de toda la jurisdicción de la Fiscalía General, y en particular las modalidades delictuales de la jurisdicción de la vacante a la que se aspira.
Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:
Como Prosecretario, se promovió en forma constante la labor en equipos, articulándose ello no sólo en la labor diaria a la cual me abocaba, sino en la concreción y apoyo en las otras áreas de la Fiscalía General, como ser el área contable, a cargo de la Prosecretaria Administrativa y del sector de personal, lo que dio conocimiento de las diferentes tareas administrativas propias de una dependencia pública. Durante esta etapa realicé numerosas capacitaciones y comencé con los estudios de Especialización en Ministerios Públicos que dicta la Universidad de Buenos Aires por convenio de la PGN, en la modalidad a distancia.
Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción:
El concursante coadyuvó, desde la fecha de su asunción como Prosecretario Letrado de Fiscalía General, en todas las áreas administrativas lo que otorgó el conocimiento que a la postre fue utilizado para la puesta en funcionamiento de la Fiscalía en la cual Subrogo y a cuya titularidad hoy aspiro. Durante la realización de las tareas no sólo se interiorizó el conocimiento de diferentes ramas del derecho, sino que también se aprendió de las particularidades de la jurisdicción tanto en relación con las problemáticas propias de la región patagónica, no solo reconociendo la realidad social, cultural y económica, sino que también se tomó noción y dimensión de la realidad geográfica que caracteriza la región patagónica (grandes distancias y superficies) lo que altera notablemente la investigación delictiva y la dirección de la misma, por cuanto requiere conocimiento no sólo de la localidad donde tiene su sede la Fiscalía a la que aspiro, sino de las realidades de las restantes localidades, algunas a más de trescientos kilómetros. Asimismo, y una vez cumplimentados los requisitos legales mínimos, fui incorporado en la lista de fiscales ad-hoc de la Fiscalía de Primera Instancia de Comodoro Rivadavia (Resolución MPS N° 47/10 de la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia). Asimismo, se mantuvo el periódico control requerido por el fiscal titular de las causas, el trámite de los recursos y de las decisiones jurisdiccionales que provocaren gravamen, etc. Todo ello, sin perjuicio del aporte intelectual propio en la elaboración de diversos dictámenes. La práctica adquirida en el puesto, sin perjuicio de los específico de las materias tratadas desde lo jurídico (sólo circunscriptas al motivo del recurso), considero que resulta un valioso antecedente complementario a la labor del cargo al que se aspira, ya que me ha permitido ejercer funciones que, más allá de las diferencias de las diferentes etapas, aportó conocimiento en cuanto al criterio y doctrina no sólo del Tribunal de Alzada, sino también en lo que respecta a la Política del Ministerio Público Fiscal importante a los fines recursivos
Sanciones disciplinarias: No.
Motivos del cese: Designación como Fiscal Federal subrogante de la Fiscalía
Federal de Caleta Olivia.
Documentación respaldatoria a fs. 4/5 y 31/74.-
Cargo desempeñado: Auxiliar Suplente
Dependencia: Fiscalía General ante el Tribunal Oral Federal de Comodoro
Rivadavia.
Período de actuación. Desde: 09/10/2006. Hasta: 28/12/2007. Naturaleza de la designación:
Directa Por Concurso
Efectivo Interino X
Contratado Ad-Hoc
Ad-Honorem Adjunto
Subrogante Otro (describir):
Licencias extraordinarias por razones: NO.
Científicas Culturales
Particulares
Período. Desde: /__/ . Hasta / / . Con Sin
goce de haberes
Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:
El suscripto, siendo su primer contacto con el mundo profesional, ejecutó las tareas propias de Mesa de Entradas de la Fiscalía como ser la registración de oficios, dictámenes, confección de notas relacionadas con el ámbito jurídico y administrativo, lo que otorgó el conocimiento que en la actualidad es utilizado a los fines de controlar las mismas tareas que se realizan en la Fiscalía Federal que subrogo. A lo largo del tiempo que duró la designación mi labor, esfuerzo, responsabilidad y compromiso con el Ministerio Público Fiscal fue reconocido por el titular de la dependencia asignándome tareas más comprometidas con el aspecto técnico jurídico de la Fiscalía General, como
ser la confección de dictámenes, ofrecimientos de prueba, nulidades, excarcelaciones y los relacionados con la ejecución de la pena como por ejemplo las vistas por solicitud de libertades condicionales, salidas transitorias, laborales, etc., amén de las tareas propias del cargo. Asimismo se realizaban los controles de los expedientes y de los legajos de ejecución. En particular considero relevante la tarea ya que en la labor diaria el titular de una dependencia no sólo es responsable por el contenido de los dictámenes, sino que también lo es respecto de las tareas que sus dependientes realizan. Resulta de suma importancia la experiencia y conocimiento adquirido durante esta
etapa de la carrera dentro del Ministerio Público en tanto se pudo tener acceso al criterio y la metodología propia de trabajo de una Fiscalía.
Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:
Sin perjuicio de la jerarquía del cargo, trabajé en conjunto con la Secretaria de la Fiscalía General, Dra. Estela Pesaresi, en diferentes temas jurídicos que se planteaban durante la etapa de juicio, así como también en dictámenes originados en vistas en los legajos de ejecución.
Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción:
La experiencia adquirida resulta a mi criterio de suma importancia por cuanto, desde la mera registración de oficios y dictámenes hasta la confección de los mismos, otorgó el conocimiento que en la actualidad es utilizado a los fines de controlar las mismas tareas que se realizan en la Fiscalía Federal que subrogo.
Sanciones disciplinarias: No.
Motivos del cese: Contratación como Prosecretario Letrado de Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia.
Documentación respaldatoria a fs. 4/5 y 123/134.-
III.1.B. ANTECEDENTES LABORALES EN EL MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA:
Cargo desempeñado: Dependencia:
Período de actuación. Desde: / / . Hasta: / / . Naturaleza de la designación:
Directa Por Concurso Efectivo Interino Contratado Ad-Hoc
Ad-Honorem Adjunto
Subrogante Otro (describir):
Licencias extraordinarias por razones:
Científicas Culturales Particulares
Período. Desde: /__/ . Hasta / / .
Con sin
goce de haberes
Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:
Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:
Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción: Sanciones disciplinarias:
Motivos del cese:
Documentación respaldatoria agregada a fs. .-
III.1.C. ANTECEDENTES LABORALES EN EL PODER JUDICIAL: Cargo desempeñado:
Dependencia:
Período de actuación. Desde: / / . Hasta: / / . Naturaleza de la designación:
Directa Por Concurso Efectivo Interino Contratado Ad-Hoc
Ad-Honorem Adjunto
Subrogante Otro (describir):
Licencias extraordinarias por razones:
Científicas Culturales Particulares
Período. Desde: /__/ . Hasta / /__.
