FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN

Todas las Resoluciones aplicables a los concursos en el Ministerio Público Fiscal — Reglamento para la Selección de Magistradas/os del Ministerio Público Fiscal de la Nación, aprobado por la Resolución PGN N° 751/13 (en adelante, Reglamento de Concursos), así como las Resoluciones PGN Nº 23/07; 164/07, 101/09, 130/09 y
307/14 — se encuentran disponibles en la página web www.mpf.gov.ar

CONCURSO Nº: 104 (Resolución PGN N° 1041/14)

Apellido/s y Nombre/s: AZZOLIN, HORACIO JUAN

DNI: 23.249.456

CARGO/S A CONCURSAR: tres (3) vacantes de Fiscal General ante los

Tribunales Orales en lo Criminal de la Capital Federal (Fiscalías N° 3, 11 y 29)

CIERRE DE INSCRIPCIÓN (1era etapa): 15 de julio de 2014. PRESENTACIÓN: personalmente (o 3ero autorizada/o), en la Secretaría de


Concursos -Libertad 753 CABA días hábiles de 09:00 a 15:00 hs.- o remitido por correo postal a esa dirección o por correo electrónico a inscripcion-concursos@mpf.gov.ar, hasta las veinticuatro (24) horas de ese día.

VER MODALIDAD DE INSCRIPCIÓN Y PRESENTACIÓN AL FINAL DEL DOCUMENTO

En el supuesto de remitir a documentación presentada en concursos anteriores la

mención debe ser expresa y precisa respecto tanto del número del proceso de selección al que se refiere como de la/s foja/s correspondientes de su legajo. Y no olvidar que cierta documentación requiere actualización.

REMITO A DOCUMENTACIÓN PRESENTADA EN CONCURSO:

1

I.- DATOS PERSONALES:

1. Apellido/s: AZZOLIN

2. Nombre/s: HORACIO JUAN

3. Sexo: Masculino

4. Nacionalidad: Argentina

5. Estado civil: Divorciado

6. Documento de Identidad:

Tipo (marcar con una cruz): Número: 23.249.456.



DNI X L.E. L.C.

Copia agregada a fs. 3.- (Concurso: 104)

7. Certificado de Antecedentes Penales (Reincidencia): Fecha de emisión: 14/07/2014.

Número:

Fecha de inicio de trámite: 07/07/2014.

Número: P6893432

Copia agregada a fs. 2.- (Concurso: 104)

Recuerde mantener en condiciones esta dirección e informar cualquier cambio de dirección de correo electrónico, ya que se trata de la vía para las notificaciones y comunicaciones relacionadas con el trámite del concurso.

II.- TÍTULO DE ABOGADA/O:

Universidad: Pontificia Universidad Católica Argentina

Fecha de culminación de estudios: 10/05/96.

Fecha de expedición: 20/06/96.

Legalización de Universidad. Fecha: 03/07/96.

Legalización de Ministerio de Educación de la Nación. Fecha: 01/10/96.1

Copia agregada a fs. 4.- (Concurso: 104)

II.- ANTECEDENTES:

Los antecedentes serán evaluados de acuerdo con las pautas y puntajes máximos establecidos en los incisos del art. 38 del Reglamento de Concursos, conforme se indica en cada caso. El puntaje máximo que se podrá obtener por los antecedentes laborales es de cuarenta y cinco (45) puntos y por los académicos es de treinta (30) puntos.2
Los antecedentes no declarados no serán evaluados aún cuando se haya presentado documentación que se refiera a ellos. Tampoco se considerarán los antecedentes declarados pero carentes de la documentación respaldatoria.
Conforme lo establecido en el art. 37 del Reglamento de Concursos, la evaluación de los antecedentes se efectuará una vez concluidas las pruebas de oposición escrita y oral.3

2

III.1. ANTECEDENTES LABORALES Y/O PROFESIONALES (art. 38, incs. a) y b del Reglamento de Concursos):

Los antecedentes laborales previstos en los incs. a) y b) del art. 38 del Reglamento de Concursos, podrán ser evaluados hasta con un máximo de treinta (30) puntos. Asimismo podrán asignarse hasta quince (15) puntos adicionales por “especialización funcional con relación a la vacante”.4
Al completar el formulario, indicar los cargos desempeñados desde la obtención del título de abogada/o y/o matriculación, ordenados cronológicamente a partir del actual o más reciente.
En el supuesto de invocar más de un antecedente correspondiente a este inciso, reproducir el ítem del formulario las veces que sea necesario.
En el supuesto de tratarse de “cargos de empleados” inherentes a la “carrera judicial”, desempeñados en la misma dependencia, consignarlos en el mismo ítem, en “cargo desempeñado”, uno a continuación del otro, desde el actual o más reciente (por ej. oficial mayor, oficial, escribiente).
En igual sentido, completar el ítem “período de actuación”, consignando los mismos uno a continuación del otro, unificando en el ítem “total” el tiempo de desempeño resultante de la suma de todos.
Al completar los campos correspondientes a “Experiencia en la gestión” y “Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo” acordes con la responsabilidad del cargo concursado, como así también el correspondiente a “Especialización funcional con relación a la vacante”, consigne —en un máximo de treinta (30) renglones por ítem, interlineado sencillo, con letra garamond 13— las actividades que considere más relevantes y/o ilustrativas en relación con las materias y funciones inherentes al cargo concursado.
Marque con “X”, la opción que corresponda.

III.1.A. ANTECEDENTES LABORALES EN EL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL:

1)

Cargo desempeñado: Fiscal de Primera Instancia

Dependencia: Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 49

Período de actuación. Desde: 02/05/2013. Hasta: la actualidad

Naturaleza de la designación:

Directa Por Concurso Efectivo Interino Contratado Ad-Hoc

Ad-Honorem Adjunto

Subrogante

Otro (describir):

Licencias extraordinarias por razones:



Científicas no Culturales no Particulares no

Período. Desde: /__/ . Hasta / / .

Con sin goce de haberes

Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción: me remito en un todo a lo expuesto en el informe anual 2013 y en las

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pautas de trabajo detalladas cuando consigné mi paso por la Fiscalía Federal de Necochea en la Fiscalía General n° 21 ante los Tribunales Orales en lo Criminal. Adjunto resolución MP 815/13 correspondiente a mi designación.

Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción: si bien se gestiona principalmente con el equipo de trabajo de la fiscalía, hay casos en los que se actúa coordinadamente. Me refiero a la causa n° 19888/09 del Juzgado en lo Criminal de Instrucción n° 35 (en la que se investiga a funcionarios del banco BNP Paribas por presunto lavado de dinero) en la que también interviene el fiscal Carlos Gonella, a cargo de PROCELAC; en ese caso ambos hemos efectuado varias presentaciones en conjunto (adjunto copia de una de ellas como ejemplo), actuamos incluso con personal de la fiscalía general en una audiencia realizada en la cámara del crimen (adjunto copia de la resolución) y actualmente asistimos a las declaraciones indagatorias que se están recibiendo. De la conformación de ese equipo de trabajo da cuenta, expresamente, otro escrito cuya parte pertinente adjunto en copia.

Otra forma de actuación en equipo surge de la reciente creación de una comisión de fiscales para la elaboración de un informe sobre la modalidad delictiva vinculada con los llamados “secuestros virtuales” Allí se trabaja coordinadamente con varios colegas de instrucción y fiscales a cargo de otras áreas (se adjunta copia de la resolución PGN
1239/14 que dispone su creación)

Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción: me remito en un todo a lo expuesto en el informe anual 2013 y en las pautas de trabajo detalladas cuando consigné mi paso por la Fiscalía Federal de Necochea en la Fiscalía General n°

21 ante los Tribunales Orales en lo Criminal. Si bien se trata de una fiscalía de instrucción, su cometido principal es preparar el debate. Además, se participa de audiencias orales en los casos de suspensión de juicio a prueba de la misma forma en la que lo hace un fiscal de juicio.

Sanciones disciplinarias: no recibí

Motivos del cese: continúo a cargo

Documentación respaldatoria agregada a fs. 6/91, en especial fs. 6, 9/19, 20/29.- (Concurso: 104)

2)

Cargo desempeñado: Fiscal General Subrogante

Dependencia: Fiscalía General n° 5 ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal

Período de actuación. Desde: 11/06/2013. Hasta: la actualidad.

Naturaleza de la designación:

Directa Por Concurso Efectivo Interino Contratado Ad-Hoc

Ad-Honorem Adjunto

Subrogante

Otro (describir):

Licencias extraordinarias por razones:



Científicas no Culturales no Particulares no

Período. Desde: /__/ . Hasta / / .

Con sin goce de haberes

4

Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción: me remito a lo hecho constar en el informe anual 2013 que adjunto y en las pautas de trabajo expuestas cuando detallé mi paso por la Fiscalía General n° 21

ante los Tribunales Orales en lo Criminal y en diversos cargos del Poder Judicial.

Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción: los casos se gestionan con personal de la fiscalía exclusivamente, con las mismas pautas expuestas al detallar mi gestión en el Poder Judicial y al frente de la Fiscalía General n° 21 ante los TOC. En el caso de la causa n° 1906 del Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 2 en la que se investigan las irregularidades cometidas durante la investigación del atentado a la AMIA se actúa en coordinación con el fiscal Alberto Nisman, a cargo de la unidad fiscal especial para la investigación de ese caso, y su equipo de trabajo. Se adjunta copia de un escrito presentado en conjunto.

Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción: se trata de una fiscalía de juicio de competencia criminal federal, las funciones son idénticas a las del cargo concursado, aunque la competencia material difiere en algunos aspectos (recuérdese que en el fuero también se tratan delitos comunes, en los casos previstos en el art. 33 C.P.P.)

Sanciones disciplinarias: no recibí

Motivos del cese: continúo a cargo

Documentación respaldatoria agregada a fs. 6/91, en especial fs. 6, 9/19, 30/32.- (Concurso: 104)

3)

Cargo desempeñado: Fiscal General Subrogante

Dependencia: Fiscalía General n° 5 ante los Tribunales Orales en lo Criminal Período de actuación. Desde: 11/03/2014. Hasta: 21/03/2014. Naturaleza de la designación:

Directa Por Concurso Efectivo Interino Contratado Ad-Hoc

Ad-Honorem Adjunto

Subrogante

Otro (describir):

Licencias extraordinarias por razones:



Científicas no Culturales no Particulares no

Período. Desde: /__/ . Hasta / / .

Con sin goce de haberes

Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción: fue una breve subrogancia mientras me desempeñaba en la Fiscalía General n° 5 ante los TOF. Durante ese lapso coordiné agenda con el tribunal oral ante el que actuaba para acelerar algunos debates pendientes y generar acuerdos de juicio abreviado. Me remito por lo demás a lo expuesto cuando detallé mi gestión a cargo de la Fiscalía General n° 21 ante los TOC. Adjunto las resoluciones MP n° 337/14,

440/14 y 477/14 que dan cuenta de mis períodos de actuación.

Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción: se trabajó con el equipo de la

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fiscalía exclusivamente, con las mismas pautas expuestas al detallar mi gestión en el Poder Judicial y al frente de la Fiscalía General n° 21 ante los TOC. En este caso, además, la actuación fue coordinada con el fiscal Marcelo Martínez Burgos ya que
durante un lapso de tiempo ambos estuvimos a cargo de la fiscalía. Pese a haber cesado la subrogancia, continué interviniendo en la sustanciación del debate de la causa n°
4208 del Tribunal Oral en lo Criminal n° 5 –ante el que actúa la dependencia-

Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción: se trata de una fiscalía criminal ante un tribunal oral, son exactamente las mismas funciones que se realizan en el cargo concursado.

Sanciones disciplinarias: no recibí

Motivos del cese: fue designado otro subrogante

Documentación respaldatoria agregada a fs. 6/91, en especial fs. 6, 9/19, 33/35.- (Concurso: 104)

4)

Cargo desempeñado: Fiscal General Subrogante

Dependencia: Fiscalía General n° 29 ante los Tribunales Orales en lo Criminal

Período de actuación. Desde: 02/05/2013. Hasta: 19/05/2013.

Naturaleza de la designación:

Directa Por Concurso Efectivo Interino Contratado Ad-Hoc

Ad-Honorem Adjunto

Subrogante

Otro (describir):

Licencias extraordinarias por razones:



Científicas no Culturales no Particulares no

Período. Desde: /__/ . Hasta / / .

Con sin goce de haberes

Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción: fue una breve subrogancia mientras me desempeñaba en la Fiscalía General n° 21 ante los TOC. Durante ese lapso coordiné agenda con el tribunal oral ante el que actuaba para acelerar algunos debates pendientes y generar acuerdos de juicio abreviado. Me remito por lo demás a lo expuesto cuando detallé mi gestión a cargo de la Fiscalía General n° 21. Adjunto las resoluciones MP 812/13, 900/13 y

960/13 que dan cuenta de mis períodos de actuación.

Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción: se trabajó con el equipo de trabajo de la fiscalía exclusivamente, con las mismas pautas expuestas al detallar mi gestión en el Poder Judicial y al frente de la Fiscalía General n° 21.

Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción: se trata de una fiscalía criminal ante un tribunal oral, son exactamente las mismas funciones que se realizan en el cargo concursado.

Sanciones disciplinarias: no recibí

Motivos del cese: fue designado otro subrogante

Documentación respaldatoria agregada a fs. 6/91, en especial fs. 6, 9/19, 36/38.-

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(Concurso: 104)

5) Cargo desempeñado: Fiscal General Subrogante

Dependencia: Fiscalía General n° 21 ante los Tribunales Orales en lo Criminal

Período de actuación. Desde: 02/02/2012. Hasta: 11/06/2013.

Naturaleza de la designación:

Directa Por Concurso Efectivo Interino Contratado Ad-Hoc

Ad-Honorem Adjunto

Subrogante

Otro (describir):

Licencias extraordinarias por razones:



Científicas no Culturales no Particulares no

Período. Desde: /__/ . Hasta / / .

Con sin goce de haberes

Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción: con relación a la experiencia de gestión, me remito a lo expuesto en el informe anual 2012 cuya copia adjunto y a lo consignado en igual rubro al detallar mis cargos en el Poder Judicial, ya que las pautas de trabajo fueron similares. Destaco que, al igual que en el resto de las fiscalías de juicio en las que me desempeñé: (i) se realizó un relevamiento de las causas en trámite, detectando aquellas que revestían interés institucional o estaban próximas a prescribir para generar una agenda de trabajo común con el Tribunal Oral en lo Criminal n° 23 –ante el que actuaba- para darle prioridad a esos debates, (ii) en paralelo, siguiendo los lineamientos de política criminal del Ministerio Público que surgen de diversas instrucciones generales que rigen nuestra actuación, se buscó intensificar la búsqueda de soluciones alternativas de conflictos (suspensión de juicio a prueba o juicio abreviado), escuchando previamente a las víctimas si correspondía, (iii) se trabajó en coordinación con el Programa de Género del M.P.F. y con la OF.A.VI en el acompañamiento de las víctimas, tanto en su declaración durante el debate como en las instancias previas o posteriores, (iv) se propuso a la Fiscalía General de Política Criminal la emisión de una instrucción general para respetar ciertas pautas de trabajo necesarias para una mejor efectividad en los debates; fruto de esa inquietud fui designado a cargo de un curso (detallado en el rubro correspondiente) organizado por la Fiscalía General de Formación y Capacitación que tiende, justamente, a buscar una actuación coordinada entre fiscales de instrucción y de juicio; sobre ello también me explayo en mi informe anual.

Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción: me remito a las consideraciones vertidas en este rubro cuando detallé los cargos desempeñados en el poder judicial. Igualmente destaco que trabajé en equipo con Abel Córdoba, de la PROCUVIN, en el marco de la causa n° 4119 del Tribunal Oral en lo Criminal n° 23 (adjunto copia del ofrecimiento de prueba que hicimos ambos) y que, cuando cesé mi subrogancia, igual actué ante el Tribunal Oral Criminal n° 23 en el marco de la causa n°

3431, conjuntamente con la fiscal que me reemplazó (resolución MP 1215/13 que
adjunto) y en otro debate realizado en el marco de la causa n° 4163 ( resolución MP
2104/13 que adjunto)

Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción: se trata de una fiscalía criminal ante un tribunal oral, son exactamente las mismas funciones que se

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realizan en el cargo concursado.

Sanciones disciplinarias: no recibí

Motivos del cese: fui designado subrogante en otra fiscalía

Documentación respaldatoria agregada a fs. 6/91, en especial fs. 6, 9/19, 39/42.- (Concurso: 104)

6) Cargo desempeñado: Fiscal de la Procuración General de la Nación

Dependencia: Procuración General de la Nación

Período de actuación. Desde: 01/03/2010. Hasta: 01/02/2012.

Naturaleza de la designación:

Directa Por Concurso Efectivo Interino Contratado Ad-Hoc

Ad-Honorem Adjunto

Otro (describir):

Subrogante

traslado (art. 15

L.O.M.P)

Licencias extraordinarias por razones:



Científicas no Culturales no Particulares no

Período. Desde: /__/ . Hasta / / .

Con sin goce de haberes

Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción: luego de mi paso por la Fiscalía Federal de Necochea por razones personales solicité mi traslado a Buenos Aires. Fui designado en el cargo de Fiscal de la Procuración General de la Nación (art. 15 L.O.M.P.) conforme surge de la resolución MP 16/10 que adjunto. Hasta febrero de 2012 no tuve una fiscalía a cargo, sino que fui designado para intervenir en diversas causas en las que se investigaban violaciones a los derechos humanos cometidas durante la última dictadura militar. Si bien no tenía un grupo de trabajo asignado, compartía oficinas con la actual Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad. Igualmente, me remito en lo pertinente a lo expuesto en el mismo rubro cuando detallé mis antecedentes en el Poder Judicial.

Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción: durante esta etapa trabajé permanentemente en equipo y desarrollando en su mayoría funciones de fiscal de juicio. En ese sentido:

(i) por resolución MP 30/10 –que adjunto- se me designó representante del Ministerio Público en la instancia de apelación ante la Cámara Criminal y Correccional Federal respecto del proceso en el que se investigan los crímenes cometidos en el marco del centro clandestino de detención que funcionaba en la Escuela Superior de Mecánica de la Armada (ESMA) Trabajar como fiscal de cámara implicó estar en permanente contacto con la fiscalía de primera instancia para sostener sus recursos y delinear un curso de acción coordinado. Además, como tramos de la causa ya habían sido elevados a juicio, los fiscales a cargo del debate también participaban de la estrategia a delinear.
(ii) por resolución MP 55/10 que adjunto fui designado para actuar como subrogante en la preparación y desarrollo del juicio a realizarse en el marco de la causa n° 3115/09 del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta (donde se investiga el secuestro y desaparición del ex gobernador salteño Miguel Ragone) Mi actuación allí era coordinada

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con la actual Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad (a punto tal que efectuamos presentaciones en conjunto con su titular, Jorge Auat, conforme escrito que adjunto) y con los equipos locales (creados por resolución PGN 128/06, que adjunto)
El debate se desarrolló, con mi intervención, durante 2011 y contó con la colaboración de personal de la actual Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad que me asistía y con la cual formamos un equipo de trabajo. En ese sentido pueden citarse las resoluciones ADM 231/11, 238/11, 239/11, 261/11, 331/11, 332/11, 361/11 que dan cuenta de mis desplazamientos a Salta –en el marco de esta designación- con las funcionarias Micaela Esperón, Yamila Nadrá y Florencia Lanzani. Adjunto la primera y la segunda de las resoluciones como muestra.
(iii) por resolución MP 66/10 fui facultado, juntamente con los fiscales Jorge Auat y Javier De Luca, a intervenir en forma conjunta o alternada con los fiscales que conocen en las causas en las que se investiguen violaciones a los derechos humanos cometidas durante el terrorismo de estado, sin distinción de instancias o jurisdicción. Esto implicó armar un equipo de trabajo con competencia en todo el territorio nacional y en todas las instancias que, a su vez, interactuaba con los equipos de trabajo locales. Utilizando esa facultad fue que los tres asumimos intervención en la causa n° 411/09 del Juzgado Federal n° 2 de Salta (en la que se investiga la responsabilidad del ex juez federal salteño Ricardo Lona en los crímenes de lesa humanidad ocurridos en su jurisdicción) conforme la el escrito cuyas piezas pertinentes ajunto. Además, con Auat asumimos intervención en la causa n° 17274 del Juzgado Federal n° 1 de Mar del Plata (en la que se investiga la responsabilidad del juez provincial Pedro Hooft en los crímenes de lesa humanidad cometidos en esa ciudad balnearia); como ejemplo de esa actuación adjunto copia de la resolución de la Cámara Federal de Mar del Plata de la que surge que ambos participamos en una audiencia ante ese tribunal. Además participé en la elaboración de tres recursos extraordinarios (adjunto copia de las resoluciones de la Corte Suprema de las que surge que el suscripto interpuso el recurso) interactuando con el equipo de trabajo de la Fiscalía n° 1 ante la Cámara de Casación Penal.
(iv) por resoluciones MP 94/10 y 93/11 fui designado para representar al Ministerio Público en dos causas radicadas en la jurisdicción Mendoza, interactuando de esa forma con los equipos de trabajo allí ubicados
(v) por resolución PGN 48/11 se me encomendó intervenir en cualquiera de las causas en las que intervenga la Oficina de asistencia para causas por graves violaciones a los derechos humanos durante el terrorismo de estado de la jurisdicción Salta, lo que profundizó mi actuación en esa jurisdicción y justificó mi intervención en el marco de las tres causas seguidas al ex juez federal salteño Ricardo Lona por crímenes de lesa humanidad cometidas en dicha jurisdicción y en la causa n° 764/08 del Juzgado Federal n° 1 de Salta, que consiste en un segundo tramo de la investigación por el secuestro y desaparición del ex gobernador Miguel Ragone; en ese último expediente actúo en equipo con el fiscal Francisco Snopek (conforme resolución MP 18/12 que adjunto) Esa intervención implica, además interactuar permanentemente con los equipos locales de trabajo ya mencionados.
(vi) por resolución MP 670/12 que adjunto fui designado juntamente con los fiscales Facundo Trotta y Carlos Gonella para actual en forma conjunta o alternada en la preparación y desarrollo del debate a realizarse en el marco de la causa n° M-136-2009 del Tribunal Oral Criminal Federal n° 1 de Córdoba (en la que se investigan los crímenes de lesa humanidad ocurridos en el marco del centro clandestino de detención conocido como “La Perla”) El debate se inició en diciembre de 2012. Actúo con los colegas conforme las pautas del art. 33 L.O.M.P.
(vii) por resolución PGN 2538/13 que adjunto fui designado punto de contacto operativo en materia de delitos informáticos en el Sistema Seguro de Comunicación Iber@ de la Red Iberoamericana de Cooperación Jurídica Internacional (IberRed) lo que implica interactuar en equipo con el resto de los puntos de contacto locales y con

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los puntos de contacto internacionales que abordan esta temática.

Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción: con las consideraciones expuestas anteriormente se demuestra la experiencia recogida en la preparación y sustanciación de múltiples debates. Además, la intervención en etapas recursivas propias de esa etapa. Esto, más allá de remitirme a lo consignado en igual rubro pero relativo a los cargos que desempeñé en el Poder Judicial de la Nación.

Sanciones disciplinarias: no recibí

Motivos del cese: fui designado fiscal general subrogante

Documentación respaldatoria agregada a fs. 6/91, en especial fs. 6, 9/19 y 43/69.- (Concurso: 104)

7) Cargo desempeñado: Fiscal Federal de Primera Instancia

Dependencia: Fiscalía Federal de Necochea

Período de actuación. Desde: 18/04/2008. Hasta: 01/03/2010.

Naturaleza de la designación:

Directa Por Concurso Efectivo Interino Contratado Ad-Hoc

Ad-Honorem Adjunto

Subrogante Otro (describir):

Licencias extraordinarias por razones:



Científicas no Culturales no Particulares no

Período. Desde: /__/ . Hasta / / .

Con sin goce de haberes

Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción: mi primera experiencia en el Ministerio Público fue la de estar a cargo, por poco menos de dos años, de la Fiscalía Federal de Necochea. En cuanto a las pautas de gestión, me remito a lo expuesto en el informe anual 2008 cuya copia adjunto y a las consideraciones que se exponen en los rubros correspondientes a mi desempeño en el Poder Judicial de la Nación, ya que se utilizaron las mismas pautas. A todo ello se le agregan las actividades propias de una fiscalía federal del interior con una competencia territorial extendida (partidos de Necochea, Lobería, Tres Arroyos y San Cayetano) que tuvieron que ver con la generación de contactos con diversas instituciones (fuerzas de seguridad federales y provinciales, intendencias, legislaturas, organismos nacionales como la AFIP-DGI y Aduana, y provinciales como ARBA) para generar lazos que permitan una mayor eficacia en la persecución penal a cargo de la dependencia. El trabajo, en ese sentido, fue similar al que hoy realizan los fiscales coordinadores de distrito. Además, la actuación fiscal estaba coordinada con el resto de los colegas que se desempeñaban en la jurisdicción federal Mar del Plata, de la cual dependíamos.

Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción: me remito a lo expuesto en el informe anual 2008 cuya copia adjunto y a las consideraciones que se exponen en los rubros correspondientes a mi desempeño en el Poder Judicial de la Nación, ya que se utilizaron las mismas pautas. Además, conviene resaltar aquí que desde el día mismo de mi designación comencé a desempeñarme como fiscal de juicio y a intervenir en equipos de trabajo. En ese sentido:

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(i) por resolución MP 33/08 que adjunto –del mismo día de mi juramento como fiscal- fui designado para intervenir como coadyuvante en el debate a realizarse en la causa n°
2.064 del Tribunal Oral Criminal Federal de Mar del Plata, integrando el equipo de trabajo con los por entonces fiscales de la jurisdicción Adrián Perés y Oscar Blanco (ver resoluciones MP 26/08 y 29/08 que también adjunto) se trató de dos debates que se realizaron en el año 2008 en los cuales los tres fiscales asistimos a las audiencias, trabajando conforme las pautas del art. 33 L.O.M.P.
(ii) por resolución MP 35/08 que adjunto fui designado para representar al Ministerio Público Fiscal en el marco de la causa n° 890 del Tribunal Oral Criminal Federal de Mar del Plata (denominada comúnmente “juicio por la verdad”) que implicó trabajar juntamente con el equipo de trabajo de la oficina creada por resolución PGN 147/07 – que adjunto- recolectando evidencias para nutrir otros expedientes y generando estrategias de trabajo conjuntas, cosa que sucede hasta el día de hoy –adjunto comunicación de fecha reciente-.
(iii) por resolución 10/08 de la Fiscalía General de Mar del Plata –que adjunto- fui designado para actuar como coadyuvante en la causa n° 2.200 del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata –en la que se investigaban los crímenes de lesa humanidad cometidos en perjuicio de Carlos Labolita, en la ciudad de Azul-, juntamente con los fiscales Daniel Adler y Adrián Perés, con quienes intervine en los términos del art. 33 L.O.M.P. El debate se realizó en el año 2009 y participé de las audiencias con mis colegas. Además, también intervine en la etapa de casación, sosteniendo en la audiencia realizada en 2011 el recurso interpuesto por la fiscalía contra la sentencia absolutoria.
(iv) por resolución 16/08 de la Fiscalía General de Mar del Plata –que adjunto- fui designado para actuar como coadyuvante en la causa n° 2086 del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata (se investigaban allí los crímenes de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención “La Cueva” de Mar del Plata), juntamente con los fiscales Daniel Adler y Adrián Perés, con quienes intervine en los términos del art. 33
L.O.M.P. El equipo de trabajo luego fue ampliado por la resolución PGN 34/10, que también adjunto. El debate se realizó en 2010 y colaboré con el resto de los fiscales en las audiencias de debate.
(v) por resolución MP 74/09 –que adjunto- fui designado para intervenir en el marco de la causa n° 5309 del registro de la Cámara Federal de Mar del Plata, lo que implicó interactuar con los equipos de trabajo de la fiscalía general ante ese organismo.
(vi) por resolución MP 54/09 –que adjunto- fui designado para actuar como fiscal coadyuvante durante la preparación y desarrollo del debate en el marco de la causa n°
05/07 del Juzgado Federal n° 1 de Bahía Blanca (luego, causa n° 982 del Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca) –se investigaban allí los crímenes de lesa humanidad cometidos en el circuito represivo del V Cuerpo de Ejército, en especial los del centro clandestino de detención “La Escuelita”- que implicó integrarse a un equipo de trabajo compuesto por el por entonces fiscal adh hoc Abel Córdoba (resolución MP 47/09 que adjunto), los otros fiscales de la jurisdicción (conforme resolución PGN 85/06 que adjunto) y el personal auxiliar (res Per 1416/08) Con ese equipo comenzamos a mantener reuniones periódicas de trabajo a partir del segundo semestre del año 2009, para lo cual me desplazaba a Bahía Blanca (resoluciones ADM 219/10, 307/10, 378/11 entre otras) Con Córdoba efectuamos varias presentaciones en conjunto –adjunto la parte pertinente de una- además de asistir juntos al debate que se desarrolló entre los años 2011 y 2012.
(vii) por resolución 25/09 de la Fiscalía General de Mar del Plata –que adjunto- fui designado para actuar como coadyuvante en la causa n° 2283 del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, juntamente con los fiscales Daniel Adler y Adrián Perés, con quienes intervine en los términos del art. 33 L.O.M.P. en la preparación del juicio.

Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción: con las

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consideraciones expuestas anteriormente se demuestra la experiencia recogida en la preparación y sustanciación de múltiples debates. Además, la intervención en etapas recursivas propias de esa etapa. Esto, más allá de remitirme a lo consignado en igual
rubro pero relativo a los cargos que desempeñé en el Poder Judicial de la Nación. Sobre el particular, el trabajo de la fiscalía de primera instancia preparando la causa para ser remitida a debate era articulado con la fiscalía general ante el tribunal oral, de forma tal de elaborar un producto que permitiera la actuación más eficaz posible del fiscal de juicio.

Sanciones disciplinarias: no recibí

Motivos del cese: fui trasladado (art. 15 L.O.M.P.)

Documentación respaldatoria agregada a fs. 6/91, en especial fs. 6/19 y 70/91.- (Concurso: 104)

III.1.B. ANTECEDENTES LABORALES EN EL MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA:

Cargo desempeñado: ------------------------------------------------------------------- Dependencia: ---------------------------------------------------------------------------- Período de actuación. Desde: / /__. Hasta: / / .

Naturaleza de la designación:

Directa Por Concurso Efectivo Interino Contratado Ad-Hoc

Ad-Honorem Adjunto

Subrogante Otro (describir):

Licencias extraordinarias por razones:



Científicas Culturales Particulares

Período. Desde: /__/ . Hasta / / .

Con sin goce de haberes

Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado.

Descripción:

Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:

Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción: Sanciones disciplinarias:

Motivos del cese:

Documentación respaldatoria agregada a fs. .- (Concurso: )

III.1.C. ANTECEDENTES LABORALES EN EL PODER JUDICIAL:

1)

Cargo desempeñado: Juez Subrogante

Dependencia: Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 4

12

Período de actuación. Desde: 13/02/2007. Hasta: 17/04/2008.

Naturaleza de la designación:

Directa Por Concurso Efectivo Interino Contratado Ad-Hoc

Ad-Honorem Adjunto

Subrogante

Otro (describir):

Licencias extraordinarias por razones:



Científicas no Culturales no Particulares no

Período. Desde: /__/ . Hasta / / .

Con sin goce de haberes

Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:

La etapa de instrucción en el proceso penal es, histórica y legamente, sumamente burocrática. Es que nuestro sistema mixto o inquisitivo reformado conserva de aquel sistema procesal una primera etapa escrita y secreta, que hace culto del expediente. Pese a ello, como empleado primero, secretario después y juez en las últimas etapas de mi experiencia en el Poder Judicial he intentado revertir esa situación, tratando de limitar el expediente a su mínima expresión y de gestionar los casos de la mejor manera posible: (i) utilizamos notificaciones y pedidos de información por vía electrónica desde 1994 (cuando se nos otorgó la primera cuenta de correo electrónico oficial), (ii) los testigos eran convocados por teléfono para evitar pérdidas de tiempo en el envío de citaciones, (iii) con los primeros escáneres empezamos a digitalizar la documentación para evitar su conservación en el juzgado en perjuicio de quien la necesitaba para su trabajo (por ejemplo, libros y papeles de comercio), (iv) cuando la tecnología lo empezó a permitir utilizamos imágenes digitalizadas que insertábamos en las decisiones que se adoptaban (fotografías, cuadros de flujo de datos, etc.) para mostrar gráficamente lo que era difícil describir con palabras. Si de palabras se trata, en las resoluciones que proyectaba como secretario o que suscribía como juez (y con más énfasis cuando desempeñé esa última función) se utilizaba un lenguaje de comunicación asequible para el ciudadano común, evitando utilizar palabras en otros idiomas (especialmente latín) En esto tuvo mucho que ver mi contacto, desde hace 16 años, con un grupo de funcionarios de todo el país que veíamos que la gestión eficiente era fundamental para mejorar el servicio de justicia (en mis antecedentes consta mi participación como expositor en dos de los encuentros de este colectivo, más allá de haber asistido a muchos otros) En esa misma línea de trabajo, para mejorar el acceso a la justicia implementé en uno de los juzgados en los que trabajé un sitio de internet (asociado con el de la Corte Suprema de Justicia) mediante la cual se podía obtener información útil (como los cuadros de turnos) o se difundían mis teléfonos y dirección de correo electrónico de contacto (todos estos datos, además, se consignaban en las cédulas y oficios que se libraban) –se adjunta una impresión de la web, hoy inactiva- Para evitar lo más posible la mediación probatoria que implica el registro del testimonio en actas, se realizaron algunas experiencias filmando declaraciones. Además, para generar el contacto directo del juez con las pruebas, procuraba siempre concurrir a los lugares donde ocurrían hechos graves en los que me tocaba intervenir (homicidios dolosos y culposos, por ejemplo)

Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:

Una estructura rígida como la del Poder Judicial de la Nación no permite la conformación de equipos de trabajo más allá de la dotación de personal asignada a cada juzgado. Fue por ello que, como funcionario primero y como juez después me manejé

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con esos recursos humanos. Eso no impidió el trabajo coordinado y en equipo, que estuvo basado en las siguientes pautas: (i) la división de trabajo se basaba en las capacidades y motivaciones de cada persona, más allá del cargo que ostentaba (es una
práctica habitual asignar las causas más complejas a los cargos más altos y las más simples a los cargos más bajos del escalafón, sin tener en cuenta las condiciones personales y capacidad de los empleados), (ii) se procuraba alentar a los empleados a que se capaciten y que repliquen lo aprendido a sus compañeros de trabajo, de forma de nutrir a todos, (iii) el trato entre los empleados y funcionarios era horizontal, pese a que la estructura de los juzgados es verticalista; eso permitía que cada persona se sienta responsable del caso que tenía asignado ya que podía hacer consultas y delinear estrategias directamente con el juez o secretario, salteando los escalafones, (iv) se realizaban reuniones periódicas con todo el grupo de trabajo para socializar las pautas de trabajo, de forma tal que las providencias y proyectos de resoluciones mantuvieran el mismo formato y reflejaran de una manera homogénea los criterios jurídicos, (v) respetando las capacidades, todos los empleados debían estar en condiciones de hacer el trabajo del otro y, fundamentalmente, se propiciaba que todos dediquen parte de su día a la atención al público en la mesa de entradas –principal lugar de contacto entre los funcionarios judiciales y los usuarios del servicio de justicia-; (vi) en casos complejos se asignaba más de una persona como responsable del expediente, lo que implicaba el trabajo en equipo; en algún caso se involucró a todo el personal del juzgado en un mismo caso. Como responsable de un grupo de trabajo siempre consideré que era necesario establecer un trato fluido con sus miembros, ya que conocerlos bien permite establecer cuáles son sus virtudes y defectos y repartir el trabajo en función de esas pautas; el buen trato y compañerismo son, además, fundamentales para generar un buen clima laboral que repercute sin lugar a dudas en la motivación necesaria para el desempeño de la función. Y un buen desempeño de la función se traduce en un adecuado servicio de justicia.

Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción:

Si bien el cargo descripto en este ítem corresponde a una etapa del proceso diferente (instrucción) y la función del Poder Judicial es distinta a la del Ministerio Público, hay varios puntos de conexión con la vacante a la que aspiro. En primer lugar, se trata del mismo fuero (criminal ordinario) de forma tal que la materia es idéntica a la de la vacante concursada (se trata de los mismos delitos, analizados de la misma forma en ambos momentos del proceso, regidos además bajo el mismo sistema procesal) Además, pese a que el trabajo se realizaba desde un rol diferente, era necesario conocer en profundidad las atribuciones del Ministerio Público Fiscal para posibilitar que su actuación esté adecuada a las leyes y reglamentos vigentes. Por ejemplo, era necesario: (i) definir criterios más o menos constantes de delegación de la instrucción en el fiscal – art. 196 C.P.P.- para evitar arbitrariedades en ese sentido y trabajar también con criterios reglados para reasumir investigaciones, (ii) determinar cuáles eran los casos en los cuales el fiscal puede considerarse agraviado tras una decisión del juez, (iii) conocer el marco de actuación del fiscal conforme el art. 26 L.O.M.P. y las instrucciones generales, entre ellas la PGN 121/06, (iv) conocer y tomar posición acerca de la problemática derivada de la consulta establecida en el art. 348 C.P.P. y las instrucciones generales que abordaron la temática (entre ellas, la resolución PGN 13/05), (v) tomar posición también en otras situaciones en los cuales los fiscales invocaban instrucciones generales de la Procuración General de la Nación, para regular su actuación o fundamentar pedidos al juez. En segundo lugar, la etapa de instrucción está destinada a la preparación del debate, de forma tal que la estrategia de trabajo ya se plantea en función de la misma, analizando las posibles alternativas de un debate en función de las decisiones de trabajo que se adoptan (por ejemplo, las limitaciones propias de la etapa de debate en cuanto a instrucción suplementaria –arts. 357 C.P.P.- que implican realizar en la instrucción las medidas de prueba que no podrán concretarse en la etapa siguiente, las cuestiones relativas a la ampliación de la acusación –art. 381 C.P.P.- que hay que

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tener en cuenta a los fines de delimitar la plataforma fáctica en el momento de la indagatoria conforme el art. 298 C.P.P.-, el posible cuestionamiento a imputaciones alternativas, etc.) En tercer lugar, en la etapa de instrucción se realizan audiencias orales
como en la etapa de debate (de recusación, art. 71 C.P.P., por ejemplo) y se tramitan suspensiones de juicio a prueba, con lo cual –en ese aspecto- la especialización es similar al debate oral.

Sanciones disciplinarias:

No recibí.

Motivos del cese:

Renuncia (a partir del día siguiente fui designado fiscal)
Documentación respaldatoria agregada a fs. 93/142.- (Concurso: 104)

2) Cargo desempeñado: Secretario de Cámara

Dependencia: Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y

Correccional

Período de actuación. Desde: 30/11/2006. Hasta: 12/02/2007. Naturaleza de la designación:

Directa Por Concurso

Efectivo Interino

Contratado

Ad-Hoc

Ad-Honorem Adjunto

Subrogante Otro (describir):

Licencias extraordinarias por razones:



Científicas no Culturales no Particulares no

Período. Desde: /__/ . Hasta / / .

Con sin goce de haberes

Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción: Más allá de reiterar aquí las consideraciones expresadas respecto a este ítem al consignar los otros cargos que desempeñé en el poder judicial, mi paso por la Cámara de Apelaciones Criminal y Correccional tuvo un cometido específico, cual fue abocarme al trámite de las apelaciones del primer auto de procesamiento dictado en el marco de la causa en la que se investigan las irregularidades cometidas en la investigación del atentado a la AMIA (conforme surge de la resolución que autorizó la contratación) Es el mismo caso en el que ahora me toca intervenir como fiscal de juicio, conforme lo detallado oportunamente.

Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción: Más allá de reiterar aquí las consideraciones expresadas respeto a este ítem al consignar los otros cargos que desempeñé en el poder judicial, el trabajo desempeñado en la cámara de apelaciones fue en equipo. Surge de la resolución que autorizó la contratación, que se incorporaron muchas personas para trabajar el mismo tema y, por ello, nos dividimos el trabajo y socializábamos la información entre todos.

Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción: Me remito a las consideraciones vertidas cuando consigné otros cargos en el poder judicial.

Sanciones disciplinarias:

15


No recibí.

Motivos del cese:

Renuncia por haber sido designado juez subrogante.
Documentación respaldatoria agregada a fs. 93 y 142- (Concurso: 104)

3) Cargo desempeñado: Secretario de Primera Instancia

Dependencia: Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 34

Período de actuación. Desde: 12/09/2005. Hasta: 30/11/2006. Naturaleza de la designación:

Directa Por Concurso

Efectivo

Interino

Contratado Ad-Hoc Ad-Honorem Adjunto Subrogante Otro (describir):

Licencias extraordinarias por razones:



Científicas no Culturales no Particulares no

Período. Desde: /__/ . Hasta / / .