Con sin
goce de haberes
Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:
Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:
Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción: Sanciones disciplinarias:
Motivos del cese:
Documentación respaldatoria agregada a fs. .-
III.1.D. ANTECEDENTES LABORALES EN OTROS CARGOS PÚBLICOS:
Cargo desempeñado: Dependencia:
Período de actuación. Desde: / / . Hasta: / / . Naturaleza de la designación:
Directa Por Concurso Efectivo Interino Contratado Ad-Hoc
Ad-Honorem Adjunto
Subrogante Otro (describir):
Licencias extraordinarias por razones:
Científicas Culturales Particulares
Período. Desde: /__/ . Hasta / / .
Con sin
goce de haberes
Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:
Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:
Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción: Sanciones disciplinarias:
Motivos del cese:
Documentación respaldatoria agregada a fs. .-
III.1.E. LABOR EN ORGANISMOS NO GUBERNAMENTALES VINCULADOS AL SISTEMA JUDICIAL:
Actividad desarrollada: Miembro de la “Comisión Cooperación Jurídica En Materia
Penal, Comité De Integración Austral Chile- Argentina”
Especialización: Cooperación Internacional en materia Penal. Organismo: Comisión Cooperación Jurídica En Materia Penal. Período de actuación. Desde: 07/05/2009. Hasta: La actualidad.
Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:
En las reuniones que se llevan a cabo periódicamente, en las que participo desde principios del 2009, se intenta el fortalecimiento de las coordinaciones interinstitucionales entre las diversas instancias e instituciones de las Provincias de Tierra del Fuego, Santa Cruz y del Chubut, de la República Argentina, y de las Regiones de Aisén y de Magallanes y Antártica, de Chile. Esta necesidad de coordinación es motivada por las similitudes propias de las diversas materias de competencia del Ministerio Público de Chile, como de los respectivos Ministerios Públicos Fiscales de Argentina, en cuanto conocimiento de los hechos que son constitutivos de delito, la determinación de la persona del responsable y la protección de víctimas y testigos. Asimismo, la similar realidad geográfica y cultural de las Provincias de Argentina y las Regiones de Chile, ya referidas precedentemente, permiten abordar mancomunadamente las competencias propias de los entes prosecutores penales, lo que posibilita propiciar instancias de acercamiento y/o coordinación con el objetivo de mejor cumplimiento de la misión institucional.
Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:
La tarea propia del Comité consiste en justamente el trabajo de cooperación entre los diferentes Ministerios Públicos de Argentina (Provinciales y Nacionales) y sus pares institucionales del vecino país de Chile. La coordinación de tareas resulta de suma importancia para la jurisdicción, en tanto gran parte la frontera provincial es limítrofe con la República de Chile, lo que no sólo requiere canales de comunicación habilitados para diferentes cuestiones laborales, sino que también resulta importante la coordinación de tareas habida cuenta las similitudes culturales y sociológicas de las poblaciones de la región austral de sendos países. Resulta también importante en tanto
el Comité eleva actas a los diferentes estamentos gubernamentales de cada país con el fin de lograr adecuar y coordinar tareas, máxime si tenemos en cuenta que el 70% de la solicitudes de ciudadanías, en las cuales intervengo como Fiscal Federal Subrogante por medio de dictámenes, resultan personas nativas del vecino país que inician los trámites para tener los derechos de un ciudadano de Argentina.
Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción:
Considero que el enfoque interinstitucional resulta de suma importancia para la función que actualmente cumplo, en tanto resulta objetivo de la gestión de la Procuración General de la Nación la implementación y coordinación con organismos vinculados al sistema judicial. Asimismo, resulta importante en tanto se realizan capacitaciones, congresos y ponencias, en los dos países, y en calidad de miembros del Comité somos invitados a concurrir. En dichos encuentros la actualización de las posturas y el intercambio de opiniones resulta enriquecedor, sobre todo en los delitos que el fuero federal investiga, donde la interjurisdiccionalidad nacional e internacional resulta la
regla, sobre todo en las conductas vinculadas al narcotráfico y la trata de personas.
Sanciones disciplinarias: No. Motivos del cese: Vigente a la fecha.
Documentación respaldatoria agregada a fs. 75.-
III.1.F. LABOR EN INSTITUCIONES PRIVADAS VINCULADAS AL SISTEMA JUDICIAL:
Actividad desarrollada: Especialización: Institución:
Período de actuación. Desde: / / . Hasta: / / .
Experiencia en gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:
Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:
Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción: Sanciones disciplinarias:
Motivos del cese:
Documentación respaldatoria agregada a fs. .-
III.1.G. EJERCICIO PRIVADO DE LA PROFESIÓN: Actividad desarrollada:
Especialidad:
Período de actuación. Desde: / / . Hasta: / / .
Experiencia en gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:
Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:
Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción: Sanciones disciplinarias:
Documentación respaldatoria agregada a fs. .-
III.2. ANTECEDENTES ACADÉMICOS (art. 38, incs. c), d) y e) del
Reglamento de Concursos):
III.2.A. ANTECEDENTES DE FORMACIÓN ACADÉMICA:
En este apartado se evaluarán los títulos de doctor, master o especialización en Derecho; los cursos realizados como parte de una carrera de doctorado, master o especialización incompleto o restando la expedición del título; otros cursos de actualización o de posgrado con evaluación; así como la participación como disertante, panelista o ponente en cursos y congresos de interés jurídico7.
Estos antecedentes podrán ser calificados hasta un máximo de doce (12) puntos.
A los fines de la evaluación se tendrá en cuenta la materia abordada y su relación con la materia del concurso; la universidad que lo expidió; la calidad y cantidad de cursos previos exigidos en la currícula de la carrera para acceder al título; las calificaciones obtenidas en tales cursos así como en el examen de tesis, tesina o trabajo final, o bien en sus defensas; y la calidad del tribunal examinador.
En el supuesto de invocar más de un antecedente correspondiente a este inciso, reproducir el ítem del formulario las veces que sea necesario, agrupándolos por institución y ordenándolos cronológicamente a partir del más actual.
Marque con “X”, la opción que corresponda.