Con sin goce de haberes

Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción: me remito a lo expuesto al describir los otros cargos en el poder judicial.

Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción: me remito a lo expuesto al describir los otros cargos en el poder judicial.

Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción: me remito a lo expuesto al describir los otros cargos en el poder judicial.

Sanciones disciplinarias:

No recibí.

Motivos del cese:

Fui designado juez subrogante hasta septiembre de 2005, cuando retorné a mi cargo (como se consignó anteriormente) hasta noviembre de 2006. En ese momento fui ascendido y luego renuncié al Poder Judicial
Documentación respaldatoria agregada a fs. 93/142.- (Concurso: 104)

4) Cargo desempeñado: Juez Subrogante

Dependencia: Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 26


Período de actuación. Desde: 07/12/2004. Hasta: 12/09/2005. Naturaleza de la designación:

Directa Por Concurso Efectivo Interino Contratado Ad-Hoc

Ad-Honorem Adjunto

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Subrogante X Otro (describir):

Licencias extraordinarias por razones:



Científicas no Culturales no Particulares no

Período. Desde: /__/ . Hasta / / .

Con sin goce de haberes

Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:

La etapa de instrucción en el proceso penal es, histórica y legamente, sumamente burocrática. Es que nuestro sistema mixto o inquisitivo reformado conserva de aquel sistema procesal una primera etapa escrita y secreta, que hace culto del expediente. Pese a ello, como empleado primero, secretario después y juez en las últimas etapas de mi experiencia en el Poder Judicial he intentado revertir esa situación, tratando de limitar el expediente a su mínima expresión y de gestionar los casos de la mejor manera posible: (i) utilizamos notificaciones y pedidos de información por vía electrónica desde 1994 (cuando se nos otorgó la primera cuenta de correo electrónico oficial), (ii) los testigos eran convocados por teléfono para evitar pérdidas de tiempo en el envío de citaciones, (iii) con los primeros escáneres empezamos a digitalizar la documentación para evitar su conservación en el juzgado en perjuicio de quien la necesitaba para su trabajo (por ejemplo, libros y papeles de comercio), (iv) cuando la tecnología lo empezó a permitir utilizamos imágenes digitalizadas que insertábamos en las decisiones que se adoptaban (fotografías, cuadros de flujo de datos, etc.) para mostrar gráficamente lo que era difícil describir con palabra –se adjunta copia de dos resoluciones en las que se observa esta metodología de trabajo-. Si de palabras se trata, en las resoluciones que proyectaba como secretario o que suscribía como juez (y con más énfasis cuando desempeñé esa última función) se utilizaba un lenguaje de comunicación asequible para el ciudadano común, evitando utilizar palabras en otros idiomas (especialmente latín) En esto tuvo mucho que ver mi contacto, desde hace 16 años, con un grupo de funcionarios de todo el país que veíamos que la gestión eficiente era fundamental para mejorar el servicio de justicia (en mis antecedentes consta mi participación como expositor en dos de los encuentros de este colectivo, más allá de haber asistido a muchos otros) En esa misma línea de trabajo, para mejorar el acceso a la justicia implementé en uno de los juzgados en los que trabajé un sitio de internet (asociado con el de la Corte Suprema de Justicia) mediante la cual se podía obtener información útil (como los cuadros de turnos) o se difundían mis teléfonos y dirección de correo electrónico de contacto (todos estos datos, además, se consignaban en las cédulas y oficios que se libraban) Para evitar lo más posible la mediación probatoria que implica el registro del testimonio en actas, se realizaron algunas experiencias filmando declaraciones. Además, para generar el contacto directo del juez con las pruebas, procuraba siempre concurrir a los lugares donde ocurrían hechos graves en los que me tocaba intervenir (homicidios dolosos y culposos, por ejemplo)

Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:

Una estructura rígida como la del Poder Judicial de la Nación no permite la conformación de equipos de trabajo más allá de la dotación de personal asignada a cada juzgado. Fue por ello que, como funcionario primero y como juez después me manejé con esos recursos humanos. Eso no impidió el trabajo coordinado y en equipo, que estuvo basado en las siguientes pautas: (i) la división de trabajo se basaba en las capacidades y motivaciones de cada persona, más allá del cargo que ostentaba (es una práctica habitual asignar las causas más complejas a los cargos más altos y las más simples a los cargos más bajos del escalafón, sin tener en cuenta las condiciones

17


personales y capacidad de los empleados), (ii) se procuraba alentar a los empleados a que se capaciten y que repliquen lo aprendido a sus compañeros de trabajo, de forma de nutrir a todos, (iii) el trato entre los empleados y funcionarios era horizontal, pese a que
la estructura de los juzgados es verticalista; eso permitía que cada persona se sienta responsable del caso que tenía asignado ya que podía hacer consultas y delinear estrategias directamente con el juez o secretario, salteando los escalafones, (iv) se realizaban reuniones periódicas con todo el grupo de trabajo para socializar las pautas de trabajo, de forma tal que las providencias y proyectos de resoluciones mantuvieran el mismo formato y reflejaran de una manera homogénea los criterios jurídicos, (v) respetando las capacidades, todos los empleados debían estar en condiciones de hacer el trabajo del otro y, fundamentalmente, se propiciaba que todos dediquen parte de su día a la atención al público en la mesa de entradas –principal lugar de contacto entre los funcionarios judiciales y los usuarios del servicio de justicia-; (vi) en casos complejos se asignaba más de una persona como responsable del expediente, lo que implicaba el trabajo en equipo; en algún caso se involucró a todo el personal del juzgado en un mismo caso. Como responsable de un grupo de trabajo siempre consideré que era necesario establecer un trato fluido con sus miembros, ya que conocerlos bien permite establecer cuáles son sus virtudes y defectos y repartir el trabajo en función de esas pautas; el buen trato y compañerismo son, además, fundamentales para generar un buen clima laboral que repercute sin lugar a dudas en la motivación necesaria para el desempeño de la función. Y un buen desempeño de la función se traduce en un adecuado servicio de justicia.

Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción:

Si bien el cargo descripto en este ítem corresponde a una etapa del proceso diferente (instrucción) y la función del Poder Judicial es distinta a la del Ministerio Público, hay varios puntos de conexión con la vacante a la que aspiro. En primer lugar, se trata del mismo fuero (criminal ordinario) de forma tal que la materia es idéntica a la de la vacante concursada (se trata de los mismos delitos, analizados de la misma forma en ambos momentos del proceso, regidos además bajo el mismo sistema procesal) Además, pese a que el trabajo se realizaba desde un rol diferente, era necesario conocer en profundidad las atribuciones del Ministerio Público Fiscal para posibilitar que su actuación esté adecuada a las leyes y reglamentos vigentes. Por ejemplo, era necesario: (i) definir criterios más o menos constantes de delegación de la instrucción en el fiscal – art. 196 C.P.P.- para evitar arbitrariedades en ese sentido y trabajar también con criterios reglados para reasumir investigaciones, (ii) determinar cuáles eran los casos en los cuales el fiscal puede considerarse agraviado tras una decisión del juez, (iii) conocer el marco de actuación del fiscal conforme el art. 26 L.O.M.P. y las instrucciones generales, entre ellas la PGN 121/06, (iv) conocer y tomar posición acerca de la problemática derivada de la consulta establecida en el art. 348 C.P.P. y las instrucciones generales que abordaron la temática (entre ellas, la resolución PGN 13/05), (v) tomar posición también en otras situaciones en los cuales los fiscales invocaban instrucciones generales de la Procuración General de la Nación, para regular su actuación o fundamentar pedidos al juez. En segundo lugar, la etapa de instrucción está destinada a la preparación del debate, de forma tal que la estrategia de trabajo ya se plantea en función de la misma, analizando las posibles alternativas de un debate en función de las decisiones de trabajo que se adoptan (por ejemplo, las limitaciones propias de la etapa de debate en cuanto a instrucción suplementaria –arts. 357 C.P.P.- que implican realizar en la instrucción las medidas de prueba que no podrán concretarse en la etapa siguiente, las cuestiones relativas a la ampliación de la acusación –art. 381 C.P.P.- que hay que tener en cuenta a los fines de delimitar la plataforma fáctica en el momento de la indagatoria conforme el art. 298 C.P.P.-, el posible cuestionamiento a imputaciones alternativas, etc.) En tercer lugar, en la etapa de instrucción se realizan audiencias orales como en la etapa de debate (de recusación, art. 71 C.P.P., por ejemplo) y se tramitan suspensiones de juicio a prueba, con lo cual –en ese aspecto- la especialización es

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similar al debate oral.

Sanciones disciplinarias:

No recibí

Motivos del cese:

Asumió el juez designado por concurso del juzgado que subrogaba.
Documentación respaldatoria agregada a fs. 93/142.- (Concurso: 104)

5)

Cargo desempeñado: Secretario de Primera Instancia Prosecretario Administrativo Oficial Mayor

Dependencia: Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 34

Período de actuación. Desde: 19/04/1995. Hasta: 07/12/2004. Naturaleza de la designación:

Directa Por Concurso

Efectivo

Interino

Contratado Ad-Hoc Ad-Honorem Adjunto Subrogante Otro (describir):

Licencias extraordinarias por razones:



Científicas no Culturales no Particulares no

Período. Desde: /__/ . Hasta / / .

Con sin goce de haberes

Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado.

Descripción: me remito a lo expuesto al describir los otros cargos en el poder judicial.

Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción: me remito a lo expuesto al describir los otros cargos en el poder judicial. Adjunto copia de las evaluaciones hechas por el titular del juzgado mientras desempeñé los cargos de Oficial y Prosecretario; se me otorgó la máxima puntuación en los ítems correspondientes a cooperación (disposición espontánea a colaborar en otras tareas además de las asignadas), y adaptabilidad (condición para trabajar en equipo)

Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción: me remito a lo expuesto al describir los otros cargos en el poder judicial.

Sanciones disciplinarias:

No recibí.

Motivos del cese:

Ascenso primero y luego renuncia al cargo efectivo al haber sido designado en el
Ministerio Público Fiscal.
Documentación respaldatoria agregada a fs. 93/142.- (Concurso: 104)

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III.1.D. ANTECEDENTES LABORALES EN OTROS CARGOS PÚBLICOS:

Cargo desempeñado: ---------------------------------------------------------------------- Dependencia: ------------------------------------------------------------------------------- Período de actuación. Desde: / / . Hasta: / / .

Naturaleza de la designación:

Directa Por Concurso Efectivo Interino Contratado Ad-Hoc

Ad-Honorem Adjunto

Subrogante Otro (describir):

Licencias extraordinarias por razones:



Científicas Culturales Particulares

Período. Desde: /__/ . Hasta / / .

Con sin goce de haberes

Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado.

Descripción:

Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:

Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción: Sanciones disciplinarias:

Motivos del cese:

Documentación respaldatoria agregada a fs. .- (Concurso: )

III.1.E. LABOR EN ORGANISMOS NO GUBERNAMENTALES VINCULADOS AL SISTEMA JUDICIAL:

Actividad desarrollada: --------------------------------------------------------------------- Especialización: ------------------------------------------------------------------------------- Organismo:

Período de actuación. Desde: / /__. Hasta: / / .

Experiencia en la gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:

Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:

Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción: Sanciones disciplinarias:

Motivos del cese:

Documentación respaldatoria agregada a fs. .- (Concurso: )

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III.1.F. LABOR EN INSTITUCIONES PRIVADAS VINCULADAS AL SISTEMA JUDICIAL:

Actividad desarrollada: ------------------------------------------------------------------- Especialización: ----------------------------------------------------------------------------- Institución:

Período de actuación. Desde: / / . Hasta: / / .

Experiencia en gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:

Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:

Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción: Sanciones disciplinarias:

Motivos del cese:

Documentación respaldatoria agregada a fs. .- (Concurso: )

III.1.G. EJERCICIO PRIVADO DE LA PROFESIÓN:

Actividad desarrollada: ------------------------------------------------------------------- Especialidad: --------------------------------------------------------------------------------- Período de actuación. Desde: / /__. Hasta: / / .

Experiencia en gestión acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:

Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo acorde con la responsabilidad del cargo concursado. Descripción:

Especialización funcional con relación a la vacante. Descripción: Sanciones disciplinarias:

Documentación respaldatoria agregada a fs. .- (Concurso: )

III.2. ANTECEDENTES ACADÉMICOS (art. 38, incs. c), d) y e) del

Reglamento de Concursos):

III.2.A. ANTECEDENTES DE FORMACIÓN ACADÉMICA:

En este apartado se evaluarán los títulos de doctor, master o especialización en Derecho; los cursos realizados como parte de una carrera de doctorado, master o especialización incompleto o restando la expedición del título; otros cursos de actualización o de posgrado con evaluación; así como la participación como disertante, panelista o ponente en cursos y congresos de interés jurídico5.
Estos antecedentes podrán ser calificados hasta un máximo de doce (12) puntos.
A los fines de la evaluación se tendrá en cuenta la materia abordada y su relación con la materia del concurso; la universidad que lo expidió; la calidad y cantidad de cursos previos exigidos en la currícula de la carrera para acceder al título; las calificaciones obtenidas en tales cursos así como en el examen de tesis, tesina o trabajo final, o bien en sus defensas; y la calidad del tribunal examinador.
En el supuesto de invocar más de un antecedente correspondiente a este inciso, reproducir el ítem del formulario las veces que sea necesario, agrupándolos por

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institución y ordenándolos cronológicamente a partir del más actual.
Marque con “X”, la opción que corresponda.

Doctorado/s concluido/s:

Título obtenido: --------------------------------------------------------------------- Rama del Derecho: -------------------------------------------------------------------- Universidad: ---------------------------------------------------------------------------- Fecha de culminación de los estudios: --------------------------------------------- Duración de la carrera: --------------------------------------------------------------- Nómina y calificación de materias y cursos:

Cantidad total de horas cursadas presenciales: Cantidad de horas cursadas no presenciales Título y materia de la Tesis:

Calificación:

Tribunal examinador (integrantes):

Acreditación CONEAU al momento de la cursada: SI (_) NO (_). Categorización: A (_), An (_); B (_), Bn (_); C (_), Cn (_). Documentación respaldatoria agregada a fs. .- (Concurso: )

Maestría/s concluida/s:

Título obtenido: ----------------------------------------------------------------------- Rama del Derecho: -------------------------------------------------------------------- Universidad: ---------------------------------------------------------------------------- Fecha de culminación de los estudios: -------------------------------------------- Duración de la carrera: --------------------------------------------------------------- Nómina y calificación de materias y cursos:

Cantidad total de horas cursadas presenciales: Cantidad de horas cursadas no presenciales Título y materia de la Tesis/Tesina: Calificación:

Tribunal examinador (integrantes):

Acreditación CONEAU al momento de la cursada: SI (_) NO (_). Categorización: A (_), An (_); B (_), Bn (_); C (_), Cn (_). Documentación respaldatoria agregada a fs. .- (Concurso: )

Especialización/es concluida/s:

Título obtenido: Postgrado en Derecho Penal

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Rama del Derecho: Derecho Penal

Universidad: Universidad de Palermo

Fecha de culminación de los estudios: 04/04/03

Duración de la carrera: 360 horas (2 años) Nómina y calificación de materias y cursos:

Recurso extraordinario ocho (8) Constitución y derecho penal nueve (9) Garantías del debido proceso penal ocho (8) Derecho penal y mercado siete (7)

Derechos de autor I diez (10) Tentativa y participación diez (10)

Modernización y mejoramiento en la justicia nueve (9) Derecho penal y procesal penal. Jurisprudencia reciente CSJN nueve (9) Tribunal penal internacional nueve (9) Cantidad total de horas cursadas presenciales: 360 horas Cantidad de horas cursadas no presenciales: -------------------- Título y materia de la Tesis/Tesina/Trabajo Final: no se exigía Calificación: ------------------------------------------------------------ Tribunal examinador (integrantes): --------------------------------

Acreditación CONEAU al momento de la cursada: SI (_) NO (X).

Categorización: A (_), An (_); B (_), Bn (_); C (_), Cn (_).

Documentación respaldatoria agregada a fs. 144/145.- (Concurso: 104)

Cursos aprobados como parte de un Doctorado, Master ó Especialización en

Derecho, incompletos:

Corresponde consignar en este ítem los cursos realizados como parte de carrera/s de doctorado/s, maestría/s o especialización/nes incompleta/s o estando pendiente de aprobación la tesis, tesina o trabajo final, o que por cualquier otra causa no se hubiera expedido aún el título.
En el supuesto de haber aprobado cursos correspondientes a distintos doctorados, maestrías y especializaciones, reproducir el ítem las veces que sea necesario; agrupándolos en su caso, en el siguiente orden: en primer lugar los correspondientes a doctorados, luego de maestrías y finalmente los inherentes a especializaciones. En su caso, agruparlos por institución y ordenarlos cronológicamente, a partir del más actual.

Título de la carrera que cursa: Posgrado de Especialización en Administración de

Justicia

Rama del Derecho: General

Universidad: Instituto Superior de Estudios para la Justicia (ISEJUS) -Universidad de

Buenos Aires

Duración de la carrera: 2 años

Nómina de los cursos o materias integrantes de la carrera: --------------- Cantidad de horas de la totalidad de la carrera: ----------------------------

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Presenciales No presenciales

Cursos o materias aprobada/s. Nómina, calificación/nes y fecha/s:

Derecho Constitucional (aprobado) 1999
Etica Judicial (seis) 1999
Derechos Humanos (bueno) 1999

Cantidad de horas aprobadas.


Presenciales 32 No presenciales 0

Fecha de inicio de los estudios: 1999

Fecha de la última materia aprobada: 1999

Acreditación CONEAU: SI (_) NO (x). Categorización: A (_), An (_); B (_), Bn (_); C (_), Cn (_). Documentación respaldatoria agregada a fs. 146.- (Concurso: 104)

Cursos de actualización o de posgrado evaluados:

Corresponde consignar en este ítem los cursos de actualización o de posgrado no incluidos en los ítems anteriores, siempre que se acredite que la/el postulante ha sido evaluado. En el supuesto de más de un curso, reproducir el ítem las veces que sea necesario, agrupándolos por Universidad y ordenándolos cronológicamente, a partir del más actual.

Título del curso: ---------------------------------------------------------------------------- Rama del Derecho: ------------------------------------------------------------------------ Universidad:

Cantidad de horas aprobadas.

Presenciales No presenciales

Calificación:

Fecha:

Documentación respaldatoria agregada a fs. .- (Concurso: )

Participación en carácter de disertante, panelista o ponente en cursos o congresos de interés jurídico:

Corresponde consignar en este ítem los cursos o congresos de interés jurídicos en los que la persona postulante participó en carácter de disertante, panelista o ponente. En el supuesto de más de una actividad, reproducir el ítem las veces que sea necesario, ordenándolas cronológicamente, a partir del más actual.

1) Carácter:

Disertante x Panelista Ponente

Rama del Derecho: Penal

Institución/es organizadora/s: Asociación Internacional de Derecho Penal – Grupo

Argentino

24

Tema: “Sociedad de la Información y Derecho Penal” en la Jornada Preparatoria del XIX Congreso Internacional de Derecho Penal de la Asociación Internacional de Derecho Penal.

Fecha: 12/03/2014

Documentación respaldatoria agregada a fs. 147.- (Concurso: 104)

2) Carácter:

Disertante x Panelista Ponente

Rama del Derecho: Penal

Institución/es organizadora/s: Universidad Nacional de José C. Paz.

Tema: “El derecho penal aplicado en la investigación de las violaciones a los derechos humanos”

Fecha: 20/11/2013

Documentación respaldatoria agregada a fs. 148.- (Concurso: 104)

3) Carácter:

Disertante x Panelista Ponente

Rama del Derecho: Penal

Institución/es organizadora/s: Universidad de Buenos Aires – Departamento de

Salud Mental

Tema: “Psiquiatría y Derecho Penal”

Fecha: 23/11/2007

Documentación respaldatoria agregada a fs. 149.- (Concurso: 104)

4) Carácter:

Disertante X Panelista Ponente

Rama del Derecho: Penal

Institución/es organizadora/s: Colegio de Abogados y Procuradores de La Pampa

Tema: “Delitos en Particular” y “Alcances del recurso de casación en la actualidad, libertad durante el proceso, normas procesales, constitucionales y jurisprudencia reciente”

Fecha: 24/11/2006 y 25/11/2006

Documentación respaldatoria agregada a fs. 150/151.- (Concurso: 104)

5) Carácter:

Disertante Panelista x Ponente

Rama del Derecho: Penal

Institución/es organizadora/s: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires

Tema: “Falsedad Ideológica y Delitos de Manifestación. El rol del escribano” –

moderador de la conferencia que, con ese tema, dictó Miguel Polaino Navarrete. Fui,

25


además, organizador del seminario titulado “Primer Seminario Internacional de Derecho Penal y Procesal Penal del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires” en el marco del cual se dictó esa conferencia

Fecha: 14/06/2006

Documentación respaldatoria agregada a fs. 152/153.- (Concurso: 104)

6) Carácter:

Disertante x Panelista Ponente

Rama del Derecho: Penal

Institución/es organizadora/s: Colegio de Escribanos del Paraguay

Tema: “Introducción a la mediación penal”

Fecha: 25/11/2005

Documentación respaldatoria agregada a fs. 154/155.- (Concurso: 104)

7) Carácter:

Disertante Panelista x Ponente

Rama del Derecho: Penal

Institución/es organizadora/s: Asociación Argentina de Psiquiatría

Tema: “Psicología, Psiquiatría y Ley”

Fecha: 25/10/2005 al 28/10/2005

Documentación respaldatoria agregada a fs. 156.- (Concurso: 104)

8) Carácter:

Disertante X Panelista Ponente

Rama del Derecho: Penal /Procesal Penal

Institución/es organizadora/s: Fundación Jus – Foro Patagónico de Superiores

Tribunales de Justicia

Tema: “Utilización de internet en nuestra labor”

Fecha: 12/10/2002

Documentación respaldatoria agregada a fs. 157/158.- (Concurso: 104)

9) Carácter:

Disertante X Panelista Ponente

Rama del Derecho: Penal /Procesal Penal

Institución/es organizadora/s: Fores (Foro de Estudios sobre la Administración de

Justicia) – Fundesi (Fundación de Estudios Superiores e Investigación)

Tema: “Utilización de internet en nuestra labor”

26

Fecha: 31/10/2001

Documentación respaldatoria agregada a fs. 159/160.- (Concurso: 104)

III.2.B. DOCENCIA E INVESTIGACIÓN UNIVERSITARIA O EQUIVALENTE Y OTROS CARGOS ACADÉMICOS NO COMPUTADOS EN INCISOS ANTERIORES. BECAS Y PREMIOS OBTENIDOS:

En este apartado se evaluarán los antecedentes de docencia. Se tendrá en cuenta la institución donde se desarrollaron las tareas, las materias o cursos dictados y su relación con la especialidad del cargo vacante, los cargos desempeñados en grados o en postgrados, la naturaleza de las designaciones y las fechas de su ejercicio.6
Estos antecedentes podrán ser calificados hasta un máximo de nueve (9) puntos.
En el supuesto de más de un cargo, trabajo de investigación, beca o premio reproducir el ítem las veces que sea necesario, agrupándolos por Universidad y ordenándolos cronológicamente, a partir del más actual.
Marque con “X”, la opción que corresponda.

Docencia universitaria o equivalente:

1)

Universidad/Institución: Universidad de Buenos Aires

Título de la Carrera: Abogado

Rama del Derecho: Penal – Procesal Penal

Materia o curso dictado: Elementos de Derecho Penal y Procesal Penal - Régimen del proceso penal

Grado x Posgrado

En su caso, indicar y/o transcribir la normativa de la que resulte su equivalencia

con la docencia universitaria:

Presencial_x

No presencial_

Cátedra: D’Alessio y luego Maier (se trató de un pase de cátedra, manteniendo el cargo docente)

Cargo desempeñado:

Profesor titular Adjunto J.T.P. Invitado Asociado Adscripto

Ayudante de 2da

Ayudante de 1ra

Ayudante Otro (describir):

Período de ejercicio. Desde: 07/10/2002. Hasta: 30/11/2006.

Designación:

Directa

Por Concurso

x

Efectivo

Interino

Contratado

Rentado

Ad-Honorem

Otro (describir):

Relación de la materia o curso dictado con la especialidad del cargo vacante. Descripción: tanto la cátedra D’Alessio como la cátedra Maier dictaban materias relativas al derecho penal y procesal penal, ambas relacionadas directamente con la especialidad de la vacante concursada (un fiscal de juicio debe dominar ambas ramas del

27


derecho) Se enseñaban cuestiones directamente relacionadas con el quehacer de un fiscal de juicio
Documentación respaldatoria agregada a fs. 162/167.- (Concurso: 104)

2)

Universidad/Institución: Universidad de Buenos Aires

Título de la Carrera: Abogado

Rama del Derecho: Penal – Procesal Penal

Materia o curso dictado: Régimen del proceso penal – Recursos en el proceso penal

Grado x Posgrado

En su caso, indicar y/o transcribir la normativa de la que resulte su equivalencia

con la docencia universitaria:

Presencial_x

No presencial_

Cátedra: Maier/Pastor (se trató de un pase de cátedra, manteniendo el cargo docente)

Cargo desempeñado:

Profesor titular Adjunto J.T.P. Invitado Asociado Adscripto Ayudante de 2da Ayudante de 1ra Ayudante Otro (describir):

Período de ejercicio. Desde: 30/11/2006. Hasta: 15/11/2012.

Designación:

Directa

Por Concurso

x

Efectivo

Interino

Contratado

Rentado

Ad-Honorem

Otro (describir):

Relación de la materia o curso dictado con la especialidad del cargo vacante. Descripción: tanto la cátedra Maier como la cátedra Pastor dictaban materias relativas al derecho penal y procesal penal, ambas relacionadas directamente con la especialidad de la vacante concursada (un fiscal de juicio debe dominar ambas ramas del derecho) Se enseñaban cuestiones directamente relacionadas con el quehacer de un fiscal de juicio

Documentación respaldatoria agregada a fs. 162/167.- (Concurso: 104)

3)

Universidad/Institución: Universidad de Buenos Aires – Dirección de Extensión

Universitaria

Título de la Carrera:

Rama del Derecho: Penal – Procesal Penal

Materia o curso dictado: “Iniciación a la práctica profesional penal – nivel 1”

Grado Posgrado x

En su caso, indicar y/o transcribir la normativa de la que resulte su equivalencia

con la docencia universitaria:

28

Presencial_x

Cátedra:

Cargo desempeñado: Profesor titular

No presencial_

Adjunto

J.T.P. Invitado

Asociado Adscripto Ayudante de 2da Ayudante de 1ra Ayudante Otro (describir):

Período de ejercicio. Desde: ../3/2004. Hasta: ../12/2004.