Doctorado/s concluido/s: Título obtenido:
Rama del Derecho: Universidad:
Fecha de culminación de los estudios: Duración de la carrera:
Nómina y calificación de materias y cursos: Cantidad total de horas cursadas presenciales: Cantidad de horas cursadas no presenciales Título y materia de la Tesis:
Calificación:
Tribunal examinador (integrantes):
Acreditación CONEAU al momento de la cursada: SI (_) NO (_). Categorización: A (_), An (_); B (_), Bn (_); C (_), Cn (_). Documentación respaldatoria agregada a fs. .-
Maestría/s concluida/s: Título obtenido:
Rama del Derecho: Universidad:
Fecha de culminación de los estudios: Duración de la carrera:
Nómina y calificación de materias y cursos: Cantidad total de horas cursadas presenciales:
Cantidad de horas cursadas no presenciales Título y materia de la Tesis/Tesina: Calificación:
Tribunal examinador (integrantes):
Acreditación CONEAU al momento de la cursada: SI (_) NO (_). Categorización: A (_), An (_); B (_), Bn (_); C (_), Cn (_). Documentación respaldatoria agregada a fs. .-
Especialización/es concluida/s: Título obtenido:
Rama del Derecho: Universidad:
Fecha de culminación de los estudios:
Duración de la carrera:
Nómina y calificación de materias y cursos: Cantidad total de horas cursadas presenciales: Cantidad de horas cursadas no presenciales
Título y materia de la Tesis/Tesina/Trabajo Final: Calificación:
Tribunal examinador (integrantes):
Acreditación CONEAU al momento de la cursada: SI (_) NO (_). Categorización: A (_), An (_); B (_), Bn (_); C (_), Cn (_). Documentación respaldatoria agregada a fs. .-
Cursos aprobados como parte de un Doctorado, Master ó Especialización en
Derecho, incompletos:
Corresponde consignar en este ítem los cursos realizados como parte de carrera/s de doctorado/s, maestría/s o especialización/nes incompleta/s o estando pendiente de aprobación la tesis, tesina o trabajo final, o que por cualquier otra causa no se hubiera expedido aún el título.
En el supuesto de haber aprobado cursos correspondientes a distintos doctorados, maestrías y especializaciones, reproducir el ítem las veces que sea necesario; agrupándolos en su caso, en el siguiente orden: en primer lugar los correspondientes a doctorados, luego de maestrías y finalmente los inherentes a especializaciones. En su caso, agruparlos por institución y ordenarlos cronológicamente, a partir del más actual.
Título de la carrera que cursa: Carrera de Especialización en Ministerio Público
Fiscal.
Rama del Derecho: Derecho Penal, Derechos Humanos, Derecho Constitucional.
Universidad: Universidad de Buenos Aires.
Duración de la carrera: 3 años.
Nómina de los cursos o materias integrantes de la carrera:
PLAN DE ESTUDIOS GENERAL DE LA CARRERA
MATERIAS TRONCALES
• Garantías constitucionales y derechos humanos (anual) 36 horas
• Teoría del delito y de la pena (anual) 36 horas
• Derecho procesal penal (anual) 36 horas
MATERIAS DE LA PARTE ESPECIAL DEL DERECHO PENAL
• Derecho penal. Delitos convencionales 18 horas
• Derecho penal internacional 18 horas
• Derecho penal del medio ambiente 18 horas
• Derecho penal económico 18 horas
• Derecho penal y narcotráfico 18 horas
• Derecho penal tributario 18 horas
• Delitos sexuales 18 horas
• Delitos informáticos 18 horas
MATERIAS SOBRE LA INVESTIGACIÓN FISCAL EN CONCRETO
• Psiquiatría forense 15 horas
• Medicina forense 15 horas
• Pericias caligráficas 15 horas
• La prueba en los delitos económicos y tributarios 15 horas
SEMINARIOS OBLIGATORIOS
• Los problemas del genocidio desde el ámbito sociológico 15 horas
• Derecho bancario 15 horas
• Terrorismo y prevención 15 horas
SEMINARIOS OPCIONALES (Dos seminarios a elegir entre la oferta)
• Estados contables 12 horas
• Mercado de capitales 12 horas
• Libertad de prensa 12 horas
• Genética y delito 12 horas
• Etapa intermedia: Actuación de los fiscales 12 horas
• Imputación objetiva 12 horas
AREA DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA
• Metodología de la Investigación y Preparación de tesina 12 horas
• El método de análisis jurídico-dogmático 12 horas
• Horas de investigación y redacción de tesis (no presenciales) 28 horas
TESINA FINAL
Presenciales x No presenciales
Cursos o materias aprobada/s. Nómina, calificación/nes y fecha/s:
1. MEDICINA FORENSE, Dr. Angel Patitó (12 horas) nota: 9 (nueve).
2. Seminario Internacional: “LA CULPABILIDAD”, Dr. Silva Sanchez (8 horas)
nota: Aprobado.
3. LIBERTAD DE PRENSA, Dr. Javier de Luca (12 horas) nota: 7 (siete).
4. Seminario Internacional: “CRISIS ECONÓMICA Y DELITOS DE INSOLVENCIA”, Dra. Silvina Bacigalupo (9 horas) nota: Aprobado.
5. TEORÍA DEL DELITO Y DE LA PENA, Dr. Edgardo Donna, (36 horas), nota: 8 (ocho)
6. Seminario Internacional: “CUESTIONES PROCESALES EN LA INVESTIGACIÓN Y ENJUICIAMIENTO DE LOS DELITOS ECONÓMICOS O FINANCIEROS”, Dr. Javier Sanchez Vera (9 horas) nota: aprobado.
7. DERECHO PENAL INTERNACIONAL, Dra Natalia Barbero (18 horas), nota: 9 (nueve).
8. RECUPERACIÓN DE ACTIVOS, Dra. Sabrina Namer, (12 horas), nota: 9 (nueve).
9. DERECHO PROCESAL PENAL, Dr. Ezequiel Malarino (36 horas) nota: 7 (siete).
10. Seminario Internacional “DELITO DE ESTAFA”, Dra. Niria Pastor (9 horas)
nota: aprobado.
11. ESTADOS CONTABLES, Prof. Sara Telias (12 horas), nota: 9 (nueve).
12. DERECHO PENAL. DELITOS CONVENCIONALES, Dr. Horacio Dias
(18 horas), nota: 8 (ocho).
13. LA PRUEBA EN LOS DELITOS ECON. Y TRIBUTARIOS, Prof. Sara
Telias, (15 horas) nota: 10 (diez).
14. PSIQUIATRIA FORENSE, Dr. Ricardo Risso (15 horas), nota: Aprobado
15. GARANTÍAS CONSTITUCIONALES Y DERECHOS HUMANOS, Dr.
Calògero Pizzolo (36 horas) nota: 6 (seis).
16. SISTEMA INTERAMERICANO DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y JURISPRUDENCIA DE SU APLICACIÒN RELACIONADA CON EL DERECHO PENAL Y PROCESAL PENAL, D. Ezequiel Malarino (12 horas), nota Aprobada.
17. EL METODO DE ANALISIS JURIDICO-DOGMATICO, Dr. Carlos Ernst
(12 horas) nota: Aprobada.
18. DELITOS INFORMATICOS, Dr. Marcos Salt (18 horas), nota: 7 (siete).
19. DERECHO PENAL TRIBUTARIO, Dr. Mariano Borinsky (18 horas) nota: 7 (siete).
20. METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION, Dra. Nancy Cardinaux (12 horas) nota: 7 (siete).
21. DERECHO PENAL Y NARCOTRAFICO, Dr. Horacio Cattani (18horas), nota: 7(siete).
22. TERRORISMO Y PREVENCIÓN, Dra. Mònica Karayan (15 horas), nota: 6 (seis).
23. TRATA DE PERSONAS, Dr. Marcelo Colombo (12 horas), nota: 9 (nueve).
24. DERECHO PENAL DEL MEDIO AMBIENTE, Dr. Gustavo Costa (18 horas) nota: 8 (ocho).
25. PERICIAS CALIGRÁFICAS (15 horas), cursada, con trabajo presentado a la espera de la calificación final.
Tesina Final: se ha presentado el proyecto de Tesis a la Secretaría Acadèmica de la Carrera, encontrándose a la espera de designación de tutor, para así poder cumplimentar con la misma.
Cantidad de horas aprobadas: 407.
Presenciales x No presenciales
Fecha de inicio de los estudios: año 2009.
Fecha de la última materia aprobada: año 2013. Acreditación CONEAU: SI (x) NO (_).
Categorización: A (_), An (_); B (_), Bn (_); C (_), Cn (_).
Documentación respaldatoria agregada a fs. 76/78.-
Título de la carrera que cursa: Especialización en Derecho Penal.
Rama del Derecho: Derecho Penal.
Universidad: Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco.
Duración de la carrera: 2 años.
Nómina de los cursos o materias integrantes de la carrera:
PLAN DE ESTUDIOS GENERAL DE LA CARRERA
• TEORÍA DEL DELITO Y SISTEMA DE LA PENA I (cuatrimestral) 80 horas
• TEORÍA DEL DELITO Y SISTEMA DE LA PENA II (cuatrimestral) 80 horas
• DELITOS EN ESPECIAL I (cuatrimestral) 80 horas
• DELITOS EN ESPECIAL II (cuatrimestral) 80 horas
• DERECHO PROCESAL PENAL I (cuatrimestral) 80 horas
• DERECHO PROCESAL II (cuatrimestral) 80 horas
• METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN (cuatrimestral) 80 horas
• CRIMINOLOGÍA (cuatrimestral) 80 horas
• TRABAJO FINAL INVESTIGADOR
Presenciales x No presenciales
Cursos o materias aprobada/s. Nómina, calificación/nes y fecha/s:
• TEORÍA DEL DELITO Y SISTEMA DE LA PENA I, Dr. Edgardo Donna, (80 horas), nota: 7 (siete)
• TEORÍA DEL DELITO Y SISTEMA DE LA PENA II, Dr. Edgardo Donna, (80 horas), nota: 7 (siete)
• DERECHO PROCESAL PENAL I, Dr. Alberto Binder, (80 horas), nota: 5 (cinco)
• DERECHO PROCESAL II Dr. Alberto Binder, (80 horas), nota: 7 (siete)
• METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN, Dra. Susana Lamas, (80 horas), nota: 9 (nueve)
• CRIMINOLOGÍA, Dr. Carlos Elbert, (80 horas), nota: 7 (siete)
• DELITOS EN ESPECIAL I, Dr. David Baigún, (80 horas), cursada
• DELITOS EN ESPECIAL I, Dr. David Baigún, (80 horas), cursada
Cantidad de horas aprobadas: 480.
Presenciales x No presenciales
Fecha de inicio de los estudios: año 2008.
Fecha de la última materia aprobada: año 2010.
Acreditación CONEAU: SI (x) NO (_).
Categorización: A (_), An (_); B (_), Bn (_); C (_), Cn (_).
Documentación respaldatoria agregada a fs. 79/106.-
Cursos de actualización o de posgrado evaluados:
Corresponde consignar en este ítem los cursos de actualización o de posgrado no incluidos en los ítems anteriores, siempre que se acredite que la/el postulante ha sido evaluado. En el supuesto de más de un curso, reproducir el ítem las veces que sea necesario, agrupándolos por Universidad y ordenándolos cronológicamente, a partir del más actual.
Título del curso: Lavado de dinero y Financiamiento del Terrorismo
Rama del Derecho: Derecho Penal
Organismo: Escuela de Formación y Capacitación de la Procuración General de la Nación en forma conjunta con la Unidad Fiscal de Investigaciones de Delito de Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo
Cantidad de horas aprobadas: 32 horas
Presenciales x No presenciales
Calificación: Aprobado
Fecha: mayo de 2010
Documentación respaldatoria agregada a fs. 107.-
Título del curso: Nivel Inicial de la Escuela de Formación y Capacitación
(modalidad curso intensivo)
Rama del Derecho: Derecho Penal
Organismo: Escuela de Formación y Capacitación de la Procuración General de la Nación
Cantidad de horas aprobadas: 16 horas
Presenciales x No presenciales
Calificación: Aprobado
Fecha: septiembre de 2007
Documentación respaldatoria agregada a fs.108.-
Participación en carácter de disertante, panelista o ponente en cursos o congresos de interés jurídico:
Corresponde consignar en este ítem los cursos o congresos de interés jurídicos en los que la persona postulante participó en carácter de disertante, panelista o ponente. En el supuesto de más de una actividad, reproducir el ítem las veces que sea necesario, ordenándolas cronológicamente, a partir del más actual.