Designación:

Directa

x

Por Concurso

Efectivo

Interino

Contratado

Rentado

Ad-Honorem

Otro (describir):

Relación de la materia o curso dictado con la especialidad del cargo vacante. Descripción: al tratarse de un curso de iniciación a la práctica profesional, se enseñaban cuestiones directamente relacionadas con el quehacer de un fiscal de juicio

Documentación respaldatoria agregada a fs. 168.- (Concurso: 104)

4)

Universidad/Institución: Procuración General de la Nación – Escuela de Formación y capacitación

Título de la Carrera:

Rama del Derecho: Penal – Procesal Penal

Materia o curso dictado: “La actuación del Ministerio Público Fiscal en las etapas de instrucción y juicio”

Grado Posgrado

En su caso, indicar y/o transcribir la normativa de la que resulte su equivalencia

con la docencia universitaria:

Presencial x_ No presencial_ Cátedra:

Cargo desempeñado:

Profesor titular Adjunto J.T.P. Invitado Asociado Adscripto Ayudante de 2da Ayudante de 1ra

Ayudante Otro (describir):

Docente

Período de ejercicio. Primer semestre del ciclo lectivo 2014.

Designación:

29

Relación de la materia o curso dictado con la especialidad del cargo vacante. Descripción: el curso dictado aborda la necesaria articulación de las etapas de instrucción y juicio por parte de los agentes del Ministerio Público Fiscal y se estructura

sobre las resoluciones de la Procuración General de la Nación que regulan la actuación de los fiscales en esas etapas (tratamiento de testigos, suspensión del juicio a prueba, juicio abreviado, etc.) La relación con el cargo concursado es directa.
Documentación respaldatoria agregada a fs. 170.- (Concurso: 104)

5)

Universidad/Institución: Procuración General de la Nación – Escuela de Formación y capacitación

Título de la Carrera:

Rama del Derecho: Penal – Procesal Penal

Materia o curso dictado: “La actuación del Ministerio Público Fiscal en las etapas de instrucción y juicio”

Grado Posgrado

En su caso, indicar y/o transcribir la normativa de la que resulte su equivalencia

con la docencia universitaria:

Presencial x_ No presencial_ Cátedra:

Cargo desempeñado:

Profesor titular Adjunto J.T.P. Invitado Asociado Adscripto Ayudante de 2da Ayudante de 1ra

Ayudante Otro (describir):

Docente

Período de ejercicio. Segundo semestre ciclo lectivo 2013.

Designación:

Directa

x

Por Concurso

Efectivo

Interino

Contratado

Rentado

Ad-Honorem

Otro (describir):

Relación de la materia o curso dictado con la especialidad del cargo vacante. Descripción: el curso dictado aborda la necesaria articulación de las etapas de instrucción y juicio por parte de los agentes del Ministerio Público Fiscal y se estructura sobre las resoluciones de la Procuración General de la Nación que regulan la actuación de los fiscales en esas etapas (tratamiento de testigos, suspensión del juicio a prueba, juicio abreviado, etc.) La relación con el cargo concursado es directa.

Documentación respaldatoria agregada a fs. 169.- (Concurso: 104)

6)

Universidad/Institución: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires

Título de la Carrera: curso de “Actualización notarial ley 404”

30

Rama del Derecho: Penal – Procesal Penal

Materia o curso dictado: Derecho Penal – Derecho Procesal Penal

Grado Posgrado x

En su caso, indicar y/o transcribir la normativa de la que resulte su equivalencia

con la docencia universitaria:

Presencial x_ No presencial_ Cátedra:

Cargo desempeñado:

Profesor titular

Adjunto

J.T.P. Invitado Asociado Adscripto Ayudante de 2da Ayudante de 1ra Ayudante Otro (describir):

Período de ejercicio. Años 2004, 2005 y 2006.

Designación:

Relación de la materia o curso dictado con la especialidad del cargo vacante. Descripción: se trató de cursos de actualización obligatoria dictados para escribanos en el marco de lo normado por los arts. 38 y 39 de la ley 404 de la CABA. Los cursos a mi cargo versaban sobre diversos aspectos del derecho penal y procesal penal – conforme programa que se adjunta- que tienen directa relación con el quehacer del fiscal de juicio.

Documentación respaldatoria agregada a fs. 171/175.- (Concurso: 104)

Investigación universitaria o equivalente:

Universidad/Institución:---------------------------------------------------------------------- Rama del Derecho:----------------------------------------------------------------------------- En su caso, indicar la normativa de la que resulte su equivalencia con la

investigación universitaria: Designación:

Directa Por Concurso

Período de ejercicio. Desde / / . Hasta: / / .

Relación de la materia o curso dictado con la especialidad del cargo vacante. Descripción:

Copia del proyecto original o documento equivalente: Copia del informe final o documento equivalente:

31

Otros cargos académicos no computados en incisos anteriores:

1)

Universidad/Institución: Universidad Nacional de Río Cuarto

Cargo desempeñado: Profesor Extraordinario Visitante

Rama del Derecho: Designación:

Directa x Por Concurso

Período de ejercicio. Desde: 26/04/2013. Hasta: 26/04/2013

Naturaleza de las actividades desarrolladas: en marco de la designación he participado del denominado “Encuentro Regional de Justicia Legítima” llevado a cabo el 26 de abril de 2013 en la sede de la citada casa de estudios

Normativa que regula su actividad:

Documentación respaldatoria agregada a fs. 176/178.- (Concurso: 104)

2)

Universidad/Institución: Instituto de Derecho Penal y Procesal Penal del

Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires

Cargo desempeñado: Integrante

Rama del Derecho: Penal – Procesal Penal

Designación:

Directa x Por Concurso

Período de ejercicio. Desde: 20/04/2005. Hasta: 22/09/2006.

Naturaleza de las actividades desarrolladas: reuniones periódicas para discutir diversos temas relativos al derecho penal y procesal penal vinculadas con el quehacer notarial. Como integrante del instituto fui designado docente en los cursos de actualización para escribanos organizados por el colegio que los nuclea.

Normativa que regula su actividad:

Documentación respaldatoria agregada a fs. 179/180.- (Concurso: 104)

Becas y premios: -------------------------------------------------------------------- Institución: --------------------------------------------------------------------------- Rama del derecho: ------------------------------------------------------------------ Fecha de otorgamiento de la beca/premio:

Carácter de la beca/premio: Motivo del otorgamiento:

Documentación respaldatoria agregada a fs. .- (Concurso: )

32

III.2.C. PUBLICACIONES CIENTÍFICO-JURÍDICAS Y TRABAJOS PENDIENTES DE PUBLICACIÓN O BAJO PROCESO DE ARBITRAJE

En este apartado se evaluarán las publicaciones. Se tendrá especialmente en cuenta a los fines de la evaluación, la calidad, extensión y originalidad de cada trabajo; y la relación de su contenido con la especialidad del cargo vacante.
En el supuesto de más de una publicación reproducir el ítem las veces que sea necesario, ordenándolas cronológicamente a partir de la más actual. En el mismo sentido se deberá proceder en el supuesto de trabajos pendientes de publicación o bajo proceso de arbitraje con la correspondiente nota de la editorial.7
Estos antecedentes podrán ser calificados hasta un máximo de nueve (9) puntos.

Publicaciones científico-jurídicas:

1)

Título: Comentario al libro “Jurisprudencia penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sumarios y análisis de fallos” tomo 5 en Revista de Derecho Procesal Penal, año 2009-1, “La prueba en el proceso penal – I”

Rama del derecho: Penal – Procesal Penal - Constitucional

Carácter de la obra:

Libro Capítulo de libro

Artículo de doctrina Nota / Comentario bibliográfico x

Nota / Comentario a fallo Reseña Bibliográfica

Reseña de jurisprudencia Otro (especifica r):

Carácter de autoría:

Autor

x

Coautor

Coordinador

Colaborador

Traductor

Otro (especifica r):

Relación de su contenido con la especialidad del cargo concursado. Descripción: el comentario aborda, de una manera descriptiva y a la vez crítica, los diversos artículos de doctrina que integran la obra comentada. Cada artículo, a su vez, comenta un fallo de la Corte Suprema de Justicia. Las materias que tocan son de derecho penal, procesal penal y constitucional, directamente vinculadas a las herramientas que utiliza un fiscal de juicio en la preparación y sustanciación de un debate y a los recursos que eventualmente interponga. La relación con la especialidad del cargo concursado es, entonces, directa.

Fecha: 2009

Editorial: Rubinal Culzoni

Documentación respaldatoria agregada a fs. 182/192 o como anexo _.- (Concurso: 104)

33

2)

Título: Comentario al libro “Jurisprudencia penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sumarios y análisis de fallos” tomo 3 en Revista de Derecho Procesal Penal, año 2008-1, “La actividad procesal del Ministerio Público Fiscal – II”

Rama del derecho: Penal – Procesal Penal - Constitucional

Carácter de la obra:

Libro

Capítulo de libro

Artículo de doctrina

Nota / Comentario bibliográfico

x

Nota / Comentario a fallo

Reseña Bibliográfica

Reseña de jurisprudencia

Otro (especifica r):

Carácter de autoría:

Autor

x

Coautor

Coordinador

Colaborador

Traductor

Otro (especifica r):

Relación de su contenido con la especialidad del cargo concursado. Descripción: el comentario aborda, de una manera descriptiva y a la vez crítica, los diversos artículos de doctrina que integran la obra comentada. Cada artículo, a su vez, comenta un fallo de la Corte Suprema de Justicia. Las materias que tocan son de derecho penal, procesal penal y constitucional, directamente vinculadas a las herramientas que utiliza un fiscal de juicio en la preparación y sustanciación de un debate y a los recursos que eventualmente interponga. La relación con la especialidad del cargo concursado es, entonces, directa.

Fecha: 2008

Editorial: Rubinzal Culzoni

Documentación respaldatoria agregada a fs. 193/198 o como anexo _.- (Concurso: 104)

3)

Título: Comentario al libro “Jurisprudencia penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sumarios y análisis de fallos” en Revista de Derecho Procesal Penal, año 2007-2, “La actividad procesal del Ministerio Público Fiscal

– I”

Rama del derecho: Penal – Procesal Penal - Constitucional

Carácter de la obra:

Libro

Capítulo de libro

Artículo de doctrina

Nota / Comentario bibliográfico

x

Nota / Comentario a fallo

Reseña Bibliográfica

Reseña de jurisprudencia

Otro (especifica r):


Carácter de autoría:

Autor

x

Coautor

Coordinador

Colaborador

34

Traductor Otro (especifica r):

Relación de su contenido con la especialidad del cargo concursado. Descripción: el comentario aborda, de una manera descriptiva y a la vez crítica, los diversos artículos de doctrina que integran la obra comentada. Cada artículo, a su vez, comenta un fallo de la Corte Suprema de Justicia. Las materias que tocan son de derecho penal, procesal penal y constitucional, directamente vinculadas a las herramientas que utiliza un fiscal de juicio en la preparación y sustanciación de un debate y a los recursos que eventualmente interponga. La relación con la especialidad del cargo concursado es, entonces, directa.

Fecha: 2007

Editorial: Rubinzal Culzoni

Documentación respaldatoria agregada a fs. 199/207 o como anexo _.- (Concurso: 104)

4)

Título: Comentario al libro “Garantías constitucionales en el proceso penal” de Alejandro Carrió en Revista de Derecho Procesal Penal, año 2007-1, “la injerencia en los derechos fundamentales del imputado – III”

Rama del derecho: Penal – Procesal Penal - Constitucional

Carácter de la obra:

Libro

Capítulo de libro

Artículo de doctrina

Nota / Comentario bibliográfico

x

Nota / Comentario a fallo

Reseña Bibliográfica

Reseña de jurisprudencia

Otro (especifica r):

Carácter de autoría:

Autor

x

Coautor

Coordinador

Colaborador

Traductor

Otro (especifica r):

Relación de su contenido con la especialidad del cargo concursado. Descripción: el comentario aborda, de una manera descriptiva y a la vez crítica, una nueva edición de la conocida obra de Alejandro Carrió sobre garantías constitucionales. La materia del comentario, y los aportes propios del comentarista, tienen directa relación con el rol del Ministerio Público Fiscal de velar por la legalidad del proceso, tanto en la etapa de instrucción como en la de debate. La relación con la especialidad del cargo concursado es, entonces, directa.

Fecha: 2007

Editorial: Rubinzal Culzoni

Documentación respaldatoria agregada a fs. 208/217 o como anexo _.- (Concurso: 104)

35

5)

Título: Comentario al libro “La extradición” de Horacio González Warcalde y Enrique del Carril en Revista de Derecho Procesal Penal, año 2006-2, “La injerencia en los derechos fundamentales del imputado – II”

Rama del derecho: Penal – Procesal Penal - Constitucional

Carácter de la obra:

Libro

Capítulo de libro

Artículo de doctrina

Nota / Comentario bibliográfico

x

Nota / Comentario a fallo

Reseña Bibliográfica

Reseña de jurisprudencia

Otro (especifica r):

Carácter de autoría:

Autor

x

Coautor

Coordinador

Colaborador

Traductor

Otro (especifica r):

Relación de su contenido con la especialidad del cargo concursado. Descripción: Nuevamente aquí se trata de un comentario bibliográfico a una obra dedicada a la extradición. El comentario aborda críticamente cuestiones relativas al proceso de extradición que, en algunos casos, puede desarrollarse en la etapa de debate. La relación con la especialidad del cargo concursado es, entonces, directa.

Fecha: 2006

Editorial: Rubinzal Culzoni

Documentación respaldatoria agregada a fs. 218/221 o como anexo _.- (Concurso: 104)

6)

Título: “La motivación de la sentencia penal y otros estudios” Rama del derecho: Penal – Procesal Penal - Constitucional Carácter de la obra:

Libro

x

Capítulo de libro

Artículo de doctrina

Nota / Comentario bibliográfico

Nota / Comentario a fallo

Reseña Bibliográfica

Reseña de jurisprudencia

Otro (especifica r):

Carácter de autoría:

Autor

Coautor

Coordinador

Colaborador

x

Traductor

Otro (especifica r):

Relación de su contenido con la especialidad del cargo concursado. Descripción: La obra abarca diversos temas que tienen relación con el quehacer del fiscal de juicio, muy especialmente en lo relativo al recurso de casación (propio de la etapa de debate) y a la motivación de la sentencia definitiva. Otros temas relativos a las garantías constitucionales del derecho penal, derecho penal y de ejecución penal tienen

36


que ver, asimismo, con el quehacer de un fiscal de juicio. Un repaso del índice de la obra es suficiente para concluir que la relación del trabajo con la especialidad del cargo es directa.