Carácter:
Disertante Panelista
Ponente
Rama del Derecho: Institución/es organizadora/s: Tema:
Fecha:
Documentación respaldatoria agregada a fs. .-
III.2.B. DOCENCIA E INVESTIGACIÓN UNIVERSITARIA O EQUIVALENTE Y OTROS CARGOS ACADÉMICOS NO COMPUTADOS EN INCISOS ANTERIORES. BECAS Y PREMIOS OBTENIDOS:
En este apartado se evaluarán los antecedentes de docencia. Se tendrá en cuenta la institución donde se desarrollaron las tareas, las materias o cursos dictados y su relación con la especialidad del cargo vacante, los cargos desempeñados en grados o en postgrados, la naturaleza de las designaciones y las fechas de su ejercicio.8
Estos antecedentes podrán ser calificados hasta un máximo de nueve (9) puntos.
En el supuesto de más de un cargo, trabajo de investigación, beca o premio reproducir el ítem las veces que sea necesario, agrupándolos por Universidad y ordenándolos cronológicamente, a partir del más actual.
Marque con “X”, la opción que corresponda.
Docencia universitaria o equivalente:
Universidad/Institución: Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco
Título de la Carrera: Abogacía
Rama del Derecho: Derecho Penal
Materia o curso dictado: Derecho Penal II
Grado X Posgrado
En su caso, indicar y/o transcribir la normativa de la que resulte su equivalencia con la docencia universitaria:
Relación con la especialidad del cargo vacante. Descripción:
La relación de la docencia con la especialidad del cargo al que aspiro, se encuentra dada justamente en tanto la materia en la que me encuentro designado desde el año 2012 como Ayte. 1era. Ad Honorem, corresponde a los delitos en particular, es decir que el programa de la materia contiene la parte especial del Código Penal y sus leyes especiales. En particular, durante el dictado de clases, la confección de trabajos prácticos y los exámenes, se procura brindar al alumnado los conocimientos esenciales de los tipos penales descriptos tanto en el código como en las leyes especiales de la materia. Durante el desarrollo de las clases se procura incorporar los conocimientos
doctrinarios de cada tipo penal, y su interpretación en la jurisprudencia mediante el método de ejercitación con casos y ejemplos. Desde mi incorporación al plantel docente, no sólo se han profundizado los conceptos teóricos de los tipos penales, sino que también durante el intercambio con el resto del plantel docente se estimula y cultiva el interés académico. Este interés y conocimiento es trasladado al plantel de la dependencia que subrogo, lo que facilita y dinamiza el trabajo de la oficina, mejorando sustancialmente los proyectos de dictámenes que se trabajan diariamente. Asimismo resulta un excelente ejercicio en la oratoria, máxime si tenemos en cuenta, conforme se puntualizó anteriormente, que la oralidad del proceso penal resulta un cambio inminente habida cuenta las reformas de los códigos procesales provinciales y los objetivos de gestión que desde la Procuración General de la Nación se propugnan, en tanto apunta a la elección de fiscales con perfiles, más ágiles, menos burocratizado, más creativos y eficientes y que sean capaces de intervenir en procesos cada vez más orales, pero también más complejos jurídica y técnicamente (Resol. PGN N° 751/13). Considero no sólo necesaria la práctica de la oratoria a los fines de alcanzar los objetivos referidos, sino que también develan un compromiso social, especialmente considerando que la sede de la facultad se encuentra a 70 kilómetros de la dependencia que subrogo y que la responsabilidad y compromiso asumido resultan ajenos a una retribución monetaria.
Presencial: X No presencial Cátedra: Dr. Jorge Amado Gutierrez
Cargo desempeñado:
Período de ejercicio. Desde: 01/03/2012. Hasta: la actualidad. Designación:
Directa Por Concurso Efectivo Interino Contratado Rentado
Ad-Honorem x Otro (describir):
Documentación respaldatoria agregada a fs. 109/122.-
Investigación universitaria o equivalente: Universidad/Institución:
Rama del Derecho:
En su caso, indicar la normativa de la que resulte suequivalencia con la investigación universitaria:
Relación con la especialidad del cargo vacante. Descripción. Designación:
Directa Por Concurso
Período de ejercicio. Desde / / . Hasta: / / . Copia del proyecto original o documento equivalente: Copia del informe final o documento equivalente:
Otros cargos académicos no computados en incisos anteriores: Universidad/Institución:
Cargo desempeñado: Rama del Derecho: Designación:
Directa Por Concurso
Período de ejercicio. Desde / / . Hasta: / / . Naturaleza de las actividades desarrolladas:
Normativa que regula su actividad:
Documentación respaldatoria agregada a fs. __.-
Becas y premios: Institución:
Rama del derecho:
Fecha de otorgamiento de la beca/premio:
Carácter de la beca/premio: Motivo del otorgamiento:
Documentación respaldatoria agregada a fs. .-
III.2.C. PUBLICACIONES CIENTÍFICO-JURÍDICAS Y TRABAJOS PENDIENTES DE PUBLICACIÓN O BAJO PROCESO DE ARBITRAJE
En este apartado se evaluarán las publicaciones. Se tendrá especialmente en cuenta a los fines de la evaluación, la calidad, extensión y originalidad de cada trabajo; y la relación de su contenido con la especialidad del cargo vacante.
En el supuesto de más de una publicación reproducir el ítem las veces que sea necesario, ordenándolas cronológicamente a partir de la más actual. En el mismo sentido se deberá proceder en el supuesto de trabajos pendientes de publicación o bajo proceso de arbitraje con la correspondiente nota de la editorial.9
Estos antecedentes podrán ser calificados hasta un máximo de nueve (9) puntos.
Publicaciones científico-jurídicas: Título:
Rama del derecho: Carácter de la obra:
Libro Capítulo de libro
Artículo de doctrina Nota / Comentario bibliográfico
Nota / Comentario a fallo Reseña Bibliográfica
Reseña de jurisprudencia Otro (especificar):
Carácter de autoría:
Autor Coautor Coordinador Colaborador Traductor Otro (especificar):
Relación de su contenido con la especialidad del cargo concursado. Descripción:
Fecha: Editorial:
Documentación respaldatoria agregada a fs. o como anexo _.- Trabajos pendientes de publicación o bajo proceso de arbitraje: Título:
Rama del derecho: Carácter de la obra:
Libro Capítulo de libro
Artículo de doctrina Nota / Comentario bibliográfico
Nota / Comentario a fallo Reseña Bibliográfica
Reseña de jurisprudencia Otro (especificar):
Carácter de autoría:
Autor Coautor Coordinador Colaborador Traductor Otro (especificar):
Relación de su contenido con la especialidad del cargo concursado. Descripción:
Fecha de entrega a la editora o jurado evaluador: Editorial:
Documentación respaldatoria agregada a fs. o como anexo _.-
Declaración Jurada
La presentación y/o envío del Formulario de Inscripción con los datos requeridos y de
la documentación respaldatoria de los antecedentes allí invocados, con la cual se perfecciona la inscripción al concurso, importará por parte de la persona aspirante el conocimiento de la Ley Orgánica del Ministerio Público de la Nación N° 24.946, así como el conocimiento y aceptación de las condiciones fijadas en el Reglamento para la Selección de Magistradas/os del Ministerio Público Fiscal de la Nación, aprobado por Resolución PGN N° 751/13 y normativa aplicable a la materia, como también su consentimiento para la publicación en el sitio web institucional de los antecedentes y de los escritos y registros audiovisuales correspondientes a la etapa de oposición, ello en
función del principio de transparencia del procedimiento (conf. art. 2 del Reglamento citado).
Conforme lo dispuesto en el art. 17 del Reglamento citado10, todo el contenido de la
documentación presentada o enviada tendrá carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe en ella, habilitará a no considerar el antecedente erróneamente invocado y, según la magnitud de la falta, la P.G.N. podrá resolver la exclusión de la persona del concurso, sin perjuicio de las demás consecuencias que pudiere general su conducta.
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 23 del Reglamento11, las personas inscriptas tienen el deber de poner en conocimiento de la Secretaría de Concursos toda circunstancia anterior o sobreviniente vinculada con las causales de exclusión previstas en el artículo 22 del Reglamento, las que a continuación se transcriben:
a) tuvieren condena penal por delito doloso, con arreglo a los límites temporales establecidos en el artículo 51 del Código Penal;
b) estuvieran procesados por delito doloso, con auto de procesamiento firme, o auto de mérito equiparable;
c) se encontraran inhabilitados para ejercer cargos públicos, mientras dure la inhabilitación;
d) estuvieran excluidos de la matrícula profesional, por decisión firme del tribunal de disciplina del colegio correspondiente;
e) hubieran sido removidos, mediante acto firme, de los cargos de magistradas/os del Ministerio Público o del Poder Judicial, Nacional, Provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
f) hubieran sido exonerados, mediante acto firme, en el ejercicio de cargos públicos de la Administración Pública Nacional, Provincial, Municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del Ministerio Público o del Poder Judicial, Nacional, Provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siempre que no hubieran obtenido la correspondiente rehabilitación.
g) hubieran sido removidos del cargo de profesor universitario por concurso, mediante juicio académico, por decisión firme;
h) hubieran sido declarados en quiebra y no estuvieren rehabilitados;
i) hubieran sido eliminados de un concurso celebrado en el ámbito del Ministerio Público o del Poder Judicial, Nacional, Provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los cinco (5) años anteriores, por conductas o actitudes contrarias a la buena fe o a la ética.
Por último, las personas inscriptas estarán obligadas a informar respecto de la existencia de nuevos antecedentes disciplinarios, lo que será certificado por el organismo pertinente ante la Secretaría de Concursos.
Fecha: 06 de mayo de 2014.- Lugar: Rada Tilly, Chubut
FIRMA ACLARACIÓN
Autorización
AUTORIZO a ……………………………………………………………..
DNI. Nº…….……………………, a presentar en la Secretaría de Concursos de la Procuración General de la Nación, la solicitud de inscripción y/o la documentación respaldatoria para el Concurso Nº………del M.P.F.N., para el/los cargo/s de
…................................................................................................................................…………
…
Fecha: Lugar
FIRMA ACLARACIÓN
RECIBÍ la solicitud de inscripción de el/la
Doctor/a:…………………………………………………….……………..….. D.N.I. N°…………………….. Para el concurso N° del M.P.F.N.
Buenos Aires, ……. de ……………….. de 2014.-
Conforme lo dispuesto en el art. 15 del Reglamento de Concursos la inscripción se
llevará a cabo en dos etapas.12
En primer lugar, deberá completarse y firmarse este formulario (en adelante “F.I.”), consignando los datos personales y los antecedentes laborales y académicos que la/el concursante pretenda sean evaluados. El F.I deberá ser presentado, personalmente o por tercero autorizada/o, en la Secretaría de Concursos —Libertad 753 Capital Federal los días hábiles de 09:00 a 15:00 hs.— o remitido por correo postal a esa dirección o por correo electrónico a
tipo y número del documento de identidad de la persona que lo expide”, firmado en cada folio que lo compone.
Cuando se adjunte documentación tendiente a la acreditación de antecedentes laborales y académicos cuyas constancias se encuentren elaboradas en idioma extranjero, deberá también acompañarse una traducción simple, firmada por la persona postulante y adjuntar, en su caso, una declaración jurada especial sobre la fidelidad de su contenido, en la que además consten todas las cuestiones relevantes inherentes al antecedente en cuestión y toda aquella solicitada en particular en el formulario de inscripción. Ello, conforme la siguiente fórmula: “Declaro bajo juramento que el escrito que antecede corresponde a la traducción del contenido del documento titulado…….., invocado como antecedente en el ítem ……,
del idioma ……en que fuera elaborado, al castellano”.
Si se presentan publicaciones o trabajos jurídico-científicos pendientes de publicación o bajo proceso de arbitraje, elaborados en idioma extranjero deberá también acompañarse una traducción simple, firmada por la persona postulante, y una declaración jurada especial sobre la fidelidad de su contenido, respecto del título y/o índice de la publicación y/o trabajo aportado, de acuerdo a la siguiente fórmula: “Declaro bajo juramento que el escrito que antecede corresponde a la traducción del título y/o índice de la publicación y/o trabajo, invocado como antecedente en el ítem ……, del idioma ……en que fuera elaborado, al castellano”.
Toda la documentación podrá presentarse y/o enviarse en copia simple y será certificada oportunamente por la Secretaría de Concursos. Las copias simples impresas deberán ser firmadas por la persona postulante (conf. art. 15, inc. e) y f) y cuarto y quinto párrafos de la norma).
1 Según artículo 4 del Reglamento de Concursos modificado por Resolución PGN:
307/14 "Artículo 4.- Acumulación de concursos. El concurso podrá ser simultáneo para cubrir una pluralidad de vacantes, siempre que éstas fueran de idéntico rango funcional y fuero. En caso de concursarse en un mismo proceso vacantes de la misma jurisdicción pero ubicadas en distintas
ciudades, o vacantes de distintas jurisdicciones, las personas que se postulen deberán indicar por escrito, en ocasión de su inscripción el o los cargos a los que aspiran, pudiendo hacerlo respecto de los correspondientes a no más de dos (2) ciudades. La P. G.N. podrá ampliar prudencialmente dicho tope en la resolución de convocatoria del concurso, en función de la cantidad de vacantes acumuladas.