Fecha: 2005

Editorial: Editores del Puerto

Documentación respaldatoria agregada a fs. 222/225 o como anexo _.- (Concurso: 104)

7)

Título: “El caso ‘Bianchi’. La corte restringe garantías” en revista Jurisprudencia Argentina, año 2005-II, Suplemento de Jurisprudencia de la Corte Suprema de Argentina.

Rama del derecho: Penal - Constitucional

Carácter de la obra:

Libro Capítulo de libro

Artículo de doctrina

Nota / Comentario bibliográfico

Nota / Comentario a fallo Reseña Bibliográfica

Reseña de jurisprudencia Otro (especifica r):

Carácter de autoría:

Autor

x

Coautor

Coordinador

Colaborador

Traductor

Otro (especifica r):

Relación de su contenido con la especialidad del cargo concursado. Descripción: El artículo aborda la temática de la garantía constitucional que prohíbe obligar a alguien a declarar en su contra. Esa garantía está vigente durante todo el proceso y por ello tiene directa relación con el cargo concursado, en la medida en que durante los debates el imputado es escuchado en declaración indagatoria y se analizan, si se da el caso, sus manifestaciones anteriores.

El artículo fue citado por Alejandro Carrió en la quinta edición de su trabajo “Garantías constitucionales en el proceso penal” (ed. Hammurabi), conforme fotocopias que adjunto.

Fecha: 2005

Editorial: Lexis Nexis

Documentación respaldatoria agregada a fs. 226/238 o como anexo _.- (Concurso: 104)

37

8)

Título: “Interpretación del art. 73 ley 11723 en relación con la exhibición de obras cinematográficas sin autorización” en Jurisprudencia Argentina, año

2005-I, Fascículo 3

Rama del derecho: Penal

Carácter de la obra:

Libro Capítulo de libro

Artículo de doctrina

Nota / Comentario bibliográfico

Nota / Comentario a fallo Reseña Bibliográfica

Reseña de jurisprudencia Otro (especifica r):

Carácter de autoría:

Autor

x

Coautor

Coordinador

Colaborador

Traductor

Otro (especifica r):

Relación de su contenido con la especialidad del cargo concursado. Descripción: El artículo aborda un tema conflictivo relativo a uno de los ilícitos previstos en la ley 11723 de propiedad intelectual. La cuestión tiene relevancia respecto del cargo concursado ya que este tipo de delitos son juzgados en el fuero al que pertenece la vacante.

Fecha: 2005

Editorial: Lexis Nexis

Documentación respaldatoria agregada a fs. 239/244 o como anexo _.- (Concurso: 104)

9)

Título: Fallo “Videla” la Corte Suprema (Sumario, voces y comentario) en

Suplemento Penal, 2003, El Dial.com (diario jurídico on line) Rama del derecho: Penal - Constitucional

Carácter de la obra:

Libro

Capítulo de libro

Artículo de doctrina

Nota / Comentario bibliográfico

Nota / Comentario a fallo

x

Reseña Bibliográfica

Reseña de jurisprudencia

Otro (especifica r):

Carácter de autoría:

Autor

x

Coautor

Coordinador

Colaborador

Traductor

Otro (especifica r):

Relación de su contenido con la especialidad del cargo concursado. Descripción: La relación es directa con el cargo concursado, en la medida en que se

38


analizan cuestiones centrales del proceso penal que son tratadas en los debates, como la prohibición de doble juzgamiento

Fecha: 10/2003

Editorial: El Dial.com

Documentación respaldatoria agregada a fs. 245/268 o como anexo _.- (Concurso: 104)

Trabajos pendientes de publicación o bajo proceso de arbitraje:

1)

Título: “Aspectos problemáticos de la eventual adhesión de Argentina al convenio sobre la ciberdelincuencia”

Rama del derecho: Penal – Procesal Penal - Internacional Público

Carácter de la obra:

Libro Capítulo de libro

Artículo de doctrina

Nota / Comentario bibliográfico

Nota / Comentario a fallo Reseña Bibliográfica

Reseña de jurisprudencia Otro (especifica r):

Carácter de autoría:

Autor

x

Coautor

Coordinador

Colaborador

Traductor

Otro (especifica r):

Relación de su contenido con la especialidad del cargo concursado. Descripción: el artículo analiza críticamente algunas disposiciones del Convenio de Budapest sobre la ciberdelincuencia y las compara con los delitos consagrados en el Código Penal Argentino. Algunos de esos delitos son de competencia específica del fuero correspondiente a la vacante que se concursa.

Fecha de entrega a la editora o jurado evaluador: marzo 2014

Editorial: fue entregado a los organizadores de la Jornada Preparatoria del XIX Congreso Internacional de Derecho Penal de la Asociación Internacional de Derecho Penal para su publicación con el resto de las ponencias presentadas en esa actividad. En la misma diserté, conforme se consignó en el rubro correspondiente.

Documentación respaldatoria agregada a fs. 269/279 o como anexo .- (Concurso: 104)

2)

Título: “El caso ‘Banco Comercial’ y la nueva-vieja postura de la Corte sobre la declaración de inconstitucionalidad de oficio”

Rama del derecho: Constitucional

Carácter de la obra:

Libro Capítulo de libro

39


Carácter de autoría:

Autor

X

Coautor

Coordinador

Colaborador

Traductor

Otro (especifica r):

Relación de su contenido con la especialidad del cargo concursado. Descripción: Partiendo de un fallo de la Corte Suprema, el trabajo aborda la temática vinculada a la posibilidad de declarar de oficio la invalidez constitucional de una norma. Como el control de la legalidad incumbe también al Ministerio Público, la cuestión tiene directa relación con el quehacer de los fiscales de cualquier etapa del proceso. La relación con la especialidad del cargo concursado es, entonces, directa.

Fecha de entrega a la editora o jurado evaluador: 2004

Editorial: Lexis Nexis

Documentación respaldatoria agregada a fs. 279/288 o como anexo .- (Concurso: 104)

Declaración Jurada

La presentación y/o envío del Formulario de Inscripción con los datos requeridos y de la documentación respaldatoria de los antecedentes allí invocados, con la cual se perfecciona la inscripción al concurso, importará por parte de la persona aspirante el conocimiento de la Ley Orgánica del Ministerio Público de la Nación N° 24.946, así como el conocimiento y aceptación de las condiciones fijadas en el Reglamento para la Selección de Magistradas/os del Ministerio Público Fiscal de la Nación, aprobado por Resolución PGN N° 751/13 y normativa aplicable a la materia, como también su consentimiento para la publicación en el sitio web institucional de los antecedentes y de los escritos y registros audiovisuales correspondientes a la etapa de oposición, ello en función del principio de transparencia del procedimiento (conf. art. 2 del Reglamento citado).
Conforme lo dispuesto en el art. 17 del Reglamento citado8, todo el contenido de la documentación presentada o enviada tendrá carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe en ella, habilitará a no considerar el antecedente erróneamente invocado y, según la magnitud de la falta, la P.G.N. podrá resolver la exclusión de la persona del concurso, sin perjuicio de las demás consecuencias que pudiere general su conducta.
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 23 del Reglamento9, las personas inscriptas tienen el deber de poner en conocimiento de la Secretaría de Concursos toda circunstancia anterior o sobreviniente vinculada con las causales de exclusión previstas en el artículo 22 del Reglamento, las que a continuación se transcriben:
a) tuvieren condena penal por delito doloso, con arreglo a los límites temporales establecidos en el artículo 51 del Código Penal;
b) estuvieran procesados por delito doloso, con auto de procesamiento firme, o auto de mérito equiparable;
c) se encontraran inhabilitados para ejercer cargos públicos, mientras dure la inhabilitación;

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d) estuvieran excluidos de la matrícula profesional, por decisión firme del tribunal de disciplina del colegio correspondiente;
e) hubieran sido removidos, mediante acto firme, de los cargos de magistradas/os del Ministerio Público o del Poder Judicial, Nacional, Provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
f) hubieran sido exonerados, mediante acto firme, en el ejercicio de cargos públicos de la Administración Pública Nacional, Provincial, Municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del Ministerio Público o del Poder Judicial, Nacional, Provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siempre que no hubieran obtenido la correspondiente rehabilitación.
g) hubieran sido removidos del cargo de profesor universitario por concurso, mediante juicio académico, por decisión firme;
h) hubieran sido declarados en quiebra y no estuvieren rehabilitados;
i) hubieran sido eliminados de un concurso celebrado en el ámbito del Ministerio Público o del Poder Judicial, Nacional, Provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los cinco (5) años anteriores, por conductas o actitudes contrarias a la buena fe o a la ética.
Por último, las personas inscriptas estarán obligadas a informar respecto de la existencia de nuevos antecedentes disciplinarios, lo que será certificado por el organismo pertinente ante la Secretaría de Concursos.
Fecha: Lugar
FIRMA ACLARACIÓN

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Autorización

AUTORIZO a ……………………………………………………………..
DNI. Nº…….……………………, a presentar en la Secretaría de Concursos de la Procuración General de la Nación, la solicitud de inscripción y/o la documentación respaldatoria para el Concurso Nº………del M.P.F.N., para el/los cargo/s de
…................................................................................................................................……………
Fecha: Lugar
FIRMA ACLARACIÓN
RECIBÍ la solicitud de inscripción de el/la Doctor/a:…………………………………………………….……………..….. D.N.I. N°…………………….. Para el concurso N° del M.P.F.N.

Buenos Aires, ……. de ……………….. de 2014.-

AL MOMENTO DE INSCRIPCIÓN PRESENTAR HASTA ESTA HOJA INCLUSIVE

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Modalidad de la inscripción y presentación:

Conforme lo dispuesto en el art. 15 del Reglamento de Concursos la inscripción se llevará a cabo en dos etapas.10
En primer lugar, deberá completarse y firmarse este formulario (en adelante “F.I.”), consignando los datos personales y los antecedentes laborales y académicos que la/el concursante pretenda sean evaluados. El F.I deberá ser presentado, personalmente o por tercero autorizada/o, en la Secretaría de Concursos —Libertad 753 Capital Federal los días hábiles de 09:00 a 15:00 hs.— o remitido por correo postal a esa dirección o por correo electrónico a inscripcion-concursos@mpf.gov.ar, hasta el día 15 de julio de

2014, según se indica en la Resolución PGN Nº 327/2014 de convocatoria —en estos casos, hasta las veinticuatro (24) horas de ese día—.

Luego y hasta el día 12 de agosto de 2014 se deberá presentar o enviar la documentación respaldatoria de los antecedentes invocados en el F.I. A tales fines, se deberá acompañar una copia, también firmada, del F.I. ya presentado, con una foto tipo carnet tomada en un período que no exceda el año anterior a la inscripción, y en cada antecedente invocado identificar la foja o anexo correspondiente a la documentación que lo acredita. El F.I. actuará como un índice del legajo de la persona postulante.
Esta presentación o envío, podrá ser en formato impreso o en un soporte digital: CD, DVD, o dispositivo de memoria USB (pen-drive), y podrá realizarse personalmente o por tercero autorizada/o, en la Secretaría de Concursos —Libertad 753 Capital Federal los días hábiles de 09:00 a 15:00 hs.— o remitido por correo postal a esa dirección —en estos casos, hasta las veinticuatro (24) horas de ese día—. En caso de utilizar soporte papel, tanto el F.I. como la documentación respaldatoria deben ser presentados en carpeta pero no anillados.
Sin perjuicio de ello, ambas etapas podrán cumplimentarse en forma conjunta hasta el día de cierre de inscripción (15/07/2014), presentando o enviando tanto el F.I. (un solo ejemplar) como la documentación respaldatoria de los antecedentes allí invocados.

Más allá de la modalidad elegida para la presentación de la documentación, el F.I. con foliatura consignada de esta segunda etapa, sin necesidad de firma, debe ser enviado por correo electrónico en formato Word a la dirección: inscripcion-concursos@mpf.gov.ar

Con la presentación del F.I. y la documentación respaldatoria, quedará perfeccionada la inscripción al concurso e importará para la persona postulante el conocimiento y aceptación de las condiciones fijadas en el Reglamento y en las bases del Concurso.11
Para acreditar antecedentes laborales y académicos deberán presentarse certificados expedidos por la autoridad competente, en los que consignen el/los cargo/s desempeñado/s, los períodos de ejercicio, la naturaleza de la/s designación/nes y motivos del cese, de licencias extraordinarias gozadas, con indicación del/los motivo/s, período/s y si lo fueron con o sin goce de haberes, y la información vinculada con las sanciones disciplinarias.
Para acreditar antecedentes correspondientes a la experiencia en la gestión y en la coordinación de equipos de trabajo acordes con la responsabilidad del cargo concursado y a la especialización funcional con relación a la vacante, podrán acompañarse copias de dictámenes, escritos, fallos, actas y otras piezas procesales y documentos jurídicos —con el resguardo de la confidencialidad de las partes—, de informes estadísticos, de auditoría, de reconocimientos, menciones, etc. que se consideren más relevantes y/o ilustrativos de las actividades desarrolladas en relación con las materias y funciones inherentes al cargo concursado, hasta un número de cinco (5) por antecedente.
Cuando se presenten dictámenes, escritos, sentencias u otras piezas procesales y documentos jurídicos en cuya elaboración participó la persona concursante mediante su

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aporte intelectual, pero fueron emitidos sin su firma, deberá también adjuntarse el aval de la persona que los suscribió, bajo la siguiente fórmula manuscrita por el otorgante: “Dejo constancia que el documento titulado……… fue elaborado con el aporte intelectual de la/el

abogada/o ……………DNI………….. . Lugar y fecha de emisión; nombre y apellido; tipo y número del documento de identidad de la persona que lo expide”, firmado en cada folio que lo compone.

Cuando se adjunte documentación tendiente a la acreditación de antecedentes laborales y académicos cuyas constancias se encuentren elaboradas en idioma extranjero, deberá también acompañarse una traducción simple, firmada por la persona postulante y adjuntar, en su caso, una declaración jurada especial sobre la fidelidad de su contenido, en la que además consten todas las cuestiones relevantes inherentes al antecedente en cuestión y toda aquella solicitada en particular en el formulario de inscripción. Ello, conforme la siguiente fórmula: “Declaro bajo juramento que el escrito que antecede corresponde a la traducción del contenido del documento titulado…….., invocado como antecedente en el ítem ……, del idioma ……en que fuera elaborado, al castellano”.
Si se presentan publicaciones o trabajos jurídico-científicos pendientes de publicación o bajo proceso de arbitraje, elaborados en idioma extranjero deberá también acompañarse una traducción simple, firmada por la persona postulante, y una declaración jurada especial sobre la fidelidad de su contenido, respecto del título y/o índice de la publicación y/o trabajo aportado, de acuerdo a la siguiente fórmula: “Declaro bajo juramento que el escrito que antecede corresponde a la traducción del título y/o índice de la publicación y/o trabajo, invocado como antecedente en el ítem ……, del idioma ……en que fuera elaborado, al castellano”.
Toda la documentación podrá presentarse y/o enviarse en copia simple y será certificada oportunamente por la Secretaría de Concursos. Las copias simples impresas deberán ser firmadas por la persona postulante (conf. art. 15, inc. e) y f) y cuarto y quinto párrafos de la norma).

1 Artículo 15.- Formulario. Presentación de documentación. (…) Dentro de los diez (10) días subsiguientes, la persona postulante deberá presentar en la Secretaría de Concursos, personalmente o por tercero autorizado, o enviar por correo postal o por vía digital —según se establezca—, la siguiente documentación: (…) c) una (1) copia certificada del título de abogada/o, el que debe encontrarse legalizado por la Universidad que lo expidió y por el Ministerio de Educación de la Nación (…)”.

2 Artículo 38.- Pautas de evaluación. Los antecedentes, hasta un máximo de setenta y cinco (75)

puntos, serán evaluados conforme a las siguientes pautas:

a) antecedentes en el Ministerio Público o en el Poder Judicial, nacional, provincial o de la ciudad

Autónoma de Buenos Aires, teniendo en cuenta el o los cargos desempeñados, los períodos de actuación, la naturaleza de las designaciones, las características de las actividades desarrolladas, la experiencia en la gestión y en la coordinación de equipos acordes con la responsabilidad del cargo concursado, las sanciones disciplinarias recibidas y —en su caso— los motivos del cese. Se concederán hasta treinta (30) puntos.

b) cargos públicos no incluidos en el inciso anterior, labor en organismos no gubernamentales o instituciones privadas vinculadas al sistema judicial y ejercicio privado de la profesión. Para el primer caso, se tendrán en cuenta el o los cargos desempeñados y la naturaleza de las designaciones. En todos los casos se considerarán los períodos de actuación, las características de las actividades desarrolladas, la experiencia en la gestión y en la coordinación de equipos acordes con la responsabilidad del cargo concursado, las sanciones disciplinarias recibidas y —en su caso— los motivos del cese. Se concederán hasta treinta (30) puntos.

Se otorgarán hasta quince (15) puntos adicionales a los indicados en los incisos precedentes, por

especialización funcional o profesional con relación a la vacante.

Si algún/a aspirante acreditare antecedentes en los incisos a) y b), el puntaje acumulado de ambos no podrá superar los treinta (30) puntos. En el mismo caso, si se otorgaren puntos adicionales por

especialización funcional y/o profesional, la suma total no podrá superar los cuarenta (45) puntos.

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c) título de doctor, master o especialización en Derecho, teniendo en cuenta la materia abordada y su relación con la materia del concurso; la universidad que lo expidió; la calidad y cantidad de cursos previos exigidos en la currícula de la carrera para acceder al título; las calificaciones obtenidas en tales cursos así como en el examen de tesis, tesina o trabajo final, o bien en sus defensas; y la calidad del tribunal examinador. Los cursos realizados como parte de una carrera de doctorado, master o especialización incompleta o estando pendiente de aprobación la tesis, tesina o trabajo final, o que por cualquier otra causa no se hubiera expedido aún el título, se computarán en este inciso. También se contemplará aquí la certificación de otros cursos de actualización o de posgrado, siempre que se acredite que la/el postulante ha sido evaluado; así como la participación en carácter de disertante, panelista o ponente en cursos y congresos de interés jurídico. Se concederá hasta doce (12) puntos.

d) docencia e investigación universitaria o equivalente y otros cargos académicos no computados en

incisos anteriores, teniendo en cuenta la institución donde se desarrollaron las tareas, las materias o cursos dictados y su relación con la especialidad del cargo vacante, los cargos desempeñados en grados o en postgrados, la naturaleza de las designaciones y las fechas de su ejercicio. También se computarán la designación en otros cargos académicos, becas y premios obtenidos. Se concederá hasta nueve (9) puntos.

e) publicaciones científico jurídicas. Se admitirán trabajos pendientes de publicación o bajo proceso de arbitraje con la correspondiente nota de la editorial. Se evaluará especialmente la calidad, extensión y originalidad de cada trabajo; y la relación de su contenido con la especialidad del cargo vacante. Se concederá hasta nueve (9) puntos”.

3 Artículo 37.- Informe de antecedentes. Plazo. Una vez concluidas las pruebas de oposición, en un

plazo que no debe superar los diez (10) días, la Secretaría de Concurso entregará a cada integrante del Tribunal un informe sobre la evaluación de los antecedentes profesionales y académicos de las/os concursantes que hayan rendido las pruebas. El informe en cuestión será acompañado de una copia del legajo o carpeta formada a partir de lo dispuesto por el artículo 19 de este Reglamento. Este informe

deberá respetar los parámetros establecidos en el siguiente artículo y no será vinculante para el

Tribunal”.

4 “Artículo 38.- Pautas de evaluación. Los antecedentes, hasta un máximo de setenta y cinco (75)

puntos, serán evaluados conforme a las siguientes pautas:

a) antecedentes en el Ministerio Público o en el Poder Judicial, nacional, provincial o de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, teniendo en cuenta el o los cargos desempeñados, los períodos de actuación, la naturaleza de las designaciones, las características de las actividades desarrolladas, la experiencia en la gestión y en la coordinación de equipos acordes con la responsabilidad del cargo

concursado, las sanciones disciplinarias recibidas y —en su caso— los motivos del cese. Se concederán hasta treinta (30) puntos.

b) cargos públicos no incluidos en el inciso anterior, labor en organismos no gubernamentales o instituciones privadas vinculadas al sistema judicial y ejercicio privado de la profesión. Para el primer caso, se tendrán en cuenta el o los cargos desempeñados y la naturaleza de las designaciones. En todos los casos se considerarán los períodos de actuación, las características de las actividades desarrolladas, la experiencia en la gestión y en la coordinación de equipos acordes con la responsabilidad del cargo concursado, las sanciones disciplinarias recibidas y —en su caso— los motivos del cese. Se concederán hasta treinta (30) puntos.

(…) Se otorgarán hasta quince (15) puntos adicionales a los indicados en los incisos precedentes, por

especialización funcional o profesional con relación a la vacante.

Si algún/a aspirante acreditare antecedentes en los incisos a) y b), el puntaje acumulado de ambos no podrá superar los treinta (30) puntos. En el mismo caso, si se otorgaren puntos adicionales por especialización funcional y/o profesional, la suma total no podrá superar los cuarenta (45) puntos (…)”.

5 Art. 38.- (…) c) título de doctor, master o especialización en Derecho, teniendo en cuenta la materia

abordada y su relación con la materia del concurso; la universidad que lo expidió; la calidad y cantidad

de cursos previos exigidos en la currícula de la carrera para acceder al título; las calificaciones obtenidas en tales cursos así como en el examen de tesis, tesina o trabajo final, o bien en sus defensas; y la calidad del tribunal examinador. Los cursos realizados como parte de una carrera de doctorado, master o especialización incompleta o estando pendiente de aprobación la tesis, tesina o trabajo final, o que por cualquier otra causa no se hubiera expedido aún el título, se computarán en este inciso. También se contemplará aquí la certificación de otros cursos de actualización o de posgrado, siempre que se acredite que la/el postulante ha sido evaluado; así como la participación en carácter de disertante, panelista o ponente en cursos y congresos de interés jurídico. Se concederá hasta doce (12) puntos”.

6 Art. 38.- (…) d) docencia e investigación universitaria o equivalente y otros cargos académicos no computados en incisos anteriores, teniendo en cuenta la institución donde se desarrollaron las tareas, las materias o cursos dictados y su relación con la especialidad del cargo vacante, los cargos desempeñados en grados o en postgrados, la naturaleza de las designaciones y las fechas de su ejercicio. También se computarán la designación en otros cargos académicos, becas y premios obtenidos. Se concederá hasta nueve (9) puntos”.

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7 Artículo 38 (…) e) publicaciones científico jurídicas. Se admitirán trabajos pendientes de publicación o bajo proceso de arbitraje con la correspondiente nota de la editorial. Se evaluará especialmente la calidad, extensión y originalidad de cada trabajo; y la relación de su contenido con la especialidad del cargo vacante. Se concederá hasta nueve (9) puntos”.

8 Artículo 17.- Inexactitudes de la documentación. Exclusión del concurso. Todo el contenido

de la documentación presentada tendrá carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe en ella habilitará a no considerar el antecedente erróneamente invocado. Según la magnitud de la falta, la P.G.N. podrá resolver la exclusión de la persona del concurso, sin perjuicio de las demás consecuencias que pudiere generar su conducta”.

9 Artículo 23.- Deber de informar. Circunstancias sobrevinientes. Las personas inscriptas tienen el deber de poner en conocimiento de la Secretaría de Concursos toda circunstancia anterior o sobreviniente vinculada con las causales previstas en el artículo precedente. Asimismo estarán obligadas a informar respecto de la existencia de nuevos antecedentes disciplinarios, lo que será certificado por el organismo pertinente ante la Secretaría de Concursos. En caso de producirse alguna de las circunstancias reseñadas en el artículo precedente durante la sustanciación del proceso de selección, la P.G.N. excluirá del concurso a la persona involucrada”.

10 Artículo 15.- Formulario. Presentación de documentación. La inscripción se realizará a través

de un formulario que estará disponible en la página del Ministerio Público Fiscal. En el formulario se deberá precisar toda la información que sea requerida, indicando todos los antecedentes laborales y académicos para ser evaluados.

El formulario deberá ser presentado antes de las veinticuatro (24) horas de la fecha de cierre de la inscripción. Podrá ser presentado personalmente o por tercero autorizado, o remitido por correo postal o por vía digital —según se determine—, a las direcciones que se establezcan en la resolución que convoca al concurso, sirviendo como constancia el certificado que expida el servicio de correos que se hubiera utilizado o el acuse de recibo del correo electrónico.

Dentro de los diez (10) días subsiguientes, la persona postulante deberá presentar en la Secretaría de Concursos, personalmente o por tercero autorizado, o enviar por correo postal o por vía digital — según se establezca—, la siguiente documentación:

a) una (1) copia certificada de su D.N.I.;

b) una (1) foto tipo carnet, que haya sido tomada en un periodo que no exceda el año;

c) una (1) copia certificada del título de abogada/o, el que debe encontrarse legalizado por la

Universidad que lo expidió y por el Ministerio de Educación de la Nación;

d) original o una (1) copia certificada del informe de antecedentes penales emitido por el Registro

Nacional de Reincidencia con antelación no mayor de seis (6) meses a la fecha de inscripción;

e) una (1) copia certificada de los documentos que acrediten los antecedentes laborales y disciplinarios;

f) una (1) copia certificada de los documentos que acrediten los antecedentes académicos;

g) una (1) copia de las publicaciones científico-jurídicas, en soporte papel o informático (con protección contra modificaciones). Se admitirán trabajos pendientes de publicación o bajo proceso de arbitraje con la correspondiente nota de la editorial.

Cuando se invoquen antecedentes correspondientes a los incisos e y f cuyas constancias se encuentren elaboradas en idioma extranjero, deberá también acompañarse una traducción simple, firmada por la persona postulante y adjuntar, en su caso, una declaración jurada especial sobre la fidelidad de su contenido, en la que además consten todas las cuestiones relevantes inherentes al antecedente en cuestión y toda aquella solicitada en particular en el formulario de inscripción. Similar obligación tendrá quien invoque antecedentes correspondientes al inciso g en idioma extranjero, respecto del título y/o índice de la publicación aportada.

En el caso de los incisos e y f podrán presentarse y/o enviarse copias simples, en formato papel o

digital, las que serán certificadas oportunamente por la Secretaría de Concursos. En ese supuesto, todas las copias simples impresas deberán ser firmadas por la persona postulante y en ambos casos deberá

acompañarse una declaración jurada especial sobre la fidelidad de su contenido.

Excepcionalmente la Secretaría de Concursos podrá solicitar a quien se postule hasta dos (2) juegos adicionales de copias simples de la documentación y/o copia completa en soporte informático”.

11 “Artículo 16.- Perfeccionamiento de la inscripción. La presentación de la documentación

indicada en el artículo precedente perfeccionará la inscripción al concurso e importará por parte de la persona inscripta, el conocimiento y aceptación de las condiciones fijadas en este Reglamento y en las bases del concurso. La Secretaría de Concursos otorgará un recibo firmado, con la fecha de recepción de la documentación”.

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