Si dentro del año contado desde la fecha de cierre de inscripción y siempre que no haya recaído la
resolución prevista por el artículo 44 de este Reglamento, se produjeren otras vacantes de idéntico rango, fuero y ciudad, la P.G.N. podrá disponer su acumulación a la ya existente, sin necesidad de efectuar un nuevo llamado".
2 “Artículo 24.- Notificaciones. Las personas postulantes deberán indicar una dirección de correo electrónico donde resultarán válidas todas las notificaciones que se le practiquen. Los términos que este Reglamento establece para las notificaciones se contarán a partir del día siguiente a la fecha en que se envían las comunicaciones pertinentes. No obstante lo dispuesto, constituye una obligación de quienes participen del concurso informarse sobre las alternativas del procedimiento en la página de internet del M.P.F.”.
3 “Artículo 15.- Formulario. Presentación de documentación. (…)Dentro de los diez (10) días subsiguientes, la persona postulante deberá presentar en la Secretaría de Concursos, personalmente o por tercero autorizado, o enviar por correo postal o por vía digital —según se establezca—, la siguiente documentación: (…) c) una (1) copia certificada del título de abogada/o, el que debe encontrarse legalizado por la Universidad que lo expidió y por el Ministerio de Educación de la Nación (…)”.
4 “Artículo 38.- Pautas de evaluación. Los antecedentes, hasta un máximo de setenta y cinco (75)
puntos, serán evaluados conforme a las siguientes pautas:
a) antecedentes en el Ministerio Público o en el Poder Judicial, nacional, provincial o de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, teniendo en cuenta el o los cargos desempeñados, los períodos de actuación, la naturaleza de las designaciones, las características de las actividades desarrolladas, la experiencia en la gestión y en la coordinación de equipos acordes con la responsabilidad del cargo concursado, las sanciones disciplinarias recibidas y —en su caso— los motivos del cese. Se concederán hasta treinta (30) puntos.
b) cargos públicos no incluidos en el inciso anterior, labor en organismos no gubernamentales o
instituciones privadas vinculadas al sistema judicial y ejercicio privado de la profesión. Para el primer caso, se tendrán en cuenta el o los cargos desempeñados y la naturaleza de las designaciones. En todos
los casos se considerarán los períodos de actuación, las características de las actividades desarrolladas, la experiencia en la gestión y en la coordinación de equipos acordes con la responsabilidad del cargo concursado, las sanciones disciplinarias recibidas y —en su caso— los motivos del cese. Se concederán hasta treinta (30) puntos.
Se otorgarán hasta quince (15) puntos adicionales a los indicados en los incisos precedentes, por especialización funcional o profesional con relación a la vacante.
Si algún/a aspirante acreditare antecedentes en los incisos a) y b), el puntaje acumulado de ambos no podrá superar los treinta (30) puntos. En el mismo caso, si se otorgaren puntos adicionales por
especialización funcional y/o profesional, la suma total no podrá superar los cuarenta (45) puntos.
c) título de doctor, master o especialización en Derecho, teniendo en cuenta la materia abordada y su relación con la materia del concurso; la universidad que lo expidió; la calidad y cantidad de cursos previos exigidos en la currícula de la carrera para acceder al título; las calificaciones obtenidas en tales cursos así como en el examen de tesis, tesina o trabajo final, o bien en sus defensas; y la calidad del tribunal examinador. Los cursos realizados como parte de una carrera de doctorado, master o especialización incompleta o estando pendiente de aprobación la tesis, tesina o trabajo final, o que por cualquier otra causa no se hubiera expedido aún el título, se computarán en este inciso. También se
contemplará aquí la certificación de otros cursos de actualización o de posgrado, siempre que se acredite que la/el postulante ha sido evaluado; así como la participación en carácter de disertante, panelista o ponente en cursos y congresos de interés jurídico. Se concederá hasta doce (12) puntos.
d) docencia e investigación universitaria o equivalente y otros cargos académicos no computados en incisos anteriores, teniendo en cuenta la institución donde se desarrollaron las tareas, las materias o cursos dictados y su relación con la especialidad del cargo vacante, los cargos desempeñados en grados o en postgrados, la naturaleza de las designaciones y las fechas de su ejercicio. También se computarán la designación en otros cargos académicos, becas y premios obtenidos. Se concederá hasta nueve (9)
puntos.
e) publicaciones científico jurídicas. Se admitirán trabajos pendientes de publicación o bajo proceso de arbitraje con la correspondiente nota de la editorial. Se evaluará especialmente la calidad, extensión y originalidad de cada trabajo; y la relación de su contenido con la especialidad del cargo vacante. Se concederá hasta nueve (9) puntos”.
5 “Artículo 37.- Informe de antecedentes. Plazo. Una vez concluidas las pruebas de oposición, en un plazo que no debe superar los diez (10) días, la Secretaría de Concurso entregará a cada integrante del Tribunal un informe sobre la evaluación de los antecedentes profesionales y académicos de las/os concursantes que hayan rendido las pruebas. El informe en cuestión será acompañado de una copia del legajo o carpeta formada a partir de lo dispuesto por el artículo 19 de este Reglamento. Este informe deberá respetar los parámetros establecidos en el siguiente artículo y no será vinculante para el Tribunal”.
6 “Artículo 38.- Pautas de evaluación. Los antecedentes, hasta un máximo de setenta y cinco (75)
puntos, serán evaluados conforme a las siguientes pautas:
a) antecedentes en el Ministerio Público o en el Poder Judicial, nacional, provincial o de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, teniendo en cuenta el o los cargos desempeñados, los períodos de actuación, la naturaleza de las designaciones, las características de las actividades desarrolladas, la experiencia en la gestión y en la coordinación de equipos acordes con la responsabilidad del cargo
concursado, las sanciones disciplinarias recibidas y —en su caso— los motivos del cese. Se concederán hasta treinta (30) puntos.
b) cargos públicos no incluidos en el inciso anterior, labor en organismos no gubernamentales o instituciones privadas vinculadas al sistema judicial y ejercicio privado de la profesión. Para el primer caso, se tendrán en cuenta el o los cargos desempeñados y la naturaleza de las designaciones. En todos los casos se considerarán los períodos de actuación, las características de las actividades desarrolladas, la experiencia en la gestión y en la coordinación de equipos acordes con la responsabilidad del cargo concursado, las sanciones disciplinarias recibidas y —en su caso— los motivos del cese. Se concederán
hasta treinta (30) puntos.
(…) Se otorgarán hasta quince (15) puntos adicionales a los indicados en los incisos precedentes, por especialización funcional o profesional con relación a la vacante.
Si algún/a aspirante acreditare antecedentes en los incisos a) y b), el puntaje acumulado de ambos no podrá superar los treinta (30) puntos. En el mismo caso, si se otorgaren puntos adicionales por
especialización funcional y/o profesional, la suma total no podrá superar los cuarenta (45) puntos
(…)”.
7 “Art. 38.- (…) c) título de doctor, master o especialización en Derecho, teniendo en cuenta la materia abordada y su relación con la materia del concurso; la universidad que lo expidió; la calidad y cantidad de cursos previos exigidos en la currícula de la carrera para acceder al título; las calificaciones obtenidas en tales cursos así como en el examen de tesis, tesina o trabajo final, o bien en sus defensas; y la calidad del tribunal examinador. Los cursos realizados como parte de una carrera de doctorado, master o especialización incompleta o estando pendiente de aprobación la tesis, tesina o trabajo final, o que por cualquier otra causa no se hubiera expedido aún el título, se computarán en este inciso. También se contemplará aquí la certificación de otros cursos de actualización o de posgrado, siempre que se
acredite que la/el postulante ha sido evaluado; así como la participación en carácter de disertante, panelista o ponente en cursos y congresos de interés jurídico. Se concederá hasta doce (12) puntos”.
8 “Art. 38.- (…) d) docencia e investigación universitaria o equivalente y otros cargos académicos no computados en incisos anteriores, teniendo en cuenta la institución donde se desarrollaron las tareas, las materias o cursos dictados y su relación con la especialidad del cargo vacante, los cargos desempeñados en grados o en postgrados, la naturaleza de las designaciones y las fechas de su ejercicio. También se computarán la designación en otros cargos académicos, becas y premios obtenidos. Se concederá hasta nueve (9) puntos”.
9 “Artículo 38 (…) e) publicaciones científico jurídicas. Se admitirán trabajos pendientes de publicación o bajo proceso de arbitraje con la correspondiente nota de la editorial. Se evaluará especialmente la calidad, extensión y originalidad de cada trabajo; y la relación de su contenido con la especialidad del cargo vacante. Se concederá hasta nueve (9) puntos”.
10 “Artículo 17.- Inexactitudes de la documentación. Exclusión del concurso. Todo el contenido de la documentación presentada tendrá carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe en ella habilitará a no considerar el antecedente erróneamente invocado. Según la magnitud de la falta, la P.G.N. podrá resolver la exclusión de la persona del concurso, sin perjuicio de las demás consecuencias que pudiere generar su conducta”.
11 “Artículo 23.- Deber de informar. Circunstancias sobrevinientes. Las personas inscriptas tienen el deber de poner en conocimiento de la Secretaría de Concursos toda circunstancia anterior o sobreviniente vinculada con las causales previstas en el artículo precedente. Asimismo estarán obligadas a informar respecto de la existencia de nuevos antecedentes disciplinarios, lo que será certificado por el organismo pertinente ante la Secretaría de Concursos. En caso de producirse alguna de las circunstancias reseñadas en el artículo precedente durante la sustanciación del proceso de selección, la P.G.N. excluirá del concurso a la persona involucrada”.
12 “Artículo 15.- Formulario. Presentación de documentación. La inscripción se realizará a través de un formulario que estará disponible en la página del Ministerio Público Fiscal. En el formulario se deberá precisar toda la información que sea requerida, indicando todos los antecedentes laborales y académicos para ser evaluados.
El formulario deberá ser presentado antes de las veinticuatro (24) horas de la fecha de cierre de la inscripción. Podrá ser presentado personalmente o por tercero autorizado, o remitido por correo postal o por vía digital —según se determine—, a las direcciones que se establezcan en la resolución que convoca al concurso, sirviendo como constancia el certificado que expida el servicio de correos que se hubiera utilizado o el acuse de recibo del correo electrónico.
Dentro de los diez (10) días subsiguientes, la persona postulante deberá presentar en la Secretaría de
Concursos, personalmente o por tercero autorizado, o enviar por correo postal o por vía digital —
según se establezca—, la siguiente documentación:
a) una (1) copia certificada de su D.N.I.;
b) una (1) foto tipo carnet, que haya sido tomada en un periodo que no exceda el año;
c) una (1) copia certificada del título de abogada/o, el que debe encontrarse legalizado por la
Universidad que lo expidió y por el Ministerio de Educación de la Nación;
d) original o una (1) copia certificada del informe de antecedentes penales emitido por el Registro
Nacional de Reincidencia con antelación no mayor de seis (6) meses a la fecha de inscripción;
e) una (1) copia certificada de los documentos que acrediten los antecedentes laborales y disciplinarios;
f) una (1) copia certificada de los documentos que acrediten los antecedentes académicos;
g) una (1) copia de las publicaciones científico-jurídicas, en soporte papel o informático (con protección contra modificaciones). Se admitirán trabajos pendientes de publicación o bajo proceso de arbitraje con la correspondiente nota de la editorial.
Cuando se invoquen antecedentes correspondientes a los incisos e y f cuyas constancias se encuentren
elaboradas en idioma extranjero, deberá también acompañarse una traducción simple, firmada por la persona postulante y adjuntar, en su caso, una declaración jurada especial sobre la fidelidad de su contenido, en la que además consten todas las cuestiones relevantes inherentes al antecedente en cuestión y toda aquella solicitada en particular en el formulario de inscripción. Similar obligación tendrá quien invoque antecedentes correspondientes al inciso g en idioma extranjero, respecto del título y/o
índice de la publicación aportada.
En el caso de los incisos e y f podrán presentarse y/o enviarse copias simples, en formato papel o digital, las que serán certificadas oportunamente por la Secretaría de Concursos. En ese supuesto, todas las copias simples impresas deberán ser firmadas por la persona postulante y en ambos casos deberá acompañarse una declaración jurada especial sobre la fidelidad de su contenido.
Excepcionalmente la Secretaría de Concursos podrá solicitar a quien se postule hasta dos (2) juegos adicionales de copias simples de la documentación y/o copia completa en soporte informático”.
13 “Artículo 16.- Perfeccionamiento de la inscripción. La presentación de la documentación indicada en el artículo precedente perfeccionará la inscripción al concurso e importará por parte de la persona inscripta, el conocimiento y aceptación de las condiciones fijadas en este Reglamento y en las bases del concurso. La Secretaría de Concursos otorgará un recibo firmado, con la fecha de recepción de la documentación”